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adecuado aseguramiento. Universidad al servicio de la sociedad.
En cuanto a los donativos, donaciones y aportaciones Declaración responsable de ser los legítimos
dinerarias, se reflejarán en el estado de ingresos del propietarios, al 100%, de los bienes que proponen
presupuesto de la Universidad Miguel Hernández de donar o ceder, aportando, siempre que sea posible,
Elche, en el ejercicio en que éstas se hayan hecho documentación que lo justifique.
efectivas. En todo caso, tendrán carácter de fondos Declaración de estar en disposición de contratar y de
propios generales de la Universidad, sin perjuicio de su disponer de sus bienes, conforme a lo establecido en el
aplicación a actividades finalistas vigentes, por acuerdo artículo 624 del Código Civil.
del Órgano competente de la Universidad Miguel Declaración responsable de que los bienes a donar o a
Hernández con competencias en materia de ceder están libres de cargas o gravámenes de cualquier
mecenazgo. tipo o, en su caso, justificación documental detallada y
Con carácter previo a la gestión y uso de los bienes suficiente de dichas cargas o gravámenes con indicación
propuestos en la donación o cesión de uso, requerirá su de sus características, importes, plazos de abono,
inclusión en el Inventario de la Universidad y su personas o entidades beneficiarias de los mismos y
aseguramiento, incurriendo en responsabilidad quién cualquier información que contribuya a determinar el
incumpliera esta norma en los términos establecidos en alcance y condiciones de la carga o gravamen.
la legislación en materia patrimonial. Fecha y firma de todos los donantes o cedentes.
Artículo 41. Incentivos fiscales. En el caso de bienes muebles, los donantes o cedentes
A las donaciones y aportaciones dinerarias tendrán que aportar factura o título de propiedad del
contempladas en el presente Reglamento les será de bien, así como informe motivado del valor actual del
aplicación lo previsto en el Título III de la Ley 49/2002, bien; y en el caso de bienes inmuebles, los donantes o
de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades cedentes tendrán que aportar, además, las escrituras de
sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al propiedad de los mismos y los datos de su inscripción en
mecenazgo cuando reúnan los requisitos establecidos el correspondiente Registro de la Propiedad.
en el mismo, así como el artículo 6 de la Ley 20/2018, de En el caso de vehículos o embarcaciones, los donantes o
25 de julio, de la Generalitat, del mecenazgo cultural, cedentes tendrán que aportar, además, la
científico y deportivo no profesional en la Comunitat documentación que sea precisa para obtener los
Valenciana, en lo relativo a este tipo de actividades permisos oportunos de circulación o navegación. Si el
coordinadas por la Universidad. donante o cedente es una entidad pública, la
documentación anterior podrá sustituirse por un
Artículo 42. Propuesta de donación o cesión de uso. certificado de transferencia o similar que permita a la
El procedimiento de donación o cesión de uso se iniciará Universidad Miguel Hernández de Elche regularizar el
a propuesta del donante o cedente, que deberá dirigir bien ante el organismo competente.
su propuesta al Servicio de Gestión Presupuestaria y
Patrimonial, conforme al modelo recogido en el Artículo 43. Asesores técnicos.
Documento 1: “Propuesta de donación o cesión de uso De no existir un promotor de la Universidad, o aun
de bienes muebles o inmuebles a la Universidad Miguel existiendo, o bien si las características de los bienes cuya
Hernández de Elche”, en el que constará, al menos, lo donación o cesión que se propone, se considerará
siguiente: necesario por parte de la Comisión de Patrimonio
Cultural ésta podrá designar un asesor técnico en
Datos de todos los donantes o cedentes que permitan función de su conocimiento sobre los bienes objeto de
su identificación y localización (nombre o denominación la donación o cesión.
completa, número de identificación fiscal, domicilio, Los asesores técnicos tendrán como cometido redactar
teléfono, correo electrónico, etc.). y elevar el informe justificativo, que servirá de
Descripción de los bienes a donar o a ceder y motivación para el Informe preceptivo de la Comisión
características de los mismos. de Patrimonio Cultural.
Factura de compra y/o valoración de los bienes, y su
acreditación documental, en su caso. Artículo 44. Tramitación.
Finalidad propuesta de los bienes dentro de la El correspondiente expediente de donación o cesión de
Universidad Miguel Hernández de Elche. A estos uso, tendrá carácter patrimonial y será tramitado y
efectos, los bienes podrán aceptarse o no con un custodiado por la Gerencia a través del Servicio de
destino funcional concreto, que no ubicación en el caso Gestión Presupuestaria y Patrimonial.
de ser bienes muebles, o a falta de una finalidad A la vista de la propuesta de donación o cesión, del
específica, se destinarán al sostenimiento de las informe justificativo y de la documentación que los
actividades necesarias para el cumplimiento del servicio acompañe, el Servicio de Gestión Presupuestaria y
público que realiza y de las funciones reconocidas a la Patrimonial elevará el expediente completo a la
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