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inmueble correspondiente. en el Inventario. Los bienes se asignarán al
b) Maquinaria: conjunto de máquinas mediante las responsable de la unidad que efectúe la adquisición o
que se realiza la extracción, elaboración o sea destinatario del uso del mismo.
tratamiento de los productos o se utilizan para la 2. Cuando la adquisición de bienes se produzca de
prestación de servicios que constituyen la actividad forma centralizada, éstos se asignarán
del sujeto contable. En esta cuenta se incluirán provisionalmente al servicio que gestione la
prácticamente todas las adquisiciones propias de los adquisición. Una vez efectuada la asignación
laboratorios. definitiva, será notificada al Servicio de Gestión
c) Utillaje: conjunto de herramientas o utensilios que Presupuestaria y Patrimonial.
se puedan utilizar autónomamente, o conjuntamente
con la maquinaria, incluidos los moldes y las plantillas. Artículo 8. Asignaciones de bienes y derechos
d) Mobiliario: mobiliario, material y equipos de comunes.
oficina. Los bienes y derechos comunes se asignarán de la
e) Equipos para procesos de información: siguiente forma:
ordenadores y demás conjuntos electrónicos. En esta a) Las instalaciones y equipos generales de los
cuenta se incluirán también determinados bienes de edificios y los campus serán asignados al
nueva y avanzada tecnología, que mezclan vicerrectorado competente en la materia.
características de diferentes cuentas contables. b) Las instalaciones de comunicaciones y servidores
También se incluirán los móviles de última generación de aplicaciones generales u ofimática serán asignados
que funcionen como ordenadores portátiles y las al vicerrectorado competente en la materia a través
fotocopiadoras multifunción que además de copiar, de su servicio especializado en la gestión con
imprimen y escanean. independencia de su ubicación.
f) Elementos de transporte: Vehículos de toda clase. c) Los bienes de Patrimonio Cultural serán asignados
g) Patrimonio cultural: todos aquellos bienes muebles al vicerrectorado competente en la materia a través
de carácter artístico, artístico monumental, histórico, de su servicio especializado en la gestión con
científico y tecnológico, natural, documental, que se independencia de su ubicación.
podrán ordenar en unidades patrimoniales,
colecciones y subcolecciones. Artículo 9. Etiquetas identificativas.
h) Otro inmovilizado material: cualesquiera otras 1.- La etiqueta identificativa de los bienes
inmovilizaciones materiales no incluidas en las inventariados puede ser física o lógica. La regla
cuentas anteriores. general es el etiquetado físico de los bienes
inventariables que permita su identificación y control.
En función de la naturaleza contable de los bienes, los Como excepción se utilizará la etiqueta lógica en
importes de éstos se deberán imputar en aplicaciones aquellos bienes en los que por sus características no
presupuestarias diferenciadas, indicando la cuenta sea posible o conveniente adherir físicamente una
del Plan General Contable (PGCP) correspondiente. etiqueta, así como en aquellos bienes que sean
inventariados en grupo.
A su vez, los bienes inmuebles están clasificados de la 2.- Los activos se identificarán con etiquetas
siguiente manera: autoadhesivas, con el número de inventario, que
a) Los terrenos y bienes naturales: Solares de constituirán la identificación numérica del activo a lo
naturaleza urbana, fincas rústicas y otros terrenos no largo de su vida útil en la Universidad. Las etiquetas
urbanos. físicas deben quedar bien adheridas y se colocarán en
b) Las construcciones, que incluye las edificaciones en los bienes, siguiendo unos criterios de etiquetado,
general, cualquiera que sea su destino. tales como: elegir el mismo sitio del bien donde
c) Las instalaciones fijas tales como armarios etiquetar para cada clase de elementos; procurar que
empotrados, sistemas centralizados de aire sea un lugar discreto pero de fácil acceso y visibilidad;
acondicionado y calefacción que se integren de elegir sitios planos, evitando superficies curvas que
manera permanente como instalación del edificio, dificulten su lectura, así como evitar sitios que
etc. desprendan calor o estén expuestos a mucho
contacto; colocar en la parte frontal o lateral del bien,
Artículo 7. Responsabilidades sobre bienes y que permita en todo caso la visibilidad de la etiqueta,
derechos y asignaciones opcionales. o bien al lado de la marca o código de serie del bien.
1. Cada servicio, departamento o centro, vendrá
configurado como una Unidad Orgánica, siendo ésta Artículo 10. Datos identificativos.
la responsable de la custodia de los bienes muebles Los datos mínimos que se incluyen en el inventario
asignados, así como de la comunicación de las son los siguientes:
alteraciones que se produzcan, que permita su reflejo a) Con carácter general, la forma jurídica de
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