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extensión de la protección de la patente, o cuando no   13.1 Se entiende por diseño industrial la apariencia
               se hayan pronunciado expresamente al respecto con   externa de un  producto  que se deriva  de líneas,
               un mes de antelación a la fecha de vencimiento del   contornos, colores, forma, textura, materiales y/o su
               periodo de prioridad de la patente española, el   ornamentación.
               Servicio de  Transferencia del  Conocimiento dará   13.2 Con relación a la protección y extensión del
               traslado de esta circunstancia a la Comisión junto con   diseño industrial se estará  a lo establecido en el
               un Informe Potencial de mercado para que, en todo   Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento
               caso, se pronuncie sobre la conveniencia de la   interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo
               extensión.                                      4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.
               11.5 El acuerdo de la Comisión será  notificada al   13.3 El Servicio de Transferencia del  Conocimiento
               investigador responsable a  través del Servicio de   llevará un registro de los diseños industriales
               Transferencia del Conocimiento.                 solicitados bajo titularidad de la UMH y comunicará al
               11.6 La entrada en fases nacionales a la finalización   Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial los
               del procedimiento de extensión internacional    registros solicitados a los efectos de su inclusión en el
               quedará condicionada a la  existencia efectiva de   patrimonio de la Universidad  como  inmovilizado
               acuerdos de explotación con empresas o a la     inmaterial
               posibilidad real de suscribir un contrato de
               explotación con una empresa que financie los gastos   Capítulo 7: Programas de Ordenador
               que dicha gestión pueda ocasionar.
                                                               Artículo 14.- Concepto y Procedimiento Protección de
               Capítulo 5: Topografía de semiconductores       los programas
                                                               14.1 A efectos de la presente normativa se entiende
               Artículo 12: Concepto y procedimiento de protección    por programa de ordenador toda secuencia de
               12.1 Se entiende por topografía de semiconductores   instrucciones o indicaciones destinadas a ser
               una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere   utilizadas,  directa o indirectamente, en un sistema
               la manera en que estén fijadas o codificadas:   informático para realizar una función o una tarea o
                   a) que representen la estructura tridimensional   para obtener un resultado  determinado,  cualquiera
                   de las capas que componen el producto       que fuere su forma de expresión y fijación. Quedan
                   semiconductor,                              incluidos dentro del programa  de ordenador la
                   b) en la cual cada imagen tenga la estructura o   documentación preparatoria, técnica y los manuales
                   parte de la estructura de una de las superficies   de uso.
                   del producto semiconductor en cualquiera de   14.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en el
                   sus fases de fabricación.                   artículo 8, en el caso de que apruebe la inscripción de
               12.2 Para llevar a cabo la protección de una topografía   una obra o un programa de ordenador en el Registro
               de semiconductores se estará a lo establecido en el   de la Propiedad Intelectual, serán los autores quienes
               Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento   lo presente ante el mencionado registro, trasladando
               interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo   posteriormente  el  expediente al Servicio de
               4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    Transferencia del Conocimiento.
               12.3 El SGI llevará un registro de las topografías de   14.3 En los programas de ordenador, con
               semiconductores solicitadas bajo titularidad de la   independencia de que se registren o no, se hará
               UMH y comunicará al Servicio de Gestión         constar en la primera pantalla  o primera página lo
               Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados   siguiente:
               a los efectos de su inclusión en el patrimonio de la   Copyright <año> UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ
               Universidad como inmovilizado inmaterial        DE ELCHE. Todos los derechos reservados
                                                               14.4 El Servicio de Transferencia del Conocimiento
               Capítulo 6: Diseños Industriales                llevará un registro de los programas de ordenador
                                                               solicitados bajo titularidad de la UMH y comunicará al
               Artículo 13.- Concepto y procedimiento de protección    Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial los



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