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procedimientos de disposición, enajenación o de reetiquetado.
destrucción sostenible regulados en el Anexo N-
XXVII, conllevará la baja automática de oficio en el
Inventario General de la Universidad. En
cumplimiento del principio de transparencia y
eficiencia patrimonial, el Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial procederá a la
eliminación del activo basándose en el acta de
recepción, el compromiso de reciclaje o la factura
de venta que documente la salida del bien de la
esfera de titularidad de la institución.
CAPÍTULO V: MANTENIMIENTO
Artículo 28. Revisión de estado del Inventario
de Bienes.
1. La Universidad podrá acordar la realización de
una revisión de estado de los bienes, verificando
los niveles de obsolescencia o adecuación de los
activos. Para el mantenimiento actualizado del
Inventario, además de la labor constante
encargada al Servicio de Gestión Presupuestaria
y Patrimonial, la Gerencia podrá remitir a cada
unidad organizativa bajo cuya dependencia
queden adscritos los bienes, su respectivo
listado de bienes para la comprobación y
actualización con la realidad física. Las distintas
unidades organizativas deberán informar sobre
su conformidad, o plantear las discrepancias que
observen. Asimismo, los responsables de las
diferentes unidades, podrán solicitar a Gerencia
listados de los bienes asignados a sus unidades.
2. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
Patrimonial, ejercitará una vez al año un
muestreo de adecuación del inventario a la
realidad.
Artículo 29. Reetiquetado de bienes muebles.
1. El reetiquetado de bienes muebles cuando
éstos hayan perdido su etiqueta
correspondiente, o la misma se haya
deteriorado por cualquier causa, podrá iniciarse
de oficio por parte del Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial, o a instancias de la
Unidad Orgánica de la que depende el bien.
2. En el caso del inicio del procedimiento a
instancia de la Unidad Orgánica, el solicitante
remitirá vía correo electrónico la Solicitud de
Reetiquetado al Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial.
3. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
Patrimonial elaborará duplicados de las
etiquetas y las remitirá a los solicitantes de las
Unidades Orgánicas para que se proceda al
reetiquetado físico de los bienes, sin menoscabo
de que el propio personal del Servicio supervise,
desplazándose a las estancias donde se
encuentran ubicados los bienes, dicho proceso
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