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importe. valor de un bien ya inventariado (no se incluye
la reparación del mismo) y que impliquen un
Artículo 21. Inmovilizado intangible. aumento de la capacidad productiva o un
1. Se incluirán en el Inventario todos los gastos alargamiento de la vida útil de dicho bien.
relativos a la protección y registro de los 2. Estas mejoras serán comunicados al Servicio
derechos de marca, patentes y modelos de de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, por el
utilidad. responsable de la unidad usuaria del activo,
2. Las concesiones administrativas deben mediante la cumplimentación del Acta de
figurar en el activo valoradas por el importe Recepción al que se deberá adjuntar una copia
total de los gastos incurridos para su de la factura y el ADO correspondiente.
obtención.
3. En los supuestos de propiedad industrial se Artículo 23. Cambios de ubicación, destino o
seguirá el precio de adquisición o coste de asignación.
producción. En el caso de patentes, se verá Todo cambio de ubicación o asignación, que se
incrementado por los gastos de registro y realice de un activo dentro de una Unidad
formalización de las mismas. Orgánica, deberá ser comunicado por su
4. Todas las escrituras públicas constitutivas de responsable al Servicio de Gestión
derechos que afecten al Patrimonio de la Presupuestaria y Patrimonial.
Universidad, tales como aquellos por los que El responsable de cada Unidad Orgánica, sin
se constituyan derechos de marca, cesiones de perjuicio de su responsabilidad final, puede,
derechos efectuadas por investigadores, etc., para una mejor custodia y uso de los activos,
deberán ser depositadas para su custodia en la asignar éstos a las personas que componen su
Secretaría General de esta Universidad. unidad, siempre que ese activo vaya a ser
5. Además, dentro del Inventario se incluirán, directa y principalmente utilizado en su trabajo
como propias del Inmovilizado Inmaterial, y diario por la persona a la que se le asigna, o
siempre que se generen gastos de inversión, deba ser controlado de forma expresa por la
las Aplicaciones Informáticas. Para ello, se misma, debiendo comunicar al Servicio de
debe adjuntar, junto con el Acta de Recepción Gestión Presupuestaria y Patrimonial esta
correspondiente, una Documento de asignación.
Inventario de Software, donde se recogerán Artículo 24. Salida de activos de la Unidad
todos los datos relativos al software a Orgánica.
inventariar. 1. Los responsables de los activos podrán ceder
6. Serán inventariables las aplicaciones temporalmente éstos a otras Unidades
informáticas (programas, software, licencias) Orgánicas de la Universidad, debiendo
que se adquieran en propiedad, y las que se comunicar al Servicio de Gestión
adquieran bajo licencia de uso y explotación Presupuestaria y Patrimonial dicha cesión, así
que no sea de renovación periódica, y cuyo como la unidad cesionaria y nueva ubicación
valor total exceda de 300,00 euros, incluidos del activo, a efectos de constancia. El activo
todos los gastos inherentes a su desarrollo e cedido continuará asignado a la unidad
instalación. Así pues, las aplicaciones cedente.
informáticas adquiridas bajo renovación 2. Cuando el activo deba trasladarse fuera de
periódica, o como actualizaciones o revisiones los recintos de la Universidad, para su uso por
periódicas, como regla general no serán personal de la misma, dentro de sus funciones,
inventariables (véase artículo 13). Tampoco se si su valor es inferior a 3.000,00 euros, IVA
entenderán como aplicaciones informáticas incluido, el traslado será autorizado por el
inventariables las meras bases de datos, o los responsable de la Unidad usuaria del activo. Si
pequeños paquetes estándar de software. el valor es superior, se requerirá autorización
7. Los gastos derivados del mantenimiento, de la Gerencia de la Universidad. En ambos
vigilancia o control en las aplicaciones casos, en la autorización deberá indicarse la
informáticas inventariables han de entenderse persona responsable del activo durante su
como un gasto corriente. estancia fuera de la Universidad y su ubicación,
comunicándose al Servicio de Gestión
CAPÍTULO III. MODIFICACIONES Presupuestaria y Patrimonial mediante la
Solicitud de Autorización de Traslado Fuera de
Artículo 22. Mejoras. Recintos Universitarios.
1. Se considerarán mejoras aquellos bienes En el caso de los bienes pertenecientes a las
materiales que supongan un incremento de Colecciones de Patrimonio Cultural, la
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