Page 344 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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su situación jurídica, son deberes de este 1.- Propiedad industrial e intelectual
personal: sobre los resultados
a) Realizar las actividades previstas en sus Con relación a los derechos de propiedad
programas de formación y/o especialización, en industrial e intelectual sobre los resultados
su caso, y cumplir los objetivos con generados durante su vinculación con la
aprovechamiento. Universidad y en el año posterior a la misma, se
estará a lo establecido en la Normativa de la
b) Ajustarse al régimen interno o de Universidad Miguel Hernández de Elche sobre
funcionamiento de la Universidad Miguel Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y,
Hernández de Elche, especialmente en cuanto a subsidiariamente, a la legislación reguladora de
condiciones de trabajo y normas de prevención la materia a nivel estatal.
de riesgos laborales.
2.- Confidencialidad
c) Observar confidencialidad con respecto a los
datos o información de carácter científico, El personal investigador y el personal
técnico o comercial a los cuales pudiese acceder colaborador en tareas de investigación se
durante el desarrollo de sus actividades, de compromete a mantener confidencialidad sobre
acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este la información a la que pudiera tener acceso en
Reglamento. El incumplimiento de esta el desempeño de su actividad en la Universidad.
obligación, así como la utilización indebida de la
información, implicará incurrir en las Esta obligación de confidencialidad se
responsabilidades que resulten procedentes, y mantendrá en vigor durante el periodo necesario
será exigible directamente al causante la para que la Universidad pueda otorgar total
indemnización de los daños y perjuicios cumplimiento a la misma de acuerdo a lo
ocasionados. establecido en contratos/convenios suscritos
previamente con terceros.
d) Respetar y hacer un buen uso del patrimonio
y las instalaciones de la Universidad Miguel En aquellos supuestos en los que la Universidad
Hernández de Elche. no hubiera contraído una obligación de
confidencialidad previa, el personal investigador
e) Comunicar al Vicerrectorado competente en y personal colaborador en investigación quedará
materia de investigación cualquier cambio o obligado a la confidencialidad durante los dos
incidencia relativas a las condiciones necesarias años siguientes a la finalización de su
para la concesión de la ayuda que dio origen a la vinculación con la Universidad.
formalización del contrato, si procede, o aquellas
que afectan al normal desarrollo de la misma. Artículo 17.- Colaboración en la docencia
f) Cumplir las obligaciones generales derivadas El personal investigador de la Universidad
de la normativa vigente sobre ayudas o Miguel Hernández de Elche podrá colaborar en
subvenciones públicas, en su caso. tareas docentes en materias relacionadas con su
actividad investigadora hasta un máximo de 80
g) El resto de deberes mencionados en el horas al año, sin que en ningún caso pueda
artículo 15 de la Ley de la Ciencia, la Tecnología desvirtuarse la finalidad investigadora de su
y la Innovación así como los previstos en las vinculación a la Universidad Miguel Hernández
normas específicas que pudieran resultar de de Elche, en el marco de una tutela académica.
aplicación
Para ello, este personal deberá solicitar la
Artículo 16.- Derechos de propiedad autorización a los vicerrectorados con
industrial/intelectual y confidencialidad competencia en las materias de investigación y
docencia, con especificación de las tareas
encomendadas, su duración y con las
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