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superan el valor intrínseco de los mismos. deberá adjuntarse RC por el importe máximo que
garantice la cobertura de las cargas o gravámenes,
Artículo 36. Adquisición de bienes por Convenios, efectivas o estimadas, y el correspondiente informe de
Acuerdos y demás pactos. viabilidad presupuestaria.
1. Los Convenios de colaboración,
acuerdos y demás pactos a Artículo 40. Incorporación al patrimonio de la Universidad
suscribir por la Universidad Miguel Hernández de Elche.
Miguel Hernández de Elche se 1. Se incorporarán al patrimonio de la Universidad
tramitarán de acuerdo con la Miguel Hernández de Elche las donaciones y cesiones de
normativa que regule el uso de bienes que reciba, con carácter de bienes de
procedimiento para la carácter general no afectos a finalidades específicas,
formalización de convenios por la previo registro en el Inventario de la Universidad, por el
Universidad Miguel Hernández de Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial. Con la
Elche. emisión del Informe de Inventario, se informará para su
2. No obstante, lo anterior, si en adecuado aseguramiento.
estos pactos se contemplase la 2. En cuanto a los donativos, donaciones y
adquisición a favor de la aportaciones dinerarias, se reflejarán en el estado de
Universidad Miguel Hernández de ingresos del presupuesto de la Universidad Miguel
Elche, por cesión de uso o Hernández de Elche, en el ejercicio en que éstas se
donación, de bienes y derechos, hayan hecho efectivas. En todo caso, tendrán carácter
así como de donativos, de fondos propios generales de la Universidad, sin
donaciones y aportaciones perjuicio de su aplicación a actividades finalistas
dinerarias regulados en el vigentes, por acuerdo del Órgano competente de la
presente reglamento, se Universidad Miguel Hernández con competencias en
requerirá que, con carácter previo materia de mecenazgo.
a la formalización del pacto, dicha 3. Con carácter previo a la gestión y uso de los bienes
adquisición se tramite y acepte de propuestos en la donación o cesión de uso, requerirá su
acuerdo con lo preceptuado en el inclusión en el Inventario de la Universidad y su
presente Título. aseguramiento, incurriendo en responsabilidad quién
incumpliera ésta norma en los términos establecidos en
Artículo 37. Aceptación de herencias. la legislación en materia patrimonial.
Las herencias se tratarán con el mismo carácter que una
donación o cesión y siempre a beneficio de inventario, y Artículo 41. Incentivos fiscales.
deberán ser aceptadas por el Consejo de Gobierno, a A las donaciones y aportaciones dinerarias
propuesta de la Gerencia. contempladas en el presente Reglamento les será de
aplicación lo previsto en el Título III de la Ley 49/2002, de
Artículo 38. Garantía de la propiedad de los bienes. 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin
Quienes propongan la donación o cesión de uso de un fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
bien a la Universidad Miguel Hernández de Elche cuando reúnan los requisitos establecidos en el mismo,
deberán acreditar documentalmente que son los así como el artículo 6 de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de
propietarios únicos y legítimos del cien por cien del bien. la Generalitat, del mecenazgo cultural, científico y
De no ser posible esta acreditación deberán declarar deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana, en
responsablemente que lo son. lo relativo a este tipo de actividades coordinadas por la
Universidad.
Artículo 39. Cargas o gravámenes.
Los bienes a donar o a ceder deberán estar libres de Artículo 42. Propuesta de donación o cesión de uso.
cargas o gravámenes de cualquier tipo. 1. El procedimiento de donación o cesión de uso se
Excepcionalmente, y en caso de no ser así, para iniciar el iniciará a propuesta del donante o cedente, que deberá
trámite los donatarios o cedentes deberán presentar dirigir su propuesta al Servicio de Gestión
justificación documental detallada y suficiente de dichas Presupuestaria y Patrimonial, conforme al modelo
cargas o gravámenes con indicación de sus recogido en el Documento 1: “Propuesta de donación o
características, importes, plazos de abono, personas o cesión de uso de bienes muebles o inmuebles a la
entidades beneficiarias de los mismos y cualquier Universidad Miguel Hernández de Elche”, en el que
información que contribuya a determinar el alcance y constará, al menos, lo siguiente:
condiciones de la carga o gravamen. Y en ningún caso el
importe de las cargas y gravámenes podrá ser superior a) Datos de todos los donantes o cedentes que
al valor del bien. Con carácter previo a la aceptación, permitan su identificación y localización (nombre
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