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mismo) y que supongan mejor funcionamiento, asegurando el cumplimiento de los protocolos
rendimiento o capacidad productiva de dichos de seguridad y funcionalidad para su puesta a
bienes respecto a su estado originario. disposición.
2. Estas mejoras serán comunicados al Servicio
de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, por el Artículo 24. Salida de activos de la Unidad
responsable de la unidad usuaria del activo, Orgánica.
mediante la cumplimentación del Acta de 1. Los responsables de los activos podrán ceder
Recepción al que se deberá adjuntar una copia temporalmente éstos a otras Unidades
de la factura y el ADO correspondiente. Orgánicas de la Universidad, debiendo
3. No cabe el inventario de mejoras comunicar al Servicio de Gestión Presupuestaria
incorporadas a bienes que no sean propiedad de y Patrimonial dicha cesión, así como la unidad
la UMH. cesionaria y nueva ubicación del activo, a
efectos de constancia. El activo cedido
Artículo 23. Cambios de ubicación, destino o continuará asignado a la unidad cedente.
asignación. 2. Cuando el activo deba trasladarse fuera de los
Todo cambio de ubicación o asignación, que se recintos de la Universidad, para su uso por
realice de un activo dentro de una Unidad personal de la misma, dentro de sus funciones,
Orgánica, deberá ser comunicado por su si su valor es inferior a 3.000,00 euros, IVA
responsable al Servicio de Gestión incluido, el traslado será autorizado por el
Presupuestaria y Patrimonial. responsable de la Unidad usuaria del activo. Si el
El responsable de cada Unidad Orgánica, sin valor es superior, se requerirá autorización de la
perjuicio de su responsabilidad final, puede, Gerencia de la Universidad. En ambos casos, en
para una mejor custodia y uso de los activos, la autorización deberá indicarse la persona
asignar éstos a las personas que componen su responsable del activo durante su estancia fuera
unidad, siempre que ese activo vaya a ser de la Universidad y su ubicación,
directa y principalmente utilizado en su trabajo comunicándose al Servicio de Gestión
diario por la persona a la que se le asigna, o deba Presupuestaria y Patrimonial mediante la
ser controlado de forma expresa por la misma, Solicitud de Autorización de Traslado Fuera de
debiendo comunicar al Servicio de Gestión Recintos Universitarios.
Presupuestaria y Patrimonial esta asignación. En el caso de los bienes pertenecientes a las
Colecciones de Patrimonio Cultural, la
Tratándose de dispositivos informáticos de uso autorización deberá realizarla el vicerrectorado
individual (terminales de telefonía móvil, competente.
tabletas u ordenadores portátiles) vinculados a 3. Cuando el activo vuelva a la Universidad, el
la prestación del servicio público, su responsable de la unidad usuaria deberá
desafectación y posterior categorización como notificar al Servicio de Gestión Presupuestaria y
Bienes Muebles en Desuso (BMD) se reconocerá Patrimonial la nueva ubicación, para que quede
con carácter ordinario, en los casos de cese en el recogida en el inventario.
servicio activo del titular, renovación por 4. El personal no perteneciente a la Universidad
reposición de equipamiento o concurrencia de precisará, para utilizar los activos de la misma,
obsolescencia técnica. En tales casos, el de contrato o convenio firmado por el Rector o
Vicerrectorado competente por razón de la persona en quien delegue, en el que conste la
materia, podrá promover el procedimiento de autorización para la utilización de dichos bienes,
readscripción, cesión, enajenación o baja dentro o fuera de los recintos de la Universidad.
definitiva, conforme a lo estipulado en el Anexo El responsable de la unidad usuaria del activo
B-XIX y en función de la naturaleza del bien, su comunicará al Servicio de Gestión
valor venal y la situación administrativa del Presupuestaria y Patrimonial, la nueva situación
usuario. Sin perjuicio de lo anterior, el jurídica del bien.
responsable de la Unidad Orgánica podrá 5. El responsable de la unidad usuaria del activo
interesar la readscripción del bien de uso deberá comprobar que se adoptan las medidas
individual a otro usuario, ante el Servicio necesarias para que el traslado de los activos se
competente en materia de infraestructura realice en las debidas condiciones de seguridad,
informática, siempre que concurra una de acuerdo con la naturaleza del activo y los
necesidad justificada de su reutilización. En este plazos establecidos.
supuesto, dicho Servicio deberá garantizar la
previa reconfiguración integral del terminal,
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