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✔      Proyectar acciones de difusión, encuentros y visitas a mecenas.

               2.Gestión especializada:


               ✔      Gestión de créditos de capítulo IV y VII.

               ✔      Gestión patrimonial (reserva de espacios).

               ✔      Seguimiento de la ejecución presupuestaria.


               ✔      Coordinación elaboración memorias anuales.

               3.Gestión patrimonial de expedientes de mecenazgo:

               ✔      Gestión de expedientes de donaciones.


               ✔      Gestión de proyectos de mecenazgo.

               ✔      Gestión de micromecenazgo: portal de mecenazgo.

               ✔      Gestión de documentos de formalización de aportación de recursos.


               ✔      Relaciones de donantes, punto de información personal.

               ✔      Remisión de certificados y reconocimientos a mecenas.



               4.     Informes Económicos


               Para facilitar el seguimiento de la ejecución de las actividades, deberá presentarse por acuerdo del
               Consejo Asesor:

               ●      Memoria presupuestaria de planificación de acciones a realizar en la anualidad: En el mes de
               noviembre del año anterior (n-1) al  de  comienzo de la  correspondiente anualidad (n), deberá
               presentarse memoria presupuestaria  aprobada por el Consejo  Asesor, que  recoja la planificación
               presupuestaria de las acciones a ejecutar  durante la correspondiente anualidad, estimando las
               actividades previstas y cuantificadas  presupuestariamente, aportando objetivos e  indicadores por
               actividad. En aquellos supuestos en los que se planifiquen actividades específicas de investigación,
               difusión, divulgación o formación, deberá solicitarse apertura de centro de gasto finalista a través del
               Vicerrectorado competente funcionalmente para garantizar su habilitación con carácter previo al inicio
               de la actividad.

               ●      Liquidación presupuestaria anual: En el mes de enero del año posterior (n+1) al de finalización
               de  cada anualidad (n), deberá presentarse memoria justificativa de ejecución de las actividades
               alcanzadas durante la correspondiente actividad, con detalle de los resultados obtenidos sobre los
               objetivos fijados para la correspondiente anualidad.







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