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ANEXO N-III: NORMATIVA INTERNA PARA LA GESTIÓN DE LOS REMANENTES
               PRESUPUESTARIOS PROCEDENTES DE ACCIONES DEL VII PROGRAMA MARCO DE


               LA UNIÓN EUROPEA
               Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 19 de septiembre de 2007

               Modificada:

               Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones 2ª, 3ª, y 5ª.
               Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2013. Modificación de la Disposición 5ª.
               Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2019. Modificación del punto 5º e inclusión de transitorias



              Objetivo de la normativa propuesta               del VII Programa Marco ejecutadas en la UMH, se
                                                               repartirán de la forma siguiente:
              La presente normativa tiene por objeto establecer
              una regulación interna en la UMH para la gestión de   a) El 50% se destinará a engrosar un fondo común de
              los  fondos  remanentes  (RLDs) procedentes de   la Universidad
              acciones del  VII Programa Marco  de la Unión
              Europea.                                         b) El otro 50% se destinará al grupo de investigación

              Disposiciones normativas                         que desarrolló el  proyecto. Dicho  grupo de
                                                               investigación deberá presentar, para su aprobación
              1) Los remanentes  presupuestarios RLDs de las   preceptiva, un plan de utilización de dichos fondos.
              acciones del VII Programa Marco que se realicen en   Se detraerá de estos fondos la cantidad previamente
              la UMH, pertenecen a dicha institución, y  serán   consumida durante el desarrollo del proyecto,  de
              puestos a  disposición de la misma,  una  vez que   acuerdo con lo establecido en la disposición 2ª).
              finalicen todas las operaciones previstas  en  cada
              acción, esto es, cuando se  produzca el pago final   4) El fondo común generado con estos remanentes
              previsto en el Acuerdo de Subvención firmado con la   se destinará a fortalecer y consolidar las capacidades
              CE.                                              de investigación de la universidad en su conjunto. En
                                                               función de las disponibilidades del fondo y, previo
              2) Los investigadores responsables de los proyectos   acuerdo del Consejo de Gobierno de la  UMH, se
              podrán hacer un uso limitado, durante el desarrollo   promoverán las siguientes actividades:
              del proyecto, de los remanentes previstos para   Convocatorias de becas propias de la UMH.
              cubrir  gastos relacionados con la ejecución  del
              proyecto  y no directamente justificables en el   Convocatorias para la contratación  de técnicos de
              mismo. Se establece, como límite para este concepto   apoyo a la gestión de proyectos, destinados a prestar
              el 1% de la subvención máxima otorgada a la UMH,   sus servicios en las Unidades  Orgánicas que
              de acuerdo con las provisiones del  Acuerdo de   demuestren un mayor grado de actividad.
              Subvención firmado con la  CE y/o el  Acuerdo de   Convocatorias para la contratación  de técnicos de
              Consorcio  firmado  con  los  demás  socios      laboratorio, destinados a prestar sus servicios en las
              participantes  en el proyecto. Dicha disposición de   Unidades  Orgánicas que  demuestren un mayor
              fondos deberá contar con la aprobación preceptiva   grado de actividad y justifiquen su necesidad.
              del Vicerrector con competencias en investigación.

                                                               Incrementar la dotación de recursos a los Servicios
              3) Una vez recibido el último pago  previsto en el   Generales de Investigación para mejorar sus
              Acuerdo   de  Subvención,  los  remanentes       infraestructuras y equipamientos.
              presupuestarios (RLDs) de cada una de las acciones



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