Page 189 - 2022 TOMO III(modif.1)
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el  receptor  solicitará  por  escrito  al  Servicio  de  Gestión   c.    Sin condición o carga: solo se aceptarán donaciones o
           Presupuestaria y Patrimonial, su incorporación al mismo,   cesiones de uso que no estén sujetas al cumplimiento de
           aportando los datos del emisor, la valoración del bien, la   carga y/o condición alguna a favor del donante.
           descripción del mismo y cuánta información contribuya a   d.   Cesión de derechos: la donación que se acepta con el
                                                                     acuerdo del material donado pasa a ser propiedad legal de
           su  mejor  identificación,  incluidas  fotografías.  Para
                                                                     la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche.  Con  la
           aquellos  bienes  susceptibles  de  ser  incluidos  en  el
                                                                     formalización  de  la  donación,  la  Universidad  Miguel
           Patrimonio Cultural, el Servicio de Gestión Presupuestaria   Hernández de Elche se convierte en propietaria del mismo,
           y  Patrimonial  valorará  la  misma  pudiendo  elevar  el   teniendo potestad para decidir su ubicación, uso y destino
           expediente a la Comisión de Patrimonio Cultural.          final.
                                                                     e.     Respeto a la propiedad intelectual: solo se aceptarán
           CAPÍTULO  II:  DONACIÓN  O  CESIÓN.  PATRIMONIO           obras  originales,  salvo  en  el  caso  de  copia  de  interés
           CULTURAL                                                  obtenidas de acuerdo a la legislación vigente.

                                                                 2. Además de los criterios ya citados se tendrá en cuenta
           Artículo 48. Admisión de la donación o cesión de uso de
           bienes de patrimonio cultural.                        la relevancia del bien dentro del Patrimonio Cultural de las
           1.La  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  podrá   colecciones de Patrimonio Cultural, el espacio disponible
           aceptar la donación o cesión de bienes para ser integrados   en  la  Universidad  Miguel  Hernández  para  su
           en  su  Patrimonio  Cultural  procedente  de  particulares  e   correspondiente   ubicación   y   conservación,   la
                                                                 consideración del valor de la donación o cesión de uso, y
           instituciones, en función de su valor cultural e histórico,
           siempre que esté en un estado de conservación que no   el coste que suponga su conservación y cualquier otro que
           comprometa la seguridad de la colección existente y su   se estime oportuno.
           temática sea de interés para el Patrimonio Cultural y las
           actividades de docencia e investigación que se desarrollan   Artículo 50. Fondos en depósito.
                                                                 La Universidad Miguel Hernández de Elche no aceptará
           en   la   Universidad.   Para   ello,   deberá   contar
           necesariamente con el informe favorable o desfavorable   fondos en depósito, salvo aquellos casos excepcionales en
           de la Comisión de Patrimonio Cultural de la UMH, previa a   que se consideren de gran interés para la colección, sus
           la suscripción del acuerdo preceptivo por los órganos de   usuarios/as y los fines de la Universidad, en cuyo caso se
           gobierno  correspondientes  (Consejo  de  Gobierno  y/o   tramitará  en  los  términos  previstos  en  la  presente
                                                                 normativa, debiendo permitirse en todo caso el uso por
           Consejo Social).
           2.La Universidad Miguel Hernández de Elche no admitirá   parte de la Universidad, correspondiendo la competencia
           ninguna  donación  o  cesión  de  uso  de  bienes  de   de informar favorablemente a la Comisión de Patrimonio
           Patrimonio   Cultural   que   exija   condiciones   o   Cultural de la UMH.
           contrapartidas  que  contravengan  las  disposiciones
           establecidas  en  este  Título  o  en  los  procedimientos   Artículo 51. Propuesta de donación o cesión de uso.
           establecidos para la organización, gestión, conservación y   1. El procedimiento de donación o cesión de los bienes
           difusión de su fondo cultural.                        destinados a Patrimonio Cultural al Patrimonio Cultural de
                                                                 la Universidad Miguel Hernández se iniciará a propuesta
           Artículo 49. Criterios para la aceptación de donación o   del donante o cedente, que deberá dirigir su propuesta al
           cesión de uso de bienes de Patrimonio Cultural        Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y  Patrimonial,
           1.A fin de garantizar la adecuación de las obras que se   conforme  al  modelo  recogido  en  el  Documento  2:
                                                                 “Propuesta  de  donación  o  cesión  de  uso  de  bien/es
           pretenden  donar  o  ceder,  se  tendrán  en  cuenta  los
           siguientes criterios para acceder a su aceptación:    destinado/s  al  Patrimonio  Cultural  de  la  Universidad
                                                                 Miguel Hernández de Elche”, en el que constará, al menos,
               a. Estado de conservación: se aceptarán piezas en buen   de lo siguiente:
               estado y que no comprometa la seguridad del patrimonio
               existente.  No  se  aceptarán  piezas  dañadas  o  material   a. Datos de todos los donantes o cedentes que permitan su
               dañado, excepto que por su antigüedad o valor interese al   identificación  y  localización  (nombre  o  denominación
               Patrimonio  Cultural  de  la  UMH,  procurando  su   completa,  número  de  identificación  fiscal,  domicilio,
               recuperación y restauración en la medida de lo posible, y   teléfono, correo electrónico, fotocopia del DNI, etc.).
               siempre que el coste de esto último no supere el valor del   b.   Descripción  de  los  bienes  a  donar  o  a  ceder  y
               bien donado o cedido.                                características  de  los  mismos  según  la  ficha  técnica  del
               b.  Temática y tipología: se valorará si las obras mantienen   bien/es  cuya  donación  o  cesión  se  propone  (según
               relación  con  las  colecciones  existentes  de  Patrimonio   Documentos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4).
               Cultural,  los  programas  de  estudios  y  disciplinas   c. Factura de compra y/o informe de valoración de los bienes
               impartidas, así como con las líneas de investigación y las   por perito experto o de reconocido prestigio cuya fecha de
               líneas  estratégicas  de  proyección  definidas  por  las   valoración sea inferior a un año desde la fecha en la que se
               cátedras  institucionales  de  la  Universidad  Miguel   presenta por registro general la solicitud de donación, y su
               Hernández de Elche, con independencia de su tipología o   acreditación documental, en su caso.
               formato.

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