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CUADERNO DE VERANO POSTC 2021
la previsión de una estructura institucional que di-
Un modo distinto de proceder, articulando estatutos señe políticas públicas para abordarla y chequee su
normativos ad hoc –léase, leyes integrales protecto- aplicación justificarían las correspondientes normas
ras- para los sucesivos procesos de victimización que específicas. Sin embargo, que dichas cuestiones pre-
vayan identificándose, además de resultar asiste- cisen de desarrollo normativo no comporta necesa-
mático, entraña riesgos. Así el tratamiento desigual riamente que el mismo deba adoptarse en forma de
injustificado de determinados grupos de víctimas y ley integral.
el de dilución de su estatuto jurídico protector por
hallarse disperso en distintas normas jurídicas orien- Referencias:
tadas a la protección victimal. Junto a esto, debe ad-
vertirse que los procesos legislativos iniciados por in- Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Cri-
ferencia, orientados a resolver puntuales cuestiones men Organizado (2019). Trata de seres humanos.
de orden jurídico que aparecen en la práctica –en Balance estadístico 2014-2018. Madrid.
este caso, procesos específicos de victimización- al
margen de lo establecido en normas reguladoras de Consejo General del Poder Judicial (2018). Guía de
instituciones jurídicas que vertebran categorías más criterios de actuación judicial frente a la trata de
generales comporta el peligro de que pueda acabar- seres humanos. Madrid.
se revirtiendo el proceso mismo de codificación. Defensor del Pueblo (2012). La trata de seres huma-
nos en España. Víctimas invisibles. Madrid.
El mantenimiento de la coherencia sistemática en
aras a conseguir la estandarización y la diversidad Fiscalía General del Estado (2019). Memoria presen-
justificada en el tratamiento normativo victimal no tada al Gobierno. Madrid.
parece que constituyesen objetivos del Borrador del
Proyecto de Ley Integral contra la Trata de Seres Hu- ILO (2017). Global Estimates of Modern Slavery: for-
manos y en Particular con Fines de Explotación Se- ced labour and forced marriage. Geneva
xual de 2018 ni del actual Anteproyecto de Ley Orgá-
nica de Garantía Integral de la Libertad Sexual en su Maqueda, M. L. (2018). Trata y esclavitud no son lo
versión de 2021. Dichas propuestas normativas, ade- mismo, pero ¿qué son?, en Suárez López, J.M. et al.
más de crear un sistema de tutela específico para (coords.), Estudios Jurídicos Penales y Criminológi-
víctimas de la TSH –para explotación sexual-, por un cos. En homenaje al Prof. Dr. H. C. Mult. Lorenzo Mo-
lado, y para víctimas de violencias sexuales, por otro, rillas Cueva (pp. 1251-1264). Madrid: Dykinson.
plantean dificultades de conciliación con el estatuto
general protector de las víctimas de delitos, abun- Obokata, T. (2006). Trafficking in Human Beings
dan incluso más en el escoramiento endémico de from a Human Rights Perspective: Towards a Holis-
las políticas públicas emprendidas en España hacia tic Approach. Leiden: Martinus Nijhoff.
la trata para explotación sexual y dejan sin resolver
gran parte de los déficits identificados por la doctri- Pérez Alonso, E. (2017). Tratamiento jurídico-penal
na para ofrecer una adecuada respuesta jurídica glo- de las formas complementarias de esclavitud, en
bal a esta realidad antes mencionados.
Pérez Alonso, E. (Dir.), El Derecho ante las formas
De ahí que, de plantearse la conveniencia de inci- complementarias de esclavitud (pp. 333-368). Va-
dir en la aprobación de una ley integral en materia lencia: Tirant lo Blanch.
de trata, como parece planea el actual Gobierno, no
resulta deseable que se haga a imagen y semblan- Pomares, E. (2013). El Derecho penal ante la explo-
za de los referidos Borrador de 2018 o Anteproyecto tación laboral y otras formas de violencia en el tra-
de Ley Orgánica de 2021. A partir de esa negativa, la bajo. Valencia: Tirant lo Blanch.
construcción en positivo de una alternativa norma-
tiva que constituya el modo óptimo de abordar este Rodríguez-Lopez, S. (2020). The Invisibility of Labour
complejo fenómeno requiere de una reflexión sose- Trafficking in Spain. A Critical Analysis of Cases and
gada. De momento, quizá pueda apuntarse que al Policies. REIC, 18 (2): 1-25.
margen de la necesidad de atenerse al régimen ge-
neral en punto al reconocimiento del estatuto jurídi- Salat, M. (2020). Análisis descriptivo de sentencias
co victimal –integrado sobre todo por los derechos sobre trata de personas: Un estudio de casos judicia-
a la información, participación, protección, asisten- les entre 2011 y 2019. REIC, 18 (2020): 1-27.
cia y reparación-, con eventual previsión de alguna
especialidad para quienes sufren procesos de trata Villacampa, C. (2011). El delito de trata de seres hu-
–también a través de protocolos protectores-, única- manos. Una incriminación dictada desde el De-
mente la regulación de cuestiones como la preven- recho internacional. Cizur Menor: Thomson Reu-
ción de este tipo de victimización, la formación de ters-Aranzadi.
los profesionales, la identificación de las víctimas y
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