Page 222 - 2026 TOMO II
P. 222
igual o superior a la duración de la cátedra i. Cualquier otra función establecida en
suscrita en el convenio de creación o renovación los documentos de creación de las cátedras.
de la misma.
6. En caso de que la cátedra cuente con un
4. El director y, en su caso, el codirector codirector por los motivos previstos en el punto
serán nombrados y/o cesados por el Rector de 3 del presente artículo, éste asumirá aquellas
acuerdo a lo establecido en el artículo 17. funciones previstas en las letras de la b a la i del
apartado anterior.
5. Serán funciones del director:
ARTÍCULO 16. Secretariado de la cátedra
a. Representar a la cátedra en cuantas
reuniones, acciones o actividades se requieran. 1. El secretario de la cátedra será uno de
los miembros del Consejo Asesor de la misma,
b. Elaborar el plan anual de actividades y preferentemente personal UMH para facilitar la
presupuesto económico de la cátedra, así como función indicada en el apartado 3.d del presente
gestionar y obtener cualquier autorización, artículo.
tanto interna como externa a la UMH, que
pueda ser necesaria para el desarrollo de las 2. El secretario será nombrado por el
actividades planificadas. Rector, a propuesta del director.
c. Proponer al Consejo Asesor la 3. Serán funciones del secretario:
participación en las actividades de la cátedra de
las personas profesionales referidas en el a. Convocar las reuniones del Consejo
artículo 13.1 y, en particular, cuando proceda su Asesor por indicación del director de la cátedra.
designación como “adjunto a la cátedra”. b. Redactar, archivar y custodiar las actas
d. Ejecutar los acuerdos del Consejo de las reuniones del Consejo Asesor, así como
Asesor. su envío a la Unidad de Mecenazgo.
e. Supervisar las actividades de la cátedra. c. Expedir las certificaciones de las actas y
acuerdos.
f. Gestionar los recursos económicos de la
cátedra. d. Informar a los servicios centrales de la
Universidad de aquellos acuerdos del Consejo
g. Informar al Consejo Asesor de cuantas Asesor que tengan implicaciones para su
acciones, gestiones o actividades se lleven a gestión.
cabo, presentando, una vez al año, la
correspondiente memoria técnica y económica, e. Cualquier otra función establecida en el
una copia de la cual deberá ser enviada al documento de creación de la cátedra.
vicerrectorado con competencias en
mecenazgo.
ARTÍCULO 17. Nombramiento y cese de
h. Confeccionar la memoria anual de director, codirector y secretario
actividades y económica, remitiéndola, tras su
aprobación por el Consejo Asesor, al 1. El director, codirector en su caso, y
Vicerrectorado competente. secretario de las cátedras institucionales serán
nombrados por el Rector, a propuesta del
222 | Página Presupuesto

