Page 175 - 2021TomoII(v4)
P. 175
fuera de la Universidad y su ubicación, que se cotejará con los datos del inventario.
comunicándose al Servicio de Gestión Presupuestaria Asimismo, comunicarán al Servicio de Gestión
y Patrimonial mediante la Solicitud de Autorización Presupuestaria y Patrimonial las asignaciones o
de Traslado Fuera de Recintos Universitarios. repartos que se realicen de estos activos.
En el caso de los bienes pertenecientes a las 2. Toda salida de almacén debe ser actualizada en el
Colecciones de Patrimonio Cultural, la autorización inventario con la nueva ubicación y relación de
deberá realizarla el vicerrectorado competente. pertenencia a la unidad destinataria del activo.
3. Cuando el activo vuelva a la Universidad, el 3. En el supuesto de que un activo se traslade de una
responsable de la unidad usuaria deberá notificar al unidad a almacén, bien para su depósito o para su
Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial la reparación, el responsable de dicha unidad deberá
nueva ubicación, para que quede recogida en el comunicar al Servicio de Gestión Presupuestaria y
inventario. Patrimonial este traslado.
4. El personal no perteneciente a la Universidad
precisará, para utilizar los activos de la misma, de CAPÍTULO IV: BAJA DE BIENES
contrato o convenio firmado por el Rector o persona
en quien delegue, en el que conste la autorización Artículo 27. Concepto y proceso de baja de un activo.
para la utilización de dichos bienes, dentro o fuera de 1. La baja de un activo supone el cese, definitivo o
los recintos de la Universidad. El responsable de la temporal, de un bien en el Inventario, al desaparecer
unidad usuaria del activo comunicará al Servicio de su posible uso por la Universidad.
Gestión Presupuestaria y Patrimonial, la nueva Hay muchos motivos por los cuales se puede dar de
situación jurídica del bien. baja un bien: por resultar inservible, por
5. El responsable de la unidad usuaria del activo obsolescencia o se ha deteriorado (desuso), por
deberá comprobar que se adoptan las medidas siniestro debido a fuerza mayor, por robo o hurto,
necesarias para que el traslado de los activos se porque se ha perdido y por enajenación.
realice en las debidas condiciones de seguridad, de
acuerdo con la naturaleza del activo y los plazos Proceso de baja:
establecidos. 1. La baja de bienes muebles de la Universidad se
producirá previa incidencia comunicada por los
Artículo 25. Segregación, fusión o absorción de servicios especializados de los vicerrectorados
Unidades Orgánicas. competentes en cada materia, a la que se adjuntará
1. Cualquier segregación de Unidad Orgánica el informe técnico correspondiente que deberá
acordada por los órganos competentes, necesitará la indicar la causa que motiva la baja. Dicha solicitud,
identificación de los activos a asignar a cada una, a junto con el informe, y si procede el informe de la
efectos de inventario. A tal fin, la unidad de origen Comisión de Patrimonio Cultural, se remitirá a
deberá comunicar al Servicio de Gestión Gerencia quien autorizará, en su caso, la baja
Presupuestaria y Patrimonial los activos que se definitiva, comunicándolo al Servicio de Gestión
asignan a la nueva unidad, mediante relación expresa, Presupuestaria y Patrimonial.
de conformidad con las directrices determinadas por 2. En el supuesto de que los bienes inmuebles
el Consejo de Gobierno de la Universidad en el incluidos en el patrimonio de la Universidad causen
acuerdo de segregación. baja por cualquiera de las causas establecidas en la
2. En el caso de que se acuerde la fusión o absorción ley, la Gerencia de la Universidad ordenará al Servicio
de unidades de la Universidad, el responsable de la de Gestión Presupuestaria y Patrimonial que proceda
nueva unidad resultante comunicará al Servicio de a la baja del activo en el Inventario de la misma.
Gestión Presupuestaria y Patrimonial el paso a la 3. En los casos de robo o hurto, el responsable de la
misma de los activos de las unidades origen, pudiendo Unidad Orgánica usuaria del activo, informará al
solicitar en su caso, una revisión del estado de activos. Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial,
3. El Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial interponiéndose la correspondiente denuncia por el
procederá a actualizar el inventario, facilitando servicio competente en materia jurídica, si procede a
relación de activos asignados a cada uno de los efectos de posibles coberturas de seguros; y el SGPP
responsables de las unidades resultantes. informará al vicerrectorado/s competente/s en la
materia.
Artículo 26. Entrada y salida de almacén. 4. Cuando la causa de la baja sea un siniestro de
1. Los activos procedentes de compras centralizadas fuerza mayor, el responsable de la Unidad Orgánica
pendientes de instalación o reparto, deberán ser correspondiente, remitirá la relación de los bienes
inventariados a su recepción por la Universidad y afectados a la mayor brevedad posible a efectos de su
asignados a la Unidad que efectúe la adquisición. baja en Inventario al SGPP y para que la Universidad
Estas unidades deben realizar un control de almacén, pueda valorar si es un siniestro cubierto por la póliza
2021 175 | P á gi na