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b) Mediante expropiación, cuando sea beneficiaria de   bienes que le hayan sido asignados. En el supuesto de
               dichos bienes, en las formas previstas en la legislación   inmuebles, el Consejo de Gobierno de la Universidad
               específica.                                   designará al órgano unipersonal encargado de la
               c) Mediante el traspaso de  la titularidad  desde el   gestión del uso de los mismos.
               Estado o la Comunidad Autónoma, y otros entes   4. Se incorporarán al Inventario  todos los bienes y
               públicos, en la forma regulada al efecto.     derechos que sean constitutivos y representativos del
               d) Mediante la donación, o cualquier otra modalidad   patrimonio de la Universidad, así como aquellos que
               de adquisición contemplada en la legislación que   utilice, con independencia del título jurídico  por el
               resulte aplicable.                            que se posean. Así, los siguientes:
               2. Deberá darse cuenta a la Gerencia de toda   a) Bienes propios, adquiridos por compra, donación,
               adquisición de la que deba tomarse razón en el   etc.
               Inventario General de Bienes y Derechos.      b) Bienes recibidos en cesión o en adscripción por
               3. Los bienes y derechos adquiridos por su patrimonio   parte de otros entes.
               se integrarán en su dominio privado, sin perjuicio de   c) Bienes entregados en cesión o en adscripción a
               su posible afectación o adscripción posterior al   otros entes.
               dominio público.                              5. En el inventario de bienes y derechos de la
                                                             Universidad Miguel Hernández de Elche se llevarán
                                                             los bienes y derechos integrantes de su inmovilizado,
                         TÍTULO II: INVENTARIO               ya sean demaniales o patrimoniales. Por inmovilizado
                                                             se entiende, en sentido genérico, el conjunto de
               CAPÍTULO I. GENERALIDADES                     elementos patrimoniales reflejados en el activo con
                                                             carácter permanente y que no están destinados a la
               Artículo 5. Disposiciones generales.          venta.
               1. La Universidad Miguel Hernández de Elche   Así, el inmovilizado se clasifica en:
               establece un inventario de bienes y derechos de que   a) Inmovilizado tangible que comprende el conjunto
               ésta sea titular, utilice o tenga cedidos, conforme a los   de bienes materiales, muebles e inmuebles, que se
               epígrafes y criterios de elaboración establecidos para   utilizan de manera continuada por la Universidad en
               el sector público, que será gestionado por el Servicio   la producción de bienes y servicios, o para sus propios
               de Gestión Presupuestaria  y Patrimonial, con las   propósitos administrativos y que no están destinados
               siguientes finalidades:                       a la venta.
               a) Identificar el  patrimonio  de  la Universidad  y   b)  Inmovilizado  intangible  que  comprende  el
               proteger y defender el mismo.                 conjunto de bienes inmateriales y derechos,
               b) Registrar las inversiones realizadas y proceder a su   susceptibles de valoración económica, que cumplen,
               amortización progresiva.                      además, las características  de permanencia en  el
               c) Administrar y controlar la asignación de uso y   tiempo  y utilización  en la producción de bienes y
               custodia de bienes y derechos a unidades.     servicios públicos o constituyen una fuente de
               d) Gestionar los bienes y derechos para llevar a cabo   recursos de la Universidad. Dentro de estos bienes se
               el control de garantías, mantenimiento centralizado y   encuentran  los  de la  propiedad  industrial  e
               previsiones de inversión.                     intelectual y las aplicaciones informáticas.
               2. El Inventario de los bienes  y derechos de la
               Universidad Miguel Hernández de Elche, consiste en   Artículo 6. Clasificación de los bienes muebles e
               la relación detallada e individualizada de los   inmuebles.
               diferentes componentes del  patrimonio, agrupados   Los bienes muebles están clasificados contablemente
               en función de su afinidad  bajo una determinada   de la siguiente manera:
               cuenta  contable,  y que  conduce  a  su  descripción y   a) Instalaciones técnicas: Unidades complejas de uso
               valoración pormenorizada. Este inventario será   especializado en el proceso productivo, que
               objeto de actualización permanente y se regirá por lo   comprenden: maquinaria, material, piezas o
               establecido en la presente normativa.         elementos complejos, incluidos los sistemas
               3. Todos los bienes y derechos que se utilicen en la   informáticos o electrónicos que, aun siendo
               Universidad Miguel Hernández de Elche quedarán   separables por naturaleza, están ligados de forma
               asignados, a efectos de gestión de uso a un Centro,   definitiva para su funcionamiento. Se incluirán,
               Departamento, Servicio, Unidad, Facultad, Escuela o   asimismo, los recambios  o recambios  válidos
               Instituto, con independencia del procedimiento de   exclusivamente para este tipo de instalaciones.
               adquisición y procedencia de los fondos. Será el   Se considerarán inventariables aquellas instalaciones
               responsable de cada uno de ellos el que frente a la   movibles o trasladables. Las instalaciones de carácter
               Universidad garantice la custodia y buen uso de los   fijo se  considerarán mejoras, obras o reformas del


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