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bienes susceptibles de ser incluidos en el Patrimonio Artículo 49. Criterios para la aceptación de donación o
Cultural donde se deberá informar al Servicio de Gestión cesión de uso de bienes de Patrimonio Cultural
Presupuestaria y Patrimonial, pudiendo elevar el caso a 1.A fin de garantizar la adecuación de las obras que se
la Comisión de Patrimonio Cultural. pretenden donar o ceder, se tendrán en cuenta los
1. En el caso de los premios otorgados a la siguientes criterios para acceder a su aceptación:
Universidad Miguel Hernández de Elche se seguirá con
el procedimiento establecido en las correspondientes a. Estado de conservación: se aceptarán piezas
bases de convocatoria; de no indicarse, bastará con su en buen estado y que no comprometa la
aceptación verbal. seguridad del patrimonio existente. No se
2. Si el premio recibido fuese dinerario su importe aceptarán piezas dañadas o material dañado,
será incorporado al Presupuesto General de la excepto que por su antigüedad o valor interese
Universidad Miguel Hernández de Elche, sin perjuicio del al Patrimonio Cultural de la UMH, procurando
destino que posteriormente le asigne la Gerencia. su recuperación y restauración en la medida de
3. Si la atención institucional o el premio fuese un lo posible, y siempre que el coste de esto último
bien material no fungible susceptible de incorporación no supere el valor del bien donado o cedido.
al patrimonio de la Universidad Miguel Hernández de b. Temática y tipología: se valorará si las obras
Elche, el receptor solicitará por escrito al Servicio de mantienen relación con las colecciones
Gestión Presupuestaria y Patrimonial, su incorporación existentes de Patrimonio Cultural, los
al mismo, aportando los datos del emisor, la valoración programas de estudios y disciplinas impartidas,
del bien, la descripción del mismo y cuánta información así como con las líneas de investigación y las
contribuya a su mejor identificación, incluidas líneas estratégicas de proyección definidas por
fotografías. Para aquellos bienes susceptibles de ser las cátedras institucionales de la Universidad
incluidos en el Patrimonio Cultural, el Servicio de Miguel Hernández de Elche, con independencia
Gestión Presupuestaria y Patrimonial valorará la misma de su tipología o formato.
pudiendo elevar el expediente a la Comisión de c. Sin condición o carga: solo se aceptarán
Patrimonio Cultural. donaciones o cesiones de uso que no estén
sujetas al cumplimiento de carga y/o condición
CAPÍTULO II: DONACIÓN O CESIÓN. PATRIMONIO alguna a favor del donante.
CULTURAL d. Cesión de derechos: la donación que se
acepta con el acuerdo del material donado pasa
Artículo 48. Admisión de la donación o cesión de uso de a ser propiedad legal de la Universidad Miguel
bienes de patrimonio cultural. Hernández de Elche. Con la formalización de la
1.La Universidad Miguel Hernández de Elche podrá donación, la Universidad Miguel Hernández de
aceptar la donación o cesión de bienes para ser Elche se convierte en propietaria del mismo,
integrados en su Patrimonio Cultural procedente de teniendo potestad para decidir su ubicación,
particulares e instituciones, en función de su valor uso y destino final.
cultural e histórico, siempre que esté en un estado de e. Respeto a la propiedad intelectual: solo se
conservación que no comprometa la seguridad de la aceptarán obras originales, salvo en el caso de
colección existente y su temática sea de interés para copia de interés obtenidas de acuerdo a la
el Patrimonio Cultural y las actividades de docencia e legislación vigente.
investigación que se desarrollan en la Universidad.
Para ello, deberá contar necesariamente con el 2. Además de los criterios ya citados se tendrá en cuenta
informe favorable o desfavorable de la Comisión de la relevancia del bien dentro del Patrimonio Cultural de
Patrimonio Cultural de la UMH, previa a la suscripción las colecciones de Patrimonio Cultural, el espacio
del acuerdo preceptivo por los órganos de gobierno disponible en la Universidad Miguel Hernández para su
correspondientes (Consejo de Gobierno y/o Consejo correspondiente ubicación y conservación, la
Social). consideración del valor de la donación o cesión de uso,
2.La Universidad Miguel Hernández de Elche no y el coste que suponga su conservación y cualquier otro
admitirá ninguna donación o cesión de uso de bienes que se estime oportuno.
de Patrimonio Cultural que exija condiciones o
contrapartidas que contravengan las disposiciones Artículo 50. Fondos en depósito.
establecidas en este Título o en los procedimientos La Universidad Miguel Hernández de Elche no aceptará
establecidos para la organización, gestión, fondos en depósito, salvo aquellos casos excepcionales
conservación y difusión de su fondo cultural. en que se consideren de gran interés para la colección,
sus usuarios/as y los fines de la Universidad, en cuyo
caso se tramitará en los términos previstos en la
presente normativa, debiendo permitirse en todo caso
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