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ANEXO XXXVI: REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL
PERSONAL INVESTIGADOR Y PERSONAL COLABORADOR EN
TAREAS DE INVESTIGACIÓN; Y PARA LA REALIZACIÓN DE
PRÁCTICAS FORMATIVAS EN INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD
MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE.
La ejecución de las actividades investigadoras, explícitamente se contempla que las
financiadas por proyectos de convocatoria universidades podrán contratar personal
pública y concurrencia competitiva, convenios y investigador conforme a lo previsto en dicha Ley.
contratos de investigación regulados por el
artículo 83 de la de la Ley Orgánica 6/2001 de En el mismo sentido, la mencionada Ley
universidades (LOU) o a través de las políticas de 14/2011, establece en su artículo 20.1 las
promoción de la investigación de la propia modalidades de contrato de trabajo específicas
Universidad, requiere con frecuencia la del personal investigador, reconociendo en el
participación de personal que colabore en artículo 20.2 la posibilidad de contratación de
dichas tareas. personal investigador, en las diversas
modalidades, por las Universidades públicas,
Hasta ahora, esta colaboración se ha realizado, únicamente cuando sean perceptoras de fondos
bien mediante la convocatoria de becas de cuyo destino incluya la contratación de personal
investigación asociadas a convenios, contratos o investigador o para el desarrollo de sus
proyectos de I+D, bien por medio de la programas propios de I+D+i.
contratación laboral con cargo a los mismos. Sin
embargo, la evolución del marco normativo En este mismo artículo 20.2 se establece que se
general que rodea a estas actividades y, en podrá contratar a través de las modalidades de
concreto, a la vinculación de personal a las contrato de trabajo establecidas en el Real
mismas, obliga a un replanteamiento de los Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
procedimientos que se llevan a cabo en la por el que se aprueba el texto refundido de la
universidad. Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En el año 2006 se publicó el Real Decreto Este conjunto de normas, a las que han de
63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba añadirse la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
el Estatuto del Personal Investigador en Estatuto Básico del Empleado Público y los
Formación (BOE de 3 de febrero de 2006), que Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de
establece para las ayudas predoctorales una Elche, en cuanto deben entenderse de
estructura diferenciada en dos fases: la primera, aplicación, conforman el marco jurídico general
de dos años de duración en régimen de beca y para la incorporación de personal especializado,
la segunda, de otros dos años de duración en que permite cubrir las necesidades de recursos
régimen de contrato laboral en prácticas. humanos para la realización de tareas de
investigación en proyectos, convenios, acuerdos
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de y contratos con personas o entidades públicas o
Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de privadas.
12 de abril, posibilitaba, en el artículo 48, la
contratación, por parte de las Universidades, de La mencionada Ley 14/2011, supone un impulso
personal investigador, técnico u otro personal, a en cuanto que establece que los programas de
través del contrato de trabajo por obra o servicio ayudas al personal investigador en formación
determinado, para el desarrollo de proyectos de financiados con fondos públicos, incluidos en el
investigación científica o técnica. A ello debe ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006,
añadirse que la Ley 14/2011, de 1 de junio de la deberán adaptarse al contenido de su artículo 21
Ciencia, la Tecnología y la Innovación introduce a la entrada en vigor del mismo; lo que significa
un nuevo párrafo en este artículo, donde que desde el 2 de junio de 2012 la adjudicación
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