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●  Respetar y hacer un buen uso del patrimonio y las   vinculación   con   la     Universidad.
                  instalaciones   de   la   Universidad   Miguel
                  Hernández de Elche.
              ●  El  resto  de  deberes  que  se  recojan  en  la
                  legislación general reguladora de las prácticas de
                                                               DISPOSICIÓN  TRANSITORIA  PRIMERA:
                  los estudiantes universitarios.
                                                               CONTRATOS EN VIGOR.
               Artículo  26.‐  Derechos  de  propiedad  industrial  e
               intelectual y confidencialidad                  Los  contratos  con  cargo  a  actividades  de
                                                               investigación gestionados por la Universidad Miguel
                1.‐ Derechos de propiedad industrial e intelectual    Hernández de Elche celebrados con anterioridad a la
                                                               entrada  en  vigor  del  presente  Reglamento,
               Con relación a los derechos de propiedad industrial
                                                               continuarán vigentes en los mismos términos hasta
               e  intelectual  sobre  los  resultados  que  se  pudieran
                                                               la  fecha  de  finalización  prevista  en  el  contrato,  o
               generar durante el periodo de práctica formativa se
                                                               prórrogas necesarias para la ejecución de la obra o
               estará  a  lo  establecido  en  la  Normativa  de  la
                                                               servicio que ha dado lugar a dicho contrato.
               Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  sobre
               Derechos  de  Propiedad  Industrial  e  Intelectual  y   DISPOSICIÓN  TRANSITORIA  SEGUNDA:
               subsidiariamente  a  la  legislación  reguladora  de  la
                                                               BECAS DE INVESTIGACIÓN EN VIGOR.
               materia a nivel estatal.
                                                               Aquellas becas de investigación que se encuentren
                2.‐ Confidencialidad
                                                               vigentes  a  la  entrada  en  vigor  del  presente
                                                               Reglamento,  continuarán  vigentes,  en  los  mismos
               El  estudiante  se  compromete  a  mantener
                                                               términos, hasta su finalización.
               confidencialidad  sobre  la  información  a  la  que
               pudiera  tener  acceso  durante  la  realización  de  la
                                                               Posteriormente, en aquellos casos en que se desee
               práctica formativa en el desempeño de su actividad
                                                               dar continuidad a la formación de una persona, el
               en la Universidad.
                                                               investigador  responsable  deberá  ajustarse  a  lo
                                                               dispuesto en este Reglamento.
               Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en
               vigor  durante  el  periodo  necesario  para  que  la
                                                               DISPOSICIÓN DEROGATORIA
               Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la
               misma  de  acuerdo  a  lo  establecido  en
                                                               Queda  derogada  la  Normativa  de  becas  de
               contratos/convenios  suscritos  previamente  con
                                                               investigación  de  la  UMH  asociadas  a  convenios,
               terceros.
                                                               contratos  y  proyectos  de  I+D,  aprobada  el  16  de
                                                               marzo de 2002 por la Comisión Gestora; así como sus
               En aquellos supuestos en los que la Universidad no
                                                               modificaciones  posteriores,  y  el  apartado  I.7  de  la
               hubiera   contraído   una    obligación   de
                                                               Normativa  Provisional  de  Gestión  Económico‐
               confidencialidad  previa,  el  estudiante  en  práctica
                                                               administrativa  de  Acuerdos  de  investigación  y
               formativa  quedará  obligado  a  la  confidencialidad
                                                               Prestaciones de Servicio.
               durante los dos años siguientes a la finalización de su
















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