Page 341 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
P. 341

(particularmente  el  artículo  15.1.a),  sus  normas   exclusivamente  carácter  de  personal
               de desarrollo y normas convencionales.                 colaborador  en  tareas  de  investigación,
                                                                      lo  que  así  se  hará  constar  en  la
               3.  En  ningún  caso,  la  prestación  temporal  de    correspondiente convocatoria
               servicios  del  personal  investigador  y  del
               colaborador en tareas de investigación supondrá   Artículo 5.- Retribuciones
               vinculación  estable  con  la  Universidad  Miguel
               Hernández de Elche.                             1.  En  función  de  las  categorías  anteriormente
                                                               referenciadas,  se  establecen  las  retribuciones
               Artículo 4.- Categorías                         que constan en el Anexo de este Reglamento.

               Las  categorías  del  personal  investigador  y  del   CAPITULO   II.-PROCEDIMIENTO     DE
               personal colaborador en tareas de investigación   SELECCIÓN
               serán las siguientes:
                                                               Art. 6. Propuesta de contratación
                      Personal Investigador:
                                                               El investigador responsable de una actividad de
                   1.  Investigador  Sénior:  debe  poseer  el   investigación que tenga prevista la contratación
                      grado  de  doctor  con  una  antigüedad   de personal investigador o personal colaborador
                      igual o superior a 4 años.               en  tareas  de  investigación  propondrá  dicha
                   2.  Investigador  Junior:  debe  poseer  el   contratación  al  Servicio  de  Personal  de
                      grado de doctor.                         Administración  y  Servicios  de  la  universidad  y
                   3.  Investigador  en  Formación:  Licenciado,   adjuntará documento de reserva de crédito por
                      Ingeniero,   Arquitecto,   Graduado,     importe  igual  al  coste  total  del  contrato
                      Diplomado  o  Ingeniero  Técnico,  o     propuesto, así como propuesta de los miembros
                      equivalente, no doctor, que esté inscrito   integrantes de la comisión de selección prevista
                      en un programa de Doctorado.             en el artículo 8 del presente Reglamento.

                                                               Art. 7. Gestión de la convocatoria
                      El  personal  contratado  conforme  a
                      cualquiera  de  estas  categorías  tendrá   1.  El  Servicio  de  Personal  de  Administración  y
                      exclusivamente  carácter  investigador,  lo   Servicios  dará  traslado  de  la  propuesta  de  la
                      que  así  se  hará  constar  en  la      convocatoria al Vicerrector con competencias en
                      correspondiente convocatoria.            materia  de  investigación  para  que  proceda,  en
                                                               su caso, a su autorización.
                      Personal  colaborador  en  tareas  de
                      investigación                            A     continuación,     confeccionará    la
                                                              correspondiente  convocatoria  conforme  a  la
                   1.  Titulados   superiores   I:   Licenciado,   propuesta  formulada  por  el  investigador
                      Ingeniero,  Graduado  con  Máster,  o    responsable,  y  procederá  a  darle  el  trámite
                      titulaciones equivalentes a las anteriores.   correspondiente para la publicación.
                   2.  Titulados  superiores  II:  Graduado  o   2.  La publicación de la convocatoria se realizará
                      equivalente
                   3.  Titulados de grado medio: Diplomado o   en  los  tablones  oficiales  de  la  Universidad  y  se
                                                               remitirá  a  la  Dirección  Territorial  de  Inserción
                      equivalente                              Laboral para que proceda a su difusión entre sus
                   4.  Técnicos   especialistas:   bachiller   o   Oficinas.
                      equivalente
                   5.   Auxiliares: graduados en ESO           3.  Los  interesados  que  presenten  instancias,
                                                               deberán  acompañarlas  del  curriculum,  que
                                                               contendrá la documentación justificativa de todo
                      El  personal  contratado  conforme  a    lo expuesto en el mismo. Las instancias podrán
                      cualquiera  de  estas  categorías  tendrá
                                                               presentarse  en  el  Registro  General  o  Registros


                                                       2017                      337 | P á g i n a
   336   337   338   339   340   341   342   343   344   345   346