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Con carácter excepcional, por causas debidamente   e) Estar incluido en los programas que en materia
               motivadas, y, previo acuerdo con el trabajador, se   de salud laboral y prevención de riesgos se
               podrá llevar a cabo la modificación del contrato.    lleven a cabo desde el Servicio de Prevención
                                                                    de Riesgos Laborales de la Universidad
               Artículo 12.- Finalización del contrato.
                                                                  f) Hacer uso de las instalaciones y servicios
               El contrato finalizará en la fecha indicada por el   universitarios en condiciones de igualdad con el
               Investigador  responsable en la  propuesta  de       resto de personal de la Universidad.
               contratación. Si la obra o servicio no hubiera
               finalizado en esa fecha y se hiciera necesario     g) Participar en las convocatorias de ayudas a la
               prorrogar el contrato, el investigador principal     investigación que, con carácter genérico,
               comunicará al Servicio de Personal Técnico, de       publique la Universidad.
               Administración e Investigación la necesidad de
               prórroga.                                          h) A la propiedad industrial e intelectual de
                                                                    acuerdo a lo previsto en el artículo 165 de este
               CAPITULO III.-DERECHOS Y DEBERES                     Reglamento.

               Artículo 13.- Deberes del investigador responsable   i) El resto de derechos mencionados en el artículo
               de la actividad                                      14 de la Ley 14/2011, de 1 de junio,  de la
                                                                    Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como
               El investigador responsable de la actividad de       los previstos en las normas específicas que les
               investigación adoptará las medidas necesarias en     pudieran resultar de aplicación.
               orden al cumplimiento de las obligaciones generadas
               por los contratos  previstos en el presente     Artículo 15.-  Deberes del personal investigador y
               reglamento.                                     personal colaborador en tareas de investigación.

               Artículo 14.- Derechos del personal investigador y   Sin perjuicio de los deberes establecidos con
               personal colaborador en tareas de investigación.   carácter general por la normativa vigente aplicable,
                                                               y de las especificidades derivadas de su situación
               Sin perjuicio de los  derechos establecidos con   jurídica, son deberes de este personal:
               carácter general por la normativa vigente aplicable,
               y de las especificidades derivadas de su situación   a) Realizar las actividades previstas en  sus
               jurídica, son derechos de este personal:           programas de formación y/o especialización, en
                                                                  su caso,  y cumplir los objetivos con
                  a)  Estar  integrado  en   los  servicios,      aprovechamiento.
                   departamentos, institutos,  o aquellas otras
                   estructuras creadas por la Universidad.        b) Ajustarse al régimen interno o de
                                                                  funcionamiento de la Universidad Miguel
                  b) Obtener la colaboración y el apoyo necesarios   Hernández de Elche, especialmente en cuanto a
                   para el desarrollo normal de sus  tareas,      condiciones de trabajo y normas de prevención
                   facilitándole el acceso a las instalaciones y a la   de riesgos laborales.
                   utilización de los medios, instrumentos o
                   equipos que se precisen  para el normal        c) Observar confidencialidad con respecto a los
                   desarrollo de su actividad.                    datos o información de carácter científico,
                                                                  técnico o comercial a los cuales pudiese acceder
                  c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos   durante el desarrollo de sus actividades, de
                   de la Universidad Miguel Hernández de Elche,   acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este
                   en sus órganos de gobierno y representación.    Reglamento. El incumplimiento de esta
                                                                  obligación, así como la utilización indebida de la
                  d) Ver acreditada su condición mediante el carné   información,  implicará  incurrir  en  las
                   universitario correspondiente.                 responsabilidades que resulten procedentes, y




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