Page 340 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
P. 340

Z


               de  estas  ayudas  implica  la  formalización  del   1.  Se  considera  personal  investigador  al  que,
               denominado contrato predoctoral que introduce   provisto de la titulación correspondiente, lleva a
               la citada ley, de una duración máxima de 4 años.   cabo   exclusivamente   una     actividad
                                                               investigadora,  entendida  como  el  trabajo
               Asimismo,  con fecha 27 de octubre de 2011 se   creativo  realizado  de  forma  sistemática  para
               publicó  en  el  Boletín  Oficial  del  Estado,  el  Real   incrementar  el  volumen  de  conocimientos,
               Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que   incluidos los relativos al ser humano, la cultura y
               se  regulan  los  términos  y  las  condiciones  de   la sociedad,  el uso de esos conocimientos para
               inclusión en el Régimen General de la Seguridad   crear  nuevas  aplicaciones,  su  transferencia  y
               Social  de  las  personas  que  participen  en   divulgación.
               programas de formación.
                                                               2. Se considera personal colaborador en tareas
               Las  nuevas  circunstancias  derivadas  de  la   de  investigación  al  personal  contratado  para
               evolución  en  las  normas  generales  en  esta   colaborar  en  el  desarrollo  de  proyectos  y
               materia, hacen recomendable la actualización de   actividades concretas de investigación científica
               las  formas  de  participación  de  personal  en  las   o   técnica   y   que   no   realiza   actividad
               actividades de investigación que se lleven a cabo   investigadora.
               en  la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,
               mediante  la  aprobación  de  un  reglamento  que   Artículo 3.- Vinculación
               las  regule  teniendo  en  cuenta  el  nuevo  marco
               general.                                        1.  El  personal  investigador  estará  vinculado
                                                               con  la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche
               TÍTULO  I.-  OBJETO  Y  ÁMBITO  DE              mediante una relación sujeta a derecho laboral y
               APLICACIÓN                                      se  regirá  por  lo  dispuesto  en  la  Ley  Orgánica
                                                               6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la
               Artículo 1.- Objeto                             Ley  7/2007,  de  12  de  abril,  del  Estatuto  Básico
                                                               del  Empleado  Público,  los  Estatutos  de  la
               1. El objeto del presente reglamento  es regular   Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,  la  Ley
               el  procedimiento  para  la  incorporación  de   14/2011,  de  1  de  junio,  de  la  Ciencia,  la
               personal,  para  el  desarrollo  de  actividades  de   Tecnología  y  la  Innovación,  así  como  por  el
               investigación   en   la   Universidad   Miguel   Texto  Refundido  de  la  Ley  del  Estatuto  de  los
               Hernández de Elche, con la salvedad prevista en   Trabajadores,  aprobado  por  el  Real  Decreto
               el apartado siguiente.                          Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sus normas
                                                               de desarrollo y normas convencionales.
               2.  En  el  caso  de  que  esas  actividades  de
               investigación  estén  financiadas  con  fondos   2.  El  personal  colaborador  en  tareas  de
               finalistas,  la  incorporación  de  este  personal  se   investigación   estará   vinculado   con   la
               realizará  atendiendo  a  las  normas  específicas   Universidad   Miguel   Hernández   de   Elche
               que  pudieran  resultarles  de  aplicación  y,  en  su   mediante  un  contrato  de  obra  o  servicio
               defecto, se aplicará el presente Reglamento.    determinado para colaborar en el desarrollo de
                                                               proyectos   y   actividades   concretas   de
               TÍTULO II.- DE LA CONTRATACIÓN DE               investigación científica o técnica,  conforme a la
               PERSONAL          INVESTIGADOR            Y     autorización  contenida  en  el  artículo  48  de  la
               PERSONAL         COLABORADOR            EN      LOU.  Dichos  contratos  se  regirán  por  la  Ley
               TAREAS DE INVESTIGACIÓN                         7/2007,  de  12  de  abril,  del  Estatuto  Básico  del
                                                               Empleado   Público,   los   Estatutos   de   la
               CAPÍTULO          I.-     DISPOSICIONES         Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,  por  el
               GENERALES                                       Texto  Refundido  de  la  Ley  del  Estatuto  de  los
                                                               Trabajadores,  aprobado  por  el  Real  Decreto
               Artículo 2.- Definiciones                       Legislativo   1/1995,   de   24   de   marzo


               336 | P á g i n a               Presupuesto
   335   336   337   338   339   340   341   342   343   344   345