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●  Respetar y hacer un buen uso del patrimonio y las   vinculación  con   la      Universidad.
                  instalaciones  de  la  Universidad  Miguel
                  Hernández de Elche.
              ●  El resto  de deberes que  se recojan en la
                  legislación general reguladora de las prácticas de
                  los estudiantes universitarios.              DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA:
                                                               CONTRATOS EN VIGOR.
               Artículo 26.-  Derechos de propiedad industrial e
               intelectual y confidencialidad                  Los contratos con cargo a actividades de
                                                               investigación gestionados por la Universidad Miguel
                1.- Derechos de propiedad industrial e intelectual    Hernández de Elche celebrados con anterioridad a la
                                                               entrada en vigor del presente Reglamento,
               Con relación a los derechos de propiedad industrial   continuarán vigentes en los mismos términos hasta
               e  intelectual  sobre los  resultados  que se  pudieran   la fecha de finalización prevista en el contrato, o
               generar durante el periodo de práctica formativa se   prórrogas necesarias para la ejecución de la obra o
               estará a lo  establecido en  la  Normativa  de la   servicio que ha dado lugar a dicho contrato.
               Universidad Miguel Hernández de Elche sobre
               Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y   DISPOSICIÓN TRANSITORIA  SEGUNDA:
               subsidiariamente a la legislación reguladora de la   BECAS DE INVESTIGACIÓN EN VIGOR.
               materia a nivel estatal.
                                                               Aquellas becas de investigación que se encuentren
                2.- Confidencialidad
                                                               vigentes a la entrada en vigor del presente
               El estudiante  se compromete a mantener         Reglamento, continuarán vigentes, en los mismos
               confidencialidad sobre la información a la que   términos, hasta su finalización.
               pudiera tener acceso durante la realización de la   Posteriormente, en aquellos casos en que se desee
               práctica formativa en el desempeño de su actividad   dar continuidad a la formación de una persona, el
               en la Universidad.
                                                               investigador responsable deberá ajustarse a lo
               Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en   dispuesto en este Reglamento.
               vigor durante el periodo necesario para que la   DISPOSICIÓN DEROGATORIA
               Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la
               misma de acuerdo a lo establecido        en     Queda derogada la Normativa de  becas de
               contratos/convenios suscritos previamente con   investigación de la UMH asociadas a convenios,
               terceros.                                       contratos y proyectos de I+D, aprobada el 16 de

               En aquellos supuestos en los que la Universidad no   marzo de 2002 por la Comisión Gestora; así como sus
               hubiera   contraído   una    obligación  de     modificaciones posteriores,  y  el  apartado  I.7  de  la
               confidencialidad previa, el  estudiante en práctica   Normativa Provisional de Gestión Económico-
               formativa quedará obligado a la confidencialidad   administrativa de Acuerdos de investigación y
               durante los dos años siguientes a la finalización de su   Prestaciones de Servicio.


















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