Page 341 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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(particularmente el artículo 15.1.a), sus normas exclusivamente carácter de personal
de desarrollo y normas convencionales. colaborador en tareas de investigación,
lo que así se hará constar en la
3. En ningún caso, la prestación temporal de correspondiente convocatoria
servicios del personal investigador y del
colaborador en tareas de investigación supondrá Artículo 5.- Retribuciones
vinculación estable con la Universidad Miguel
Hernández de Elche. 1. En función de las categorías anteriormente
referenciadas, se establecen las retribuciones
Artículo 4.- Categorías que constan en el Anexo de este Reglamento.
Las categorías del personal investigador y del CAPITULO II.-PROCEDIMIENTO DE
personal colaborador en tareas de investigación SELECCIÓN
serán las siguientes:
Art. 6. Propuesta de contratación
Personal Investigador:
El investigador responsable de una actividad de
1. Investigador Sénior: debe poseer el investigación que tenga prevista la contratación
grado de doctor con una antigüedad de personal investigador o personal colaborador
igual o superior a 4 años. en tareas de investigación propondrá dicha
2. Investigador Junior: debe poseer el contratación al Servicio de Personal de
grado de doctor. Administración y Servicios de la universidad y
3. Investigador en Formación: Licenciado, adjuntará documento de reserva de crédito por
Ingeniero, Arquitecto, Graduado, importe igual al coste total del contrato
Diplomado o Ingeniero Técnico, o propuesto, así como propuesta de los miembros
equivalente, no doctor, que esté inscrito integrantes de la comisión de selección prevista
en un programa de Doctorado. en el artículo 8 del presente Reglamento.
Art. 7. Gestión de la convocatoria
El personal contratado conforme a
cualquiera de estas categorías tendrá 1. El Servicio de Personal de Administración y
exclusivamente carácter investigador, lo Servicios dará traslado de la propuesta de la
que así se hará constar en la convocatoria al Vicerrector con competencias en
correspondiente convocatoria. materia de investigación para que proceda, en
su caso, a su autorización.
Personal colaborador en tareas de
investigación A continuación, confeccionará la
correspondiente convocatoria conforme a la
1. Titulados superiores I: Licenciado, propuesta formulada por el investigador
Ingeniero, Graduado con Máster, o responsable, y procederá a darle el trámite
titulaciones equivalentes a las anteriores. correspondiente para la publicación.
2. Titulados superiores II: Graduado o 2. La publicación de la convocatoria se realizará
equivalente
3. Titulados de grado medio: Diplomado o en los tablones oficiales de la Universidad y se
remitirá a la Dirección Territorial de Inserción
equivalente Laboral para que proceda a su difusión entre sus
4. Técnicos especialistas: bachiller o Oficinas.
equivalente
5. Auxiliares: graduados en ESO 3. Los interesados que presenten instancias,
deberán acompañarlas del curriculum, que
contendrá la documentación justificativa de todo
El personal contratado conforme a lo expuesto en el mismo. Las instancias podrán
cualquiera de estas categorías tendrá
presentarse en el Registro General o Registros
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