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ANEXO: Criterios de gestión presupuestaria de las cátedras de la Universidad Miguel Hernández de
               Elche.

               1.     Apertura centro de gasto de la cátedra

               La cátedra dispondrá de una clave orgánica propia para facilitar la captación de los recursos externos
               y ejecutar los gastos estructurales y de funcionamiento necesarios para el funcionamiento ordinario.
               Para la ejecución de actividades específicas financiadas por la cátedra, deberá presentarse memoria
               de la actividad específica con detalle de los conceptos de gastos elegibles; sobre la que se habilitará un
               centro de gasto específico a través del servicio gestor especializado dependiente del Vicerrectorado
               competente funcionalmente. Una vez habilitadas las partidas presupuestarias, podrá proponerse
               modificación presupuestaria que permita la aportación de financiación desde la clave orgánica de la
               cátedra.



               2.     Costes elegibles

               Con carácter general, con los créditos disponibles en el  centro de gasto  de la cátedra podrán
               financiarse gastos estructurales básicos, asimilados a los financiados con partidas generales atribuidos
               para funcionamiento ordinario de los centros; sin perjuicio de contribuir  a la financiación de
               actividades finalistas con centros de gastos finalistas previa modificación presupuestaria propuesta por
               su director.

               Con los créditos disponibles del centro de gasto de la cátedra podrán atenderse:

               1.-  En  cátedras de  mecenazgo, por acuerdo del Consejo Asesor, podrá  proponerse una  dotación
               máxima anual a la actividad de dirección, que incluye las figuras de dirección y secretariado, siempre
               y cuando sea personal UMH, de hasta el 10%  del importe que supere los 10.000 euros  cobrados
               durante la anualidad correspondiente, hasta el importe máximo anual de 2.000 euros por perceptor,
               siempre y cuando la cátedra recaude una financiación de, al menos, 15.000 euros/año. En todo caso
               estas asignaciones  deberán cumplir  con la  normativa sobre  incompatibilidades, conforme a la
               normativa presupuestaria y de personal que resulte de aplicación al personal UMH y ajeno, y con las
               limitaciones que resulten de la legislación aplicable.

               2.-Gastos corrientes básicos de funcionamiento de la cátedra, incluyendo indemnización por razón del
               servicio,  alumnos en  prácticas, y  demás gastos  estructurales  básicos asimilados  a  los gastos  de
               funcionamiento, así como adquisición de equipamiento inventariable básico.

               3.-Premios, ayudas, y subvenciones: El Consejo Asesor de la cátedra podrá promover convocatorias de
               premios, ayudas y concursos conforme a las Bases de ejecución y funcionamiento del presupuesto y a
               la normativa UMH en materia de subvenciones,  al Vicerrectorado competente funcionalmente
               respecto a la finalidad de la actividad de fomento promovida, previa autorización del Vicerrectorado
               competente en materia de mecenazgo.







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