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Con carácter excepcional, por causas debidamente   e) Estar incluido en los programas que en materia
               motivadas, y, previo acuerdo con el trabajador, se   de  salud  laboral  y  prevención  de  riesgos  se
               podrá llevar a cabo la modificación del contrato.    lleven a cabo desde el Servicio de Prevención
                                                                    de Riesgos Laborales de la Universidad
               Artículo 12.‐ Finalización del contrato.
                                                                  f)  Hacer  uso  de  las  instalaciones  y  servicios
               El  contrato  finalizará  en  la  fecha  indicada  por  el   universitarios en condiciones de igualdad con el
               Investigador  responsable  en  la  propuesta  de     resto de personal de la Universidad.
               contratación.  Si  la  obra  o  servicio  no  hubiera
               finalizado  en  esa  fecha  y  se  hiciera  necesario   g) Participar en las convocatorias de ayudas a la
               prorrogar  el  contrato,  el  investigador  principal   investigación  que,  con  carácter  genérico,
               comunicará  al  Servicio  de  Personal  Técnico,  de   publique la Universidad.
               Administración  e  Investigación  la  necesidad  de
               prórroga.                                          h)  A  la  propiedad  industrial  e  intelectual  de
                                                                    acuerdo a lo previsto en el artículo 165 de este
               CAPITULO III.‐DERECHOS Y DEBERES                     Reglamento.

               Artículo 13.‐ Deberes del investigador responsable   i) El resto de derechos mencionados en el artículo
               de la actividad                                      14  de  la  Ley  14/2011,  de  1  de  junio,  de  la
                                                                    Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como
               El  investigador  responsable  de  la  actividad  de   los previstos en las normas específicas que les
               investigación  adoptará  las  medidas  necesarias  en   pudieran resultar de aplicación.
               orden al cumplimiento de las obligaciones generadas
               por  los  contratos  previstos  en  el  presente   Artículo  15.‐  Deberes  del  personal  investigador  y
               reglamento.                                     personal colaborador en tareas de investigación.

               Artículo 14.‐ Derechos del personal investigador y   Sin  perjuicio  de  los  deberes  establecidos  con
               personal colaborador en tareas de investigación.   carácter general por la normativa vigente aplicable,
                                                               y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación
               Sin  perjuicio  de  los  derechos  establecidos  con   jurídica, son deberes de este personal:
               carácter general por la normativa vigente aplicable,
               y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación   a)  Realizar  las  actividades  previstas  en  sus
               jurídica, son derechos de este personal:           programas de formación y/o especialización, en
                                                                  su  caso,  y  cumplir  los  objetivos  con
                  a)   Estar   integrado   en   los   servicios,   aprovechamiento.
                   departamentos,  institutos,  o  aquellas  otras
                   estructuras creadas por la Universidad.        b)  Ajustarse  al  régimen  interno  o  de
                                                                  funcionamiento  de  la  Universidad  Miguel
                  b) Obtener la colaboración y el apoyo necesarios   Hernández de Elche, especialmente en cuanto a
                   para  el  desarrollo  normal  de  sus  tareas,   condiciones de trabajo y normas de prevención
                   facilitándole el acceso a las instalaciones y a la   de riesgos laborales.
                   utilización  de  los  medios,  instrumentos  o
                   equipos  que  se  precisen  para  el  normal   c) Observar confidencialidad con respecto a los
                   desarrollo de su actividad.                    datos  o  información  de  carácter  científico,
                                                                  técnico o comercial a los cuales pudiese acceder
                  c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos   durante  el  desarrollo  de  sus  actividades,  de
                   de la Universidad Miguel Hernández de Elche,   acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este
                   en sus órganos de gobierno y representación.    Reglamento.  El  incumplimiento  de  esta
                                                                  obligación, así como la utilización indebida de la
                  d) Ver acreditada su condición mediante el carné
                                                                  información,   implicará   incurrir   en   las
                   universitario correspondiente.
                                                                  responsabilidades  que  resulten  procedentes,  y


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