Page 343 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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caso,  suficientemente  la  obra  o  el  servicio  que   Sin  perjuicio  de  los  derechos  establecidos  con
               constituya su objeto.                           carácter  general  por  la  normativa  vigente
                                                               aplicable,  y  de  las  especificidades  derivadas  de
               3. El contrato será a tiempo completo o a tiempo   su  situación  jurídica,  son  derechos  de  este
               parcial,  definiendo  su  duración,  el  número  de   personal:
               horas y su distribución.
                                                               a)   Estar   integrado   en   los   servicios,
               4.  El  contrato  podrá  formalizarse  para  la   departamentos,  institutos,  o  aquellas  otras
               realización  de  hasta  dos  actividades  de    estructuras creadas por la Universidad.
               investigación    claramente     identificadas,
               financiadas  con  fondos  finalistas  de  hasta  dos   b) Obtener la colaboración y el apoyo necesarios
               proyectos  diferentes,  siempre  y  cuando  las   para  el  desarrollo  normal  de  sus  tareas,
               normas  específicas  que  pudieran  resultarles  de   facilitándole  el  acceso  a  las  instalaciones  y  a  la
               aplicación lo permitan.                         utilización  de  los  medios,  instrumentos  o
                                                               equipos  que  se  precisen  para  el  normal
               Artículo 11. Modificaciones en los contratos.   desarrollo de su actividad.

               Con carácter general, el contrato no podrá sufrir   c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos
               modificaciones  en  el  número  de  horas       de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en
               semanales  de  trabajo  ni  en  la  contraprestación   sus órganos de gobierno y representación.
               económica durante la vigencia del mismo.
                                                               d) Ver acreditada su condición mediante el carné
               Con    carácter   excepcional,   por   causas   universitario correspondiente.
               debidamente  motivadas,  y,  previo  acuerdo  con
               el  trabajador,  se  podrá  llevar  a  cabo  la   e)  Estar  incluido  en  los  programas  que  en
               modificación del contrato.                      materia de salud laboral y prevención de riesgos
                                                               se lleven a cabo desde el Servicio de Prevención
               Artículo 12. Finalización del contrato.         de Riesgos Laborales de la Universidad

               El contrato finalizará en la fecha indicada por el   f)  Hacer  uso  de  las  instalaciones  y  servicios
               Investigador  responsable  en  la  propuesta  de   universitarios en condiciones de igualdad con el
               contratación.  Si  la  obra  o  servicio  no  hubiera   resto de personal de la Universidad.
               finalizado  en  esa  fecha  y  se  hiciera  necesario
               prorrogar  el  contrato,  el  investigador  principal   g) Participar en las convocatorias de ayudas a la
               comunicará  al   Servicio   de   Personal   de   investigación  que,  con  carácter  genérico,
               Administración  y  Servicios  la  necesidad  de   publique la Universidad.
               prórroga.
                                                               h)  A  la  propiedad  industrial  e  intelectual  de
               CAPITULO III.-DERECHOS Y DEBERES                acuerdo a lo previsto en el artículo 165 de este
                                                               Reglamento.
               Artículo   13.-   Deberes   del   investigador
               responsable de la actividad                     i)  El  resto  de  derechos  mencionados  en  el
                                                               artículo 14 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
               El  investigador  responsable  de  la  actividad  de   Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como
               investigación  adoptará  las  medidas  necesarias   los  previstos  en  las  normas  específicas  que  les
               en  orden  al  cumplimiento  de  las  obligaciones   pudieran resultar de aplicación.
               generadas  por  los  contratos  previstos  en  el
               presente reglamento.                            Artículo 15.- Deberes del personal investigador y
                                                               personal colaborador en tareas de investigación.
               Artículo 14.- Derechos del personal investigador
               y   personal   colaborador   en   tareas   de   Sin  perjuicio  de  los  deberes  establecidos  con
               investigación.                                  carácter  general  por  la  normativa  vigente
                                                               aplicable,  y  de  las  especificidades  derivadas  de




                                                       2017                      339 | P á g i n a
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