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Asimismo,  con  fecha  27  de  octubre  de  2011  se   entendida  como  el  trabajo  creativo  realizado  de
               publicó  en  el  Boletín  Oficial  del  Estado,  el  Real   forma sistemática para incrementar el volumen de
               Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se   conocimientos, incluidos los relativos al ser humano,
               regulan los términos y las condiciones de inclusión   la cultura y la sociedad, el uso de esos conocimientos
               en el Régimen General de la Seguridad Social de las   para  crear  nuevas  aplicaciones,  su  transferencia  y
               personas que participen en programas de formación.   divulgación.

               Las nuevas circunstancias derivadas de la evolución   2. Se considera personal colaborador en tareas de
               en  las  normas  generales  en  esta  materia,  hacen   investigación al personal contratado para colaborar
               recomendable  la  actualización  de  las  formas  de   en el desarrollo de proyectos y actividades concretas
               participación  de  personal  en  las  actividades  de   de investigación científica o técnica y que no realiza
               investigación que se lleven a cabo en la Universidad   actividad investigadora.
               Miguel Hernández de Elche, mediante la aprobación
               de un reglamento que las regule teniendo en cuenta   Artículo 3.‐ Vinculación
               el nuevo marco general.
                                                               1. El personal investigador estará vinculado con la
                                                               Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  mediante
               TÍTULO  I.‐  OBJETO  Y  ÁMBITO  DE
                                                               una relación sujeta a derecho laboral y se regirá por
               APLICACIÓN
                                                               lo  dispuesto  en  la  Ley  Orgánica  6/2001,  de  21  de
                                                               diciembre, de Universidades, la Ley 7/2007, de 12 de
               Artículo 1.‐ Objeto
                                                               abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los
               1.  El  objeto  del  presente  reglamento  es  regular  el   Estatutos  de  la  Universidad  Miguel  Hernández  de
               procedimiento  para  la  incorporación  de  personal,   Elche, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
               para el desarrollo de actividades de investigación en   Tecnología  y  la  Innovación,  así  como  por  el  Texto
               la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,  con  la   Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
               salvedad prevista en el apartado siguiente.     aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de
                                                               24  de  marzo,  sus  normas  de  desarrollo  y  normas
               2. En el caso de que esas actividades de investigación   convencionales.
               estén  financiadas  con  fondos  finalistas,  la
               incorporación  de  este  personal  se  realizará   2.  El  personal  colaborador  en  tareas  de
               atendiendo  a  las  normas  específicas  que  pudieran   investigación  estará  vinculado  con  la  Universidad
               resultarles de aplicación y, en su defecto, se aplicará   Miguel Hernández de Elche mediante un contrato de
               el presente Reglamento.                         obra  o  servicio  determinado  para  colaborar  en  el
                                                               desarrollo de proyectos y actividades concretas de
                                                               investigación  científica  o  técnica,  conforme  a  la
                                                               autorización contenida en el artículo 77 de la LOSU.
                                                               Dichos contratos se regirán por la Ley 7/2007, de 12
                                                               de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
               TÍTULO  II.‐  DE  LA  CONTRATACIÓN  DE          los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de
               PERSONAL  INVESTIGADOR  Y  PERSONAL             Elche, por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
               COLABORADOR         EN      TAREAS      DE      de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
                                                               Legislativo2/2015,   de   23   de    octubre
               INVESTIGACIÓN
                                                               (particularmente el artículo 15.1.a), y en sus normas
               CAPÍTULO I.‐ DISPOSICIONES GENERALES            de desarrollo y normas convencionales.
                                                               3. En ningún caso, la prestación temporal de servicios
               Artículo 2.‐ Definiciones
                                                               del personal investigador y del colaborador en tareas
               1.  Se  considera  personal  investigador  al  que,   de investigación supondrá vinculación estable con la
               provisto  de  la  titulación  correspondiente,  lleva  a   Universidad Miguel Hernández de Elche.
               cabo  exclusivamente  una  actividad  investigadora,

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