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mantenimiento ordinario, o sean de mera datos, o los pequeños paquetes estándar de
reparación o conservación de otros ya software.
existentes, no se incluirán en Inventario 7. Los gastos derivados del mantenimiento,
como mayor valor de las construcciones, vigilancia o control en las aplicaciones
sino que serán imputados al Capítulo II del informáticas inventariables han de entenderse
Presupuesto de Gastos, como un gasto como un gasto corriente.
corriente.
Se entenderán como mayor valor de los CAPÍTULO III. MODIFICACIONES
edificios en los que se integran,
determinados bienes instalados de modo fijo Artículo 22. Mejoras.
en ellos, tales como persianas interiores, 1. Se considerarán mejoras aquellos bienes
cortinas, estores, rótulos, buzones o materiales que supongan un incremento de
mamparas, sea cual sea su importe. valor de un bien ya inventariado (no se incluye
la reparación del mismo) y que impliquen un
Artículo 21. Inmovilizado intangible. aumento de la capacidad productiva o un
1. Se incluirán en el Inventario todos los gastos alargamiento de la vida útil de dicho bien.
relativos a la protección y registro de los 2. Estas mejoras serán comunicados al Servicio
derechos de marca, patentes y modelos de de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, por el
utilidad. responsable de la unidad usuaria del activo,
2. Las concesiones administrativas deben figurar mediante la cumplimentación del Acta de
en el activo valoradas por el importe total de los Recepción al que se deberá adjuntar una copia
gastos incurridos para su obtención. de la factura y el ADO correspondiente.
3. En los supuestos de propiedad industrial se 3. No cabe el inventario de mejoras
seguirá el precio de adquisición o coste de incorporadas a bienes que no sean propiedad de
producción. En el caso de patentes, se verá la UMH.
incrementado por los gastos de registro y
formalización de las mismas. Artículo 23. Cambios de ubicación, destino o
4. Todas las escrituras públicas constitutivas de asignación.
derechos que afecten al Patrimonio de la Todo cambio de ubicación o asignación, que se
Universidad, tales como aquellos por los que se realice de un activo dentro de una Unidad
constituyan derechos de marca, cesiones de Orgánica, deberá ser comunicado por su
derechos efectuadas por investigadores, etc., responsable al Servicio de Gestión
deberán ser depositadas para su custodia en la Presupuestaria y Patrimonial.
Secretaría General de esta Universidad. El responsable de cada Unidad Orgánica, sin
5. Además, dentro del Inventario se incluirán, perjuicio de su responsabilidad final, puede,
como propias del Inmovilizado Inmaterial, y para una mejor custodia y uso de los activos,
siempre que se generen gastos de inversión, las asignar éstos a las personas que componen su
Aplicaciones Informáticas. Para ello, se debe unidad, siempre que ese activo vaya a ser
adjuntar, junto con el Acta de Recepción directa y principalmente utilizado en su trabajo
correspondiente, una Documento de Inventario diario por la persona a la que se le asigna, o deba
de Software, donde se recogerán todos los ser controlado de forma expresa por la misma,
datos relativos al software a inventariar. debiendo comunicar al Servicio de Gestión
6. Serán inventariables las aplicaciones Presupuestaria y Patrimonial esta asignación.
informáticas (programas, software, licencias)
que se adquieran en propiedad, y las que se Artículo 24. Salida de activos de la Unidad
adquieran bajo licencia de uso y explotación que Orgánica.
no sea de renovación periódica, y cuyo valor 1. Los responsables de los activos podrán ceder
total exceda de 300,00 euros, IVA excluido, temporalmente éstos a otras Unidades
incluidos todos los gastos inherentes a su Orgánicas de la Universidad, debiendo
desarrollo e instalación. Así pues, las comunicar al Servicio de Gestión Presupuestaria
aplicaciones informáticas adquiridas bajo y Patrimonial dicha cesión, así como la unidad
renovación periódica, o como actualizaciones o cesionaria y nueva ubicación del activo, a
revisiones periódicas, como regla general no efectos de constancia. El activo cedido
serán inventariables (véase artículo 13). continuará asignado a la unidad cedente.
Tampoco se entenderán como aplicaciones 2. Cuando el activo deba trasladarse fuera de los
informáticas inventariables las meras bases de recintos de la Universidad, para su uso por
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