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identificación  y  control.  Como  excepción  se
                  utilizará la etiqueta lógica en aquellos bienes   CAPÍTULO II. ALTA DE
                  en  los  que  por  sus  características  no  sea
                  posible o conveniente adherir físicamente una   INVENTARIO
                  etiqueta, así como en aquellos bienes que sean
                  inventariados en grupo.                       Artículo 11. Criterios generales de inventario.
                  2.-  Los  activos  se  identificarán  con  etiquetas   El  alta  de  bienes  en  el  inventario  de  la
                  autoadhesivas,  con  el  número  de  inventario,   Universidad,  es  un  proceso  que  supone  la
                  que constituirán la identificación numérica del   incorporación  de  un  bien  al  inventario,
                  activo  a  lo  largo  de  su  vida  útil  en  la   introduciendo  todos  los  datos  posibles  que
                  Universidad.  Las  etiquetas  físicas  deben   permitan su completa identificación. Cada bien
                  quedar  bien  adheridas  y  se  colocarán  en  los   incorporado  al  inventario  tiene  asignado  un
                  bienes,   siguiendo   unos   criterios   de   número que lo identificará y que se asignará
                  etiquetado, tales como: elegir el mismo sitio   mediante una etiqueta.
                  del  bien  donde  etiquetar  para  cada  clase  de
                  elementos; procurar que sea un lugar discreto   El inventario de los bienes podrá realizarse de
                  pero de fácil acceso y visibilidad; elegir sitios   forma individual o en grupo:
                  planos,  evitando  superficies  curvas  que     -  Los  bienes  muebles  se  inventariarán  de
                  dificulten su lectura, así como evitar sitios que   forma  individual,  siempre  y  cuando  sean
                  desprendan calor o estén expuestos a mucho      susceptibles de poder moverse o separarse,
                  contacto; colocar en la parte frontal o lateral   y en grupo cuando sea un conjunto de bienes
                  del bien, que permita en todo caso la visibilidad   fijos,  unidos  físicamente  entre  sí  de  forma
                  de  la  etiqueta,  o  bien  al  lado  de  la  marca  o   permanente, o se destinen al equipamiento
                  código de serie del bien.                       completo de un edificio de la Universidad y
                                                                  que  en  conjunto  supongan  una  inversión
                  Artículo 10. Datos identificativos.             considerable.
                  Los  datos  mínimos  que  se  incluyen  en  el   -  Los  bienes  inmuebles  se  inventariarán  de
                  inventario son los siguientes:                  forma individual e independientemente, los
                     a) Con carácter general, la forma jurídica de   solares y los edificios.
                     adquisición,  así  como  las  fechas  de
                     recepción y puesta en funcionamiento del   Artículo 12. Bienes inventariables.
                     elemento.                                  1.  Con  independencia  de  la  forma  de
                     b)  Como  datos  descriptivos,  una  breve   adquisición  y  procedencia  de  los  fondos,  se
                     descripción del bien, haciendo constar sus   inventariarán todos los bienes y derechos que
                     datos  más  relevantes  a  efectos  de     integran  el  patrimonio  de  la  Universidad,  de
                     identificación, entre ellos, marca, modelo,   conformidad con lo establecido en la presente
                     número de serie, y unidades organizativas y   Normativa.
                     económicas del bien en su caso.            2.  Los  bienes  muebles  a  inventariar  deben
                     c) En cuanto a ubicación, determinación del   tener un valor igual o superior a 300,00 euros,
                     campus,  o,  en  su  caso,  edificio,  planta  y   IVA incluido, salvo los asociados a proyectos
                     local en que se encuentra el bien, así como   de  financiación  externa  que  deban  quedar
                     la persona responsable del mismo.          incorporados en el Inventario por mandato del
                     d) Valor económico del bien y, en su caso,   órgano financiador.
                     número de justificante de gasto o número     2.1.  Serán  inventariables  aquellos  bienes
                     de expediente de patrimonial.                muebles  que  cumplan  los  dos  requisitos
                     e)   Datos   de   mantenimiento   y/o        siguientes:
                     conservación, y garantía del bien.             a) Que no sea fungible: vida útil superior
                     f)  Observaciones  relativas  a  auditoría,    a un año y no se consuma por el uso.
                     datos  de  proveedores  y  otros  datos  que   b) Valor total igual  o superior a 300,00
                     puedan  resultar  de  interés,  tales  como    euros,  incluidos  impuestos,  transportes,
                     plazos de amortización.                        seguros, y gastos de instalación hasta su
                     g)  En  el  caso  de  bienes  patrimoniales    puesta en funcionamiento.
                     afectados  por  la  legislación  vigente  en   2.2.   Sin   perjuicio   de   lo   expuesto
                     materia  de  derechos  de  autoría,  ficha   anteriormente,   regirán   las   siguientes
                     técnica completa, datos y documentación      excepciones, que se incluirán en el Inventario
                     relativa  a  la  posible  explotación  de  su   de Bienes de la Universidad en todo caso, con
                     imagen por parte de la UMH.                  independencia de su valor:


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