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personal de la misma, dentro de sus funciones, de los activos de las unidades origen, pudiendo
si su valor es inferior a 3.000,00 euros, IVA solicitar en su caso, una revisión del estado de
incluido, el traslado será autorizado por el activos.
responsable de la Unidad usuaria del activo. Si el 3. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
valor es superior, se requerirá autorización de la Patrimonial procederá a actualizar el inventario,
Gerencia de la Universidad. En ambos casos, en facilitando relación de activos asignados a cada
la autorización deberá indicarse la persona uno de los responsables de las unidades
responsable del activo durante su estancia fuera resultantes.
de la Universidad y su ubicación,
comunicándose al Servicio de Gestión Artículo 26. Entrada y salida de almacén.
Presupuestaria y Patrimonial mediante la 1. Los activos procedentes de compras
Solicitud de Autorización de Traslado Fuera de centralizadas pendientes de instalación o
Recintos Universitarios. reparto, deberán ser inventariados a su
En el caso de los bienes pertenecientes a las recepción por la Universidad y asignados a la
Colecciones de Patrimonio Cultural, la Unidad que efectúe la adquisición. Estas
autorización deberá realizarla el vicerrectorado unidades deben realizar un control de almacén,
competente. que se cotejará con los datos del inventario.
3. Cuando el activo vuelva a la Universidad, el Asimismo, comunicarán al Servicio de Gestión
responsable de la unidad usuaria deberá Presupuestaria y Patrimonial las asignaciones o
notificar al Servicio de Gestión Presupuestaria y repartos que se realicen de estos activos.
Patrimonial la nueva ubicación, para que quede 2. Toda salida de almacén debe ser actualizada
recogida en el inventario. en el inventario con la nueva ubicación y
4. El personal no perteneciente a la Universidad relación de pertenencia a la unidad destinataria
precisará, para utilizar los activos de la misma, del activo.
de contrato o convenio firmado por el Rector o 3. En el supuesto de que un activo se traslade de
persona en quien delegue, en el que conste la una unidad a almacén, bien para su depósito o
autorización para la utilización de dichos bienes, para su reparación, el responsable de dicha
dentro o fuera de los recintos de la Universidad. unidad deberá comunicar al Servicio de Gestión
El responsable de la unidad usuaria del activo Presupuestaria y Patrimonial este traslado.
comunicará al Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial, la nueva situación CAPÍTULO IV: BAJA DE BIENES
jurídica del bien.
5. El responsable de la unidad usuaria del activo Artículo 27. Concepto y proceso de baja de un
deberá comprobar que se adoptan las medidas activo.
necesarias para que el traslado de los activos se
realice en las debidas condiciones de seguridad, 1. La baja de un activo supone el cese, definitivo
de acuerdo con la naturaleza del activo y los o temporal, de un bien en el Inventario, al
plazos establecidos. desaparecer su posible uso por la Universidad.
Hay muchos motivos por los cuales se puede dar
Artículo 25. Segregación, fusión o absorción de de baja un bien: por resultar inservible, por
Unidades Orgánicas. obsolescencia o se ha deteriorado (desuso), por
1. Cualquier segregación de Unidad Orgánica siniestro debido a fuerza mayor, por robo o
acordada por los órganos competentes, hurto, porque se ha perdido y por enajenación.
necesitará la identificación de los activos a
asignar a cada una, a efectos de inventario. A tal Proceso de baja:
fin, la unidad de origen deberá comunicar al 1. La baja de bienes muebles de la Universidad se
Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial producirá previa incidencia comunicada por los
los activos que se asignan a la nueva unidad, servicios especializados de los vicerrectorados
competentes en cada materia, a la que se
mediante relación expresa, de conformidad con
adjuntará el informe técnico correspondiente que
las directrices determinadas por el Consejo de
deberá indicar la causa que motiva la baja. Dicha
Gobierno de la Universidad en el acuerdo de solicitud, junto con el informe, y si procede el
segregación. informe de la Comisión de Patrimonio Cultural, se
2. En el caso de que se acuerde la fusión o remitirá a Gerencia quien autorizará, en su caso,
absorción de unidades de la Universidad, el la baja definitiva, comunicándolo al Servicio de
responsable de la nueva unidad resultante Gestión Presupuestaria y Patrimonial.
comunicará al Servicio de Gestión 2. En el supuesto de que los bienes inmuebles
Presupuestaria y Patrimonial el paso a la misma incluidos en el patrimonio de la Universidad
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