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Para todo aquello que no esté regulado en el       desarrollada,  su duración  y, en su  caso, su
               presente Capítulo, se estará a lo  dispuesto en    rendimiento.
               legislación  general que regule las  prácticas de los   ●  A estar integrado en el Departamento/Instituto
               estudiantes universitarios, así como a las directrices   en el que lleva a cabo sus tareas y a participar, en
               y procedimiento establecidos por el Observatorio   la forma prevista en los estatutos  de la
               Ocupacional de esta Universidad.                   universidad,  en sus órganos de gobierno y
                                                                  representación.  A  la propiedad industrial  e
               Art. 23.- Seguimiento del Proyecto Formativo       intelectual de acuerdo a lo previsto en el artículo
                                                                  26 de este Reglamento.
               Toda práctica formativa  cuenta con  un tutor
               profesional y  un  tutor académico. El  tutor   ●  El resto de  derechos  que se recojan  en la
               profesional  de la  práctica formativa será el     legislación general reguladora de las prácticas de
               Investigador Responsable de  la  actividad de      los estudiantes universitarios.
               investigación. El tutor académico será el Director del
               Departamento/Instituto  correspondiente.  Si    Artículo 25.- Deberes
               coinciden ambos tutores, entonces se hará constar   Sin perjuicio de los establecidos con carácter general
               como tutor académico el Vicerrector  con        por la normativa vigente aplicable, son deberes de
               competencias en materia de investigación.       este personal:


               El tutor profesional adoptará las medidas necesarias   ●  Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas
               en  orden al cumplimiento de las obligaciones      de los estudiantes establecidos por la
               generadas por las prácticas formativas previstas en   universidad.
               el presente reglamento. Durante la vigencia del   ●  Conocer  y  cumplir con aprovechamiento los
               proyecto formativo, deberá  dar las indicaciones e   objetivos del Proyecto Formativo y realizar con
               instrucciones necesarias para la correcta ejecución   diligencia las actividades acordadas en el mismo,
               de la actividad desarrollada, y por  tanto de su   siguiendo las indicaciones del tutor profesional
               formación.                                         bajo la supervisión del tutor académico.

               CAPÍTULO I: DE LOS DERECHOS Y DEBERES           ●  Incorporarse a la Universidad Miguel Hernández
                                                                  de Elche en la fecha acordada, cumplir el horario
               DEL PERSONAL EN PRÁCTICAS                          previsto en su Proyecto y respetar las normas de
                                                                  funcionamiento, seguridad, y prevención de
               Artículo 24.- Derechos
                                                                  riesgos laborales de la misma.
               Sin perjuicio de los establecidos con carácter general   ●  Elaborar la memoria final de la práctica y, en su
               por la normativa vigente aplicable, son derechos de   caso, el informe intermedio en el plazo que se
               este personal:                                     establezca.
                                                               ●  Guardar confidencialidad respecto a los datos o
              ●  La tutela ejercida por el investigador responsable   información confidencial de carácter  científico,
                  de la actividad de investigación como tutor     técnico o comercial a los cuales pudiese acceder
                  profesional,  bajo la supervisión del tutor     durante el desarrollo de sus actividades y una vez
                  académico.                                      finalizadas estas, de acuerdo a lo establecido en
              ●  Obtener la  colaboración  y el apoyo necesarios   el artículo 24 de este Reglamento.
                  para el desarrollo normal de sus tareas,     ●  Comunicar al Vicerrectorado competente en
                  facilitándole  el acceso a  las instalaciones y   materia de investigación cualquier incidencia
                  servicios, así como la utilización de los medios,   relativa a las condiciones  necesarias  para la
                  instrumentos o equipos que se precisen para ello.    concesión  de la práctica  en el marco  de la
              ●  A la obtención de certificación  por parte del   actividad de investigación, si procede, o aquellas
                  Departamento universitario que corresponda      que afectan al normal desarrollo de la misma.
                  con  mención   expresa  de  la  actividad




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