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CUADERNO DE VERANO POSTC 2021
de, epilptoide, histeroide, y paranoide. Un segun- nal. Revista General de la Legislación y Jurispruden-
do apartado bajo la rúbrica “Vida instintiva”, y que cia (180). 307-319.
tendría que contener datos sobre el “instinto sexual,
perversiones, instinto de defensa, de nutrición y de Sánchez Tejerina, I. (1950) El Boletín del condena-
crueldad”. Un tercer bloque sobre “caracterología” do. Revista de Estudios Políticos (52).188 a 192.
con las notas necesarias sobre “reacciones primiti-
vas, personalidad consciente, introvertido o extra- Cuello Calón, E (1956) Las medidas de seguridad.
vertido, asténico o esténico, y expansivo y sensiti- Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales 1956
vo”. El cuarto bloque esta denominado “Conducta (I). 9-33.
social” y abarca datos sobre su “constitución ética”,
si es deficiente, la religiosidad, “política” e intereses Cuello Calón, E (1954) Referencias históricas y de
estéticos y científicos. El texto del trabajo concluye derecho comparado sobre la represión de la homo-
con toda una declaración de intenciones: “… a los en- sexualidad. Anuario de Derecho Penal y Ciencias
fermos y tarados, tratarlos como lo que son , y a los Penales 1954 (I).498-502.
viciosos y perversos , darles las enseñanzas que les
reformen , y si ello no es posible , separarlos en ins- Royo Marín, A (1973). Teología moral para segla-
tituciones que los inoculicen y no perturben la vida res. Biblioteca de Autores Cristianos. Tomo I.
social”. (Tejerina,I. 1950, ps.190-191).
Poveda Ariño, J.M. (1975) Sexualidad. Anormali-
Pese a la estupefacción que causa el texto, en rea- dad-normalidad. Perversiones Sexuales. Gran Enci-
lidad S. Tejerina intuyó las bases de aquello que sería clopedia RIALP (XXI) 274-280.
la verdadera pretensión de la LPRS, un esquema de
control de toda la desviación del sistema de valores Rodriguez Devesa JM (1973) Derecho Penal Espa-
imperante, tratado desde el punto de vista del delito ñol, Dykinson tercera edición.
o de la enfermedad.
Terradillos Basoco, J.M (2020) Homofobia y ley
No obstante, toda la palabrería legal chocaba con penal: la homosexualidad como paradigma de
la realidad de que el proyecto resultaba inviable peligrosidad social en el Derecho penal español
económicamente, llevándose a cabo la aplicación (1933-1995). Revista De Estudios Jurídicos y Crimi-
de muchas medidas en módulos de centros peni- nológicos. UCA 2020 (1) 63-102.
tenciarios. Se habían construido dos centros de re-
habilitación de homosexuales en Huelva y Badajoz,
un centro para mujeres en Alcázar de San Juan y al-
guna “casa de templanza”. Pero según informaba
la prensa, debían destinarse 200 millones de pesetas
para la creación de otros cuarenta centros. En 1975
estadísticas manejadas por la Fiscalía general del
Estado referían la apertura de 6.600 expedientes,
2839 de los cuales habían concluido con sentencia
condenatoria. Había comenzado el terrible drama
que vivieron los “peligrosos” en el tardofranquismo,
y especialmente de los homosexuales, considera-
dos como paradigma de peligrosidad, y como tal
etiquetados, excluidos (Terradillos, J.M 2020, p.63) y
sometidos a este derecho penal pretendidamente
moderno y curativo.
Referencias:
Castejón de Arilaza, F (1956). El Código Penal y
la Psiquiatría. Anuario de Derecho Penal y Ciencias
Penales 1956 (II). 229-266.
Sánchez Tejerina, I (1942). La prueba testifical en el
proceso penal. Revista General de la Legislación y
Jurisprudencia (172). 588-598.
Sánchez Tejerina, I (1946). Una nueva justicia pe-
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