Page 277 - 2025 TOMO II
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Artículo 4.‐ Categorías                         CAPITULO       II.‐PROCEDIMIENTO        DE
                                                               SELECCIÓN
               Las  categorías  del  personal  investigador  y  del
               personal  colaborador  en  tareas  de  investigación
                                                               Art. 6.‐ Propuesta de contratación
               serán las siguientes:
                                                               El  investigador  responsable  de  una  actividad  de
               Personal Investigador:
                                                               investigación que tenga prevista la contratación de

                                                               personal  investigador  o  personal  colaborador  en
               Investigador Sénior: debe poseer el grado de doctor
                                                               tareas   de   investigación   propondrá   dicha
               con una antigüedad igual o superior a 4 años.
                                                               contratación  al  Servicio  de  Personal  Técnico,  de
               Investigador Junior: debe poseer el grado de doctor.
                                                               Administración  e  Investigación  de  la Universidad y
               Investigador  en  Formación:  Licenciado,  Ingeniero,
                                                               adjuntará  documento  de  reserva  de  crédito  por
               Arquitecto,  Graduado,  Diplomado  o  Ingeniero
                                                               importe igual al coste total del contrato propuesto,
               Técnico, o equivalente, no doctor, que esté inscrito
                                                               así como propuesta de los miembros integrantes de
               en un programa de Doctorado.
                                                               la comisión de selección prevista en el artículo 8 del

                                                               presente Reglamento.
               El  personal  contratado  conforme  a  cualquiera  de
                                                               Art. 7.‐ Gestión de la convocatoria
               estas  categorías  tendrá  exclusivamente  carácter
               investigador,  lo  que  así  se  hará  constar  en  la   1. El Servicio de Personal Técnico, de Administración
               correspondiente convocatoria.                   e Investigación dará traslado de la propuesta de la
                                                               convocatoria  al  Vicerrector  con  competencias  en
               Personal colaborador en tareas de investigación
                                                               materia  de  investigación  para  que  proceda,  en  su

                                                               caso, a su autorización.
               Titulados  superiores  I:  Licenciado,  Ingeniero,
               Graduado con Máster, o titulaciones equivalentes a   A  continuación,  confeccionará  la  correspondiente
               las anteriores.                                 convocatoria conforme a la propuesta formulada por
               Titulados superiores II: Graduado o equivalente   el investigador responsable, y procederá a darle el
               Titulados de grado medio: Diplomado o equivalente   trámite correspondiente para la publicación.
               Técnicos especialistas: bachiller o equivalente
                Auxiliares: graduados en ESO                   2.  La publicación de la convocatoria se realizará en
                                                               los tablones oficiales de la Universidad y se remitirá
               El  personal  contratado  conforme  a  cualquiera  de   a la Dirección Territorial de Inserción Laboral para
               estas categorías tendrá exclusivamente carácter de   que proceda a su difusión entre sus Oficinas.
               personal colaborador en tareas de investigación, lo
                                                               3. Los interesados que presenten instancias, deberán
               que  así  se  hará  constar  en  la  correspondiente
                                                               acompañarlas  del  currículo,  que  contendrá  la
               convocatoria
                                                               documentación justificativa de todo lo expuesto en
               Artículo 5.‐ Retribuciones                      el  mismo.  Las  instancias  podrán  presentarse  en  el
                                                               Registro  General  o  Registros  Auxiliares  de  la
               1.  En  función  de  las  categorías  anteriormente   Universidad,  o  por  cualquiera  de  los  medios
               referenciadas,  se  establecen  las  retribuciones  que   establecidos por la Ley 39/2015, de 01 de octubre de
               constan en el Anexo de este Reglamento.         Procedimiento  Administrativo  Común,  en  el  plazo
                                                               previsto en la convocatoria, que será, como mínimo,
                                                               de diez días naturales, contados desde el siguiente al
                                                               de su publicación.

                                                               Al cumplimentar la solicitud los interesados deberán
                                                               indicar  una  dirección  de  correo  electrónico  que
                                                               servirá  de  medio  de  notificación  durante  el
                                                               procedimiento.

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