Page 350 - 2026 TOMO II
P. 350
temporal, de un bien en el Inventario, al
Artículo 25. Segregación, fusión o absorción de desaparecer su posible uso por la Universidad.
Unidades Orgánicas. Hay muchos motivos por los cuales se puede dar
1. Cualquier segregación de Unidad Orgánica de baja un bien: por resultar inservible, por
acordada por los órganos competentes, obsolescencia o se ha deteriorado (desuso), por
necesitará la identificación de los activos a siniestro debido a fuerza mayor, por robo o
asignar a cada una, a efectos de inventario. A tal hurto, porque se ha perdido y por enajenación.
fin, la unidad de origen deberá comunicar al
Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial Proceso de baja:
los activos que se asignan a la nueva unidad, 1. La baja de bienes muebles de la Universidad se
mediante relación expresa, de conformidad con producirá previa incidencia comunicada por los
las directrices determinadas por el Consejo de servicios especializados de los vicerrectorados
Gobierno de la Universidad en el acuerdo de competentes en cada materia, a la que se
adjuntará el informe técnico correspondiente que
segregación. deberá indicar la causa que motiva la baja. Dicha
2. En el caso de que se acuerde la fusión o solicitud, junto con el informe, y si procede el
absorción de unidades de la Universidad, el informe de la Comisión de Patrimonio, se remitirá
responsable de la nueva unidad resultante a Gerencia quien autorizará, en su caso, la baja
comunicará al Servicio de Gestión definitiva, comunicándolo al Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial el paso a la misma Presupuestaria y Patrimonial.
de los activos de las unidades origen, pudiendo 2. En el supuesto de que los bienes inmuebles
solicitar en su caso, una revisión del estado de incluidos en el patrimonio de la Universidad
activos. causen baja por cualquiera de las causas
establecidas en la ley, la Gerencia de la
3. El Servicio de Gestión Presupuestaria y Universidad ordenará al Servicio de Gestión
Patrimonial procederá a actualizar el inventario, Presupuestaria y Patrimonial que proceda a la
facilitando relación de activos asignados a cada baja del activo en el Inventario de la misma.
uno de los responsables de las unidades 3. En los casos de robo o hurto, el responsable de
resultantes. la Unidad Orgánica usuaria del activo, informará
al Servicio de Gestión Presupuestaria y
Artículo 26. Entrada y salida de almacén. Patrimonial, interponiéndose la correspondiente
1. Los activos procedentes de compras denuncia por el servicio competente en materia
centralizadas pendientes de instalación o jurídica, si procede a efectos de posibles
reparto, deberán ser inventariados a su coberturas de seguros; y el SGPP informará al
vicerrectorado/s competente/s en la materia.
recepción por la Universidad y asignados a la 4. Cuando la causa de la baja sea un siniestro de
Unidad que efectúe la adquisición. Estas fuerza mayor, el responsable de la Unidad
unidades deben realizar un control de almacén, Orgánica correspondiente, remitirá la relación de
que se cotejará con los datos del inventario. los bienes afectados a la mayor brevedad posible
Asimismo, comunicarán al Servicio de Gestión a efectos de su baja en Inventario al SGPP y para
Presupuestaria y Patrimonial las asignaciones o que la Universidad pueda valorar si es un siniestro
repartos que se realicen de estos activos. cubierto por la póliza de daños patrimoniales
2. Toda salida de almacén debe ser actualizada contratada por la Universidad, o se determinen
en el inventario con la nueva ubicación y las actuaciones que procedan; el SGPP informará
al vicerrectorado/s competente/s en la materia.
relación de pertenencia a la unidad destinataria 5. Recibida la comunicación de baja, y si se trata
del activo. de mobiliario o material de laboratorio obsoleto o
3. En el supuesto de que un activo se traslade de deteriorado, previa retirada por el Servicio
una unidad a almacén, bien para su depósito o competente en materia de infraestructuras, se
para su reparación, el responsable de dicha remitirá solicitud de baja al Servicio de Gestión
unidad deberá comunicar al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial. En función de su
Presupuestaria y Patrimonial este traslado. estado, se decidirá si procede su destrucción por
resultar inservible o su enajenación, según el
procedimiento indicado en el artículo 35 de las
CAPÍTULO IV: BAJA DE BIENES Bases de Ejecución y Funcionamiento del
Presupuesto de la UMH “Enajenación de bienes”,
Artículo 27. Concepto y proceso de baja de un causando entonces baja definitiva en el
activo. Inventario, o si lo que procede es su traslado al
Almacén General para una posible reutilización.
La baja de un activo supone el cese, definitivo o 6. La retirada definitiva de Bienes Muebles en
Desuso (BMD), ejecutada conforme a los
350 | Página Presupuesto

