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la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario. En el caso de que una empresa de base tecnológica
UMH desee obtener una licencia para la explotación
En estos casos, la UMH puede celebrar contratos con de patentes y/o otros derechos de propiedad
sus Empresas de Base Tecnológica, siempre y cuando industrial o intelectual y/o conocimientos titularidad
se estipulen los derechos y obligaciones de cada de la UMH y dado que la Universidad Miguel
parte, tanto en la ejecución como sobre los resultados Hernández de Elche es socia de la misma se
del mismo. Asimismo, cuando sea de aplicación, se establecerá un procedimiento basado en la
tendrá que respetar lo que establezca la normativa concurrencia competitiva de interesados, en el que se
reguladora de la subvención. Dicho contrato deberá garantice una difusión previa adecuada del objeto y
ser aprobado por el Consejo de gobierno de la condiciones de la misma, que podrá realizarse a
Universidad para evitar la existencia de conflicto de través de las páginas institucionales mantenidas en
interés, antes de la firma del contrato por parte de la internet por la entidad titular del derecho. En dicho
UMH con la Empresa de Base Tecnológica. procedimiento deberá asegurarse, asimismo, el
secreto de las proposiciones y la adjudicación a la
De las transmisiones de derechos sobre los proposición económicamente más ventajosa. Dicho
resultados de la actividad investigadora de la proceso se regirá por los principios reguladores del
Universidad Miguel Hernández de Elche a Empresas TRLCSP, que se establecerá en el correspondiente
de Base Tecnológica UMH. proceso selectivo.
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