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bienes  susceptibles  de  ser  incluidos  en  el  Patrimonio   Artículo  49.  Criterios  para  la  aceptación  de  donación  o
           Cultural donde se deberá informar al Servicio de Gestión   cesión de uso de bienes de Patrimonio Cultural
           Presupuestaria y Patrimonial, pudiendo elevar el caso a   1.A fin de garantizar la adecuación de las obras que se
           la Comisión de Patrimonio Cultural.                   pretenden  donar  o  ceder,  se  tendrán  en  cuenta  los
           1.   En  el  caso  de  los  premios  otorgados  a  la   siguientes criterios para acceder a su aceptación:
           Universidad Miguel Hernández de Elche se seguirá con
           el  procedimiento  establecido  en  las  correspondientes    a. Estado de conservación: se aceptarán piezas
           bases de convocatoria; de no indicarse, bastará con su       en  buen  estado  y  que  no  comprometa  la
           aceptación verbal.                                           seguridad  del  patrimonio  existente.  No  se
           2.   Si  el  premio  recibido  fuese  dinerario  su  importe   aceptarán  piezas  dañadas  o  material  dañado,
           será  incorporado  al  Presupuesto  General  de  la          excepto que por su antigüedad o valor interese
           Universidad Miguel Hernández de Elche, sin perjuicio del     al Patrimonio Cultural de la UMH, procurando
           destino que posteriormente le asigne la Gerencia.            su recuperación y restauración en la medida de
           3.   Si  la  atención  institucional  o  el  premio  fuese  un   lo posible, y siempre que el coste de esto último
           bien material no fungible susceptible de incorporación       no supere el valor del bien donado o cedido.
           al  patrimonio  de  la  Universidad  Miguel  Hernández  de   b.  Temática y tipología: se valorará si las obras
           Elche,  el  receptor  solicitará  por  escrito  al  Servicio  de   mantienen  relación  con  las  colecciones
           Gestión Presupuestaria y Patrimonial, su incorporación       existentes   de   Patrimonio   Cultural,   los
           al mismo, aportando los datos del emisor, la valoración      programas de estudios y disciplinas impartidas,
           del bien, la descripción del mismo y cuánta información      así  como  con  las  líneas  de  investigación  y  las
           contribuya  a  su  mejor  identificación,  incluidas         líneas estratégicas de proyección definidas por
           fotografías.  Para  aquellos  bienes  susceptibles  de  ser   las  cátedras  institucionales  de  la  Universidad
           incluidos  en  el  Patrimonio  Cultural,  el  Servicio  de   Miguel Hernández de Elche, con independencia
           Gestión Presupuestaria y Patrimonial valorará la misma       de su tipología o formato.
           pudiendo  elevar  el  expediente  a  la  Comisión  de        c.    Sin condición o carga:  solo se aceptarán
           Patrimonio Cultural.                                         donaciones  o  cesiones  de  uso  que  no  estén
                                                                        sujetas al cumplimiento de carga y/o condición
           CAPÍTULO  II:  DONACIÓN  O  CESIÓN.  PATRIMONIO              alguna a favor del donante.
           CULTURAL                                                     d.      Cesión  de  derechos:  la  donación  que  se
                                                                        acepta con el acuerdo del material donado pasa
           Artículo 48. Admisión de la donación o cesión de uso de      a ser propiedad legal de la Universidad Miguel
           bienes de patrimonio cultural.                               Hernández de Elche. Con la formalización de la
            1.La  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  podrá      donación, la Universidad Miguel Hernández de
            aceptar  la  donación  o  cesión  de  bienes  para  ser     Elche  se  convierte  en  propietaria  del  mismo,
            integrados en su Patrimonio Cultural procedente de          teniendo  potestad  para  decidir  su  ubicación,
            particulares  e  instituciones,  en  función  de  su  valor   uso y destino final.
            cultural e histórico, siempre que esté en un estado de      e.     Respeto a la propiedad intelectual: solo se
            conservación que no comprometa la seguridad de la           aceptarán obras originales, salvo en el caso de
            colección existente y su temática sea de interés para       copia  de  interés  obtenidas  de  acuerdo  a  la
            el Patrimonio Cultural y las actividades de docencia e      legislación vigente.
            investigación  que  se  desarrollan  en  la  Universidad.
            Para  ello,  deberá  contar  necesariamente  con  el   2. Además de los criterios ya citados se tendrá en cuenta
            informe favorable  o desfavorable de la Comisión de   la relevancia del bien dentro del Patrimonio Cultural de
            Patrimonio Cultural de la UMH, previa a la suscripción   las  colecciones  de  Patrimonio  Cultural,  el  espacio
            del acuerdo preceptivo por los órganos de gobierno   disponible en la Universidad Miguel Hernández para su
            correspondientes  (Consejo  de  Gobierno  y/o  Consejo   correspondiente   ubicación   y   conservación,   la
            Social).                                             consideración del valor de la donación o cesión de uso,
            2.La  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  no   y el coste que suponga su conservación y cualquier otro
            admitirá ninguna donación o cesión de uso de bienes   que se estime oportuno.
            de  Patrimonio  Cultural  que  exija  condiciones  o
            contrapartidas  que  contravengan  las  disposiciones   Artículo 50. Fondos en depósito.
            establecidas  en  este  Título  o  en  los  procedimientos   La Universidad Miguel Hernández de Elche no aceptará
            establecidos   para   la   organización,   gestión,   fondos en depósito, salvo aquellos casos excepcionales
            conservación y difusión de su fondo cultural.        en que se consideren de gran interés para la colección,
                                                                 sus  usuarios/as  y  los  fines  de  la  Universidad,  en  cuyo
                                                                 caso  se  tramitará  en  los  términos  previstos  en  la
                                                                 presente normativa, debiendo permitirse en todo caso

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