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causen  baja  por  cualquiera  de  las  causas   muestreo  de  adecuación  del  inventario  a  la
                     establecidas  en  la  ley,  la  Gerencia  de  la   realidad.
                     Universidad  ordenará  al  Servicio  de  Gestión
                     Presupuestaria  y  Patrimonial  que  proceda  a  la   Artículo 29. Reetiquetado de bienes muebles.
                     baja del activo en el Inventario de la misma.
                                                                1.  El  reetiquetado  de  bienes  muebles  cuando
                     3. En los casos de robo o hurto, el responsable de
                                                                éstos   hayan    perdido   su   etiqueta
                     la Unidad Orgánica usuaria del activo, informará
                     al  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y   correspondiente,  o  la  misma  se  haya
                     Patrimonial, interponiéndose la correspondiente   deteriorado por cualquier causa, podrá iniciarse
                     denuncia por el servicio competente en materia   de  oficio  por  parte  del  Servicio  de  Gestión
                     jurídica,  si  procede  a  efectos  de  posibles   Presupuestaria y Patrimonial, o a instancias de la
                     coberturas  de  seguros;  y  el  SGPP  informará  al   Unidad Orgánica de la que depende el bien.
                     vicerrectorado/s competente/s en la materia.   2.  En  el  caso  del  inicio  del  procedimiento  a
                     4. Cuando la causa de la baja sea un siniestro de   instancia  de  la  Unidad  Orgánica,  el  solicitante
                     fuerza  mayor,  el  responsable  de  la  Unidad
                     Orgánica correspondiente, remitirá la relación de   remitirá  vía  correo  electrónico  la  Solicitud  de
                     los bienes afectados a la mayor brevedad posible   Reetiquetado   al   Servicio   de   Gestión
                     a efectos de su baja en Inventario al SGPP y para   Presupuestaria y Patrimonial.
                     que la Universidad pueda valorar si es un siniestro   3.  El  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
                     cubierto  por  la  póliza  de  daños  patrimoniales   Patrimonial  elaborará  duplicados  de  las
                     contratada por la Universidad, o se determinen   etiquetas y las remitirá a los solicitantes de las
                     las actuaciones que procedan; el SGPP informará   Unidades  Orgánicas  para  que  se  proceda  al
                     al vicerrectorado/s competente/s en la materia.   reetiquetado físico de los bienes, sin menoscabo
                     5. Recibida la comunicación de baja, y si se trata   de que el propio personal del Servicio supervise,
                     de mobiliario o material de laboratorio obsoleto o   desplazándose  a  las  estancias  donde  se
                     deteriorado,  previa  retirada  por  el  Servicio
                     competente  en  materia  de  infraestructuras,  se   encuentran ubicados los bienes, dicho proceso
                     remitirá solicitud de baja al Servicio de Gestión   de reetiquetado.
                     Presupuestaria  y  Patrimonial.  En  función  de  su
                     estado, se decidirá si procede su destrucción por
                     resultar  inservible  o  su  enajenación,  según  el
                     procedimiento  indicado  en el  artículo  35  de  las
                     Normas  de  Ejecución  y  Funcionamiento  del
                     Presupuesto de la UMH “Enajenación de bienes”,
                     causando  entonces  baja  definitiva  en  el
                     Inventario, o si lo que procede es su traslado al
                     Almacén General para una posible reutilización.

                  CAPÍTULO V: MANTENIMIENTO

                  Artículo 28. Revisión de estado del Inventario
                  de Bienes.
                  1. La Universidad podrá acordar la realización de
                  una revisión de estado de los bienes, verificando
                  los niveles de obsolescencia o adecuación de los
                  activos. Para el mantenimiento actualizado del
                  Inventario,  además  de  la  labor  constante
                  encargada al Servicio de Gestión Presupuestaria
                  y Patrimonial, la Gerencia podrá remitir a cada
                  unidad  organizativa  bajo  cuya  dependencia
                  queden  adscritos  los  bienes,  su  respectivo
                  listado  de  bienes  para  la  comprobación  y
                  actualización con la realidad física. Las distintas
                  unidades organizativas deberán informar sobre
                  su conformidad, o plantear las discrepancias que
                  observen.  Asimismo,  los  responsables  de  las
                  diferentes unidades, podrán solicitar a Gerencia
                  listados de los bienes asignados a sus unidades.
                  2.  El  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
                  Patrimonial,  ejercitará  una  vez  al  año  un

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