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Las subvenciones y transferencias que reciba la
TÍTULO III: PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO PARA LA Universidad Miguel Hernández de Elche.
ACEPTACIÓN DE DONACIONES Y CESIONES Los convenios de colaboración empresarial, que se
regularán por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
CAPÍTULO I: DONACIÓN O CESIÓN. PROCEDIMIENTO régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
GENERAL los incentivos fiscales al mecenazgo.
Las atenciones institucionales o los premios que puedan
Artículo 30. Objeto. recibir los órganos de gobierno y unidades
El presente capítulo regula los criterios y los administrativas, salvo en el caso de bienes susceptibles
procedimientos a seguir para aceptar o rechazar las de ser incluidos en las Colecciones de Patrimonio
donaciones o cesiones de uso de bienes muebles o Cultural, en cuyo caso se deberá informar al Servicio de
inmuebles, materiales o inmateriales, tanto con Gestión Presupuestaria y Patrimonial y a la Oficina de
carácter gratuito como oneroso, así como los donativos, Cultura, Igualdad y Diversidad, pudiendo elevar el caso
donaciones y aportaciones dinerarias, que sean a la Comisión de Patrimonio Cultural.
ofrecidas a la Universidad Miguel Hernández de Elche.
En ningún caso podrá entenderse aceptada una Artículo 31. Ámbito subjetivo de aplicación.
donación o cesión de uso en favor de la Universidad La presente normativa será de aplicación a toda la
Miguel Hernández de Elche que no haya sido aprobada estructura organizativa de la Universidad Miguel
por el órgano competente previsto en el presente Hernández de Elche.
reglamento conforme a los criterios y los
procedimientos establecidos en este Título. Artículo 32. Definición de donación.
Quedan excluidas del ámbito de la presente normativa: La donación es un acto de liberalidad por el que los
Las cesiones de uso a favor de la Universidad Miguel propietarios de un bien transfieren su propiedad a la
Hernández que tengan carácter oneroso, que tendrán Universidad Miguel Hernández de Elche sin límite
tratamiento de arrendamientos o concesiones temporal, y que es aceptado por ésta. La donación será
administrativas, regulándose por la legislación que les siempre a título gratuito y en ningún caso supondrá
sea de aplicación. contraprestación alguna por parte de la Universidad
Las licencias o cesiones de uso de carácter temporal Miguel Hernández de Elche en favor de la persona o
que, por su naturaleza, tengan la consideración de personas donante/s. En caso de que se impusiera a la
negocios incluidos dentro del ámbito de la Ley 9/2017, Universidad un gravamen, éste deberá ser siempre
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. inferior al valor de lo donado.
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