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TÍTULO  III:  PROCEDIMIENTO  ESPECÍFICO  PARA  LA    contraprestación  alguna  por  parte  de  la  Universidad
            ACEPTACIÓN DE DONACIONES Y CESIONES                  Miguel  Hernández  de  Elche  en  favor  de  la  persona  o
           CAPÍTULO  I:  DONACIÓN  O  CESIÓN.  PROCEDIMIENTO     personas donante/s. En caso de que se impusiera a la
           GENERAL                                               Universidad  un  gravamen,  éste  deberá  ser  siempre
                                                                 inferior al valor de lo donado.
           Artículo 30. Objeto.
           1.  El  presente  capítulo  regula  los  criterios  y  los   Artículo 33. Definición de cesión de uso.
           procedimientos  a  seguir  para  aceptar  o  rechazar  las   La cesión de uso es un acto de liberalidad por el que los
           donaciones  o  cesiones  de  uso  de  bienes  muebles  o   propietarios de un bien autorizan su uso a la Universidad
           inmuebles, materiales o inmateriales, tanto con carácter   Miguel Hernández de Elche, bajo las condiciones que se
           gratuito  como  oneroso,  así  como  los  donativos,   pacten, y con el compromiso de devolver el bien en el
           donaciones  y  aportaciones  dinerarias,  que  sean   plazo  estipulado.  La  cesión  de  uso  en  favor  de  la
           ofrecidas a la Universidad Miguel Hernández de Elche.   Universidad Miguel Hernández de Elche requiere de su
           2.  En  ningún  caso  podrá  entenderse  aceptada  una   aceptación y será siempre a título gratuito y en ningún
           donación  o  cesión  de  uso  en  favor  de  la  Universidad   caso supondrá contraprestación alguna por parte de la
           Miguel Hernández de Elche que no haya sido aprobada   Universidad Miguel Hernández de Elche en favor de la
           por  el  órgano  competente  previsto  en  el  presente   persona o personas cedente/s.
           reglamento   conforme   a   los   criterios   y   los
           procedimientos establecidos en este Título.           Artículo 34. Capacidad del donante o cedente.
           3.  Quedan  excluidas  del  ámbito  de  la  presente   Podrán hacer donación o cesión todos los que puedan
           normativa:                                            contratar y disponer de sus bienes.
              a.  Las  cesiones  de  uso  a  favor  de  la  Universidad
              Miguel Hernández que tengan carácter oneroso, que   Artículo 35. Aceptación o rechazo de los bienes.
              tendrán   tratamiento   de   arrendamientos   o    1.  Las adquisiciones por donación o cesión a favor de la
              concesiones  administrativas,  regulándose  por  la   UMH  serán  efectivas  a  través  del  correspondiente
              legislación que les sea de aplicación.             Acuerdo del Consejo de Gobierno. No obstante, en los
              b.  Las  licencias  o  cesiones  de  uso  de  carácter   casos de donaciones o cesiones con valor documentado
              temporal  que,  por  su  naturaleza,  tengan  la   o estimado no superior a 50.000 euros, o donaciones o
              consideración  de  negocios  incluidos  dentro  del   aportaciones  dinerarias  por  importe  no  superior  a
              ámbito  de  la  Ley  9/2017,  de  8  de  noviembre,  de   50.000,00 Euros, será competente el rector, salvo en los
              Contratos del Sector Público.                      casos  de  fondos  bibliográficos,  discográficos  o
              c.  Las subvenciones y transferencias que reciba la   documentales, que corresponderá al vicerrectorado  o
              Universidad Miguel Hernández de Elche.             vicerrectorados  con  competencias  en  la  gestión  de
              d.  Los convenios de colaboración empresarial, que   estos  fondos  documentales.  En  ningún  caso  tendrán
              se regularán por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre,   competencias  para  la  aceptación  o  rechazo  de
              de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos   solicitudes  de  donaciones  o  cesiones  de  uso,  los
              y de los incentivos fiscales al mecenazgo.         responsables  de  Unidades  Orgánicas  (Facultades,
              e.  Las atenciones institucionales o los premios que   Escuelas, Departamentos, Institutos, Servicios, Oficinas,
              puedan recibir los órganos de gobierno y unidades   ni  Unidades)  ni  los  responsables  de  partidas
              administrativas,  salvo  en  el  caso  de  bienes   presupuestarias;  que  no  sean  los  expresamente
              susceptibles de ser incluidos en las Colecciones de   indicados  en  la  delegación  de  este  apartado,
              Patrimonio Cultural, en cuyo caso se deberá informar   correspondiente en otro caso, al Consejo de Gobierno,
              al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial y   salvo lo establecido en el apartado siguiente.
              a la Oficina de Cultura, pudiendo elevar el caso a la   2.  Cuando  se  trate  de  un  bien  inmueble,  con
              Comisión de Patrimonio Cultural                    independencia de su valor, o bienes muebles de valor
                                                                 documentado estimado superior a 100.00,00 Euros,  o
           Artículo 31. Ámbito subjetivo de aplicación.          Donaciones o Cesiones con valor superior a 100.000,00
           La  presente  normativa  será  de  aplicación  a  toda  la   Euros, se precisará, además, la aprobación del Consejo
           estructura  organizativa  de  la  Universidad  Miguel   Social.
           Hernández de Elche.                                   3.  En  los  casos  de  donaciones  o  cesiones  de  bienes
                                                                 muebles,  con  carácter  general,  el  solicitante  deberá
           Artículo 32. Definición de donación.                  adjuntar  a  su  solicitud,  documento  probatorio  de  la
           La  donación  es  un  acto  de  liberalidad  por  el  que  los   titularidad del bien (factura, título de propiedad, etc.),
           propietarios  de  un  bien  transfieren  su  propiedad  a  la   así como informe de valor actual motivado.
           Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  sin  límite   4.  En  ningún  caso  podrán  aceptarse  donaciones  o
           temporal, y que es aceptado por ésta. La donación será   cesiones si las cargas que gravan los bienes, el coste de
           siempre  a  título  gratuito  y  en  ningún  caso  supondrá   su  mantenimiento,  valoración  y  aseguramiento,


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