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con carácter urgente, con una antelación mínima de
cuarenta y ocho horas. ● El acta de cada sesión será aprobada en la primera
reunión de carácter ordinario que se celebre con
Artículo 6.- Sesiones de la Comisión posterioridad.
Las sesiones de la Comisión podrán celebrarse de ● Los miembros de la Comisión, que así lo deseen,
podrán hacer constar en el acta sus votos particulares
forma presencial o de forma telemática, contrarios a los acuerdos adoptados.
determinando el Presidente la modalidad de cada
sesión. Capítulo 3.- Procedimiento Interno
6.1 Sobre las sesiones presenciales de la Comisión:
Para que sea válida la constitución de la Comisión, a Artículo 8: Procedimiento de comunicación de
efectos de la celebración de reuniones, deliberación y resultados
toma de acuerdos, se requerirá la presencia del 8.1. Corresponde al Servicio de Transferencia del
Presidente y Secretario, o de quienes les sustituyan y Conocimiento gestionar los derechos de Propiedad
la mayoría de sus miembros. De no lograrse ésta, la Industrial e Intelectual procedentes de los resultados
Comisión podrá constituirse en segunda de investigación regulados por la presente normativa.
convocatoria, media hora después de la fijada para la 8.2. De acuerdo al apartado 4.2.1, los
primera, si cuenta con la asistencia de la tercera parte inventores/autores deberán notificar a la UMH, a
de sus miembros. través del Servicio de Transferencia del Conocimiento,
el resultado en el plazo máximo de tres meses desde
Los miembros de la Comisión podrán delegar su su obtención, con independencia de su posición
representación y voto en otro miembro de la respecto a la protección de dicho resultado. A tal fin,
Comisión. cumplimentarán y remitirán a dicha oficina la
6.2 Sobre las sesiones telemáticas de la Comisión: correspondiente Comunicación de Resultados, siendo
Para que la convocatoria telemática de la Comisión imprescindible para su gestión que se incluya como
sea válida requerirá la contestación por vía telemática mínimo:
de la mayoría de sus miembros. Dicha contestación ● Nombre y DNI de todos los inventores/autores.
deberá ir dirigida al Vicerrectorado con competencias Porcentaje de participación de cada uno de los
en Transferencia de Conocimiento y con copia a todos inventores/autores.
los miembros de la Comisión y al Director del Servicio ● Investigador responsable .
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de Transferencia del Conocimiento. ● Título de la invención/obra.
● Descripción de la invención/obra.
En la convocatoria telemática de la Comisión no será ● Pronunciamiento sobre su interés en proteger el
resultado.
válida la delegación de voto y representación entre ● Fuente de financiación.
sus miembros. ● Datos de publicaciones o proyectos existentes
relacionados.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por
mayoría simple. Cuando se hubiera llegado a un ● Cuando se trate de invenciones, la comunicación de
empate en los acuerdos, el voto del Presidente será resultados irá acompañada de un Informe de
considerado como voto de calidad patentabilidad emitido por la OEPM, en el que la Oficina
se pronuncie sobre si la invención cumple con los
Artículo 7.- Actas requisitos de novedad y actividad inventiva. El
De cada sesión de la Comisión, el Secretario levantará Vicerrectorado con competencias en Transferencia de
acta circunstanciada, en la que se recogerán Conocimiento asumirá el 50% del importe de dicho
informe.
claramente los acuerdos adoptados y los resultados 8.3. El Servicio de Transferencia del Conocimiento
de las votaciones, si las hubiera.
examinará la documentación recibida y, si
1 Responsable de la interlocución con el Servicio de Transferencia comunicaciones relacionadas con el procedimiento de protección y
del conocimiento, y persona con quien se intercambiarán las explotación
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