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ANEXO: Criterios de gestión presupuestaria de las cátedras de la Universidad Miguel Hernández de
Elche.
1. Apertura centro de gasto de la cátedra
La cátedra dispondrá de una clave orgánica propia para facilitar la captación de los recursos externos
y ejecutar los gastos estructurales y de funcionamiento necesarios para el funcionamiento ordinario.
Para la ejecución de actividades específicas financiadas por la cátedra, deberá presentarse memoria
de la actividad específica con detalle de los conceptos de gastos elegibles; sobre la que se habilitará un
centro de gasto específico a través del servicio gestor especializado dependiente del Vicerrectorado
competente funcionalmente. Una vez habilitadas las partidas presupuestarias, podrá proponerse
modificación presupuestaria que permita la aportación de financiación desde la clave orgánica de la
cátedra.
2. Costes elegibles
Con carácter general, con los créditos disponibles en el centro de gasto de la cátedra podrán
financiarse gastos estructurales básicos, asimilados a los financiados con partidas generales atribuidos
para funcionamiento ordinario de los centros; sin perjuicio de contribuir a la financiación de
actividades finalistas con centros de gastos finalistas previa modificación presupuestaria propuesta por
su director.
Con los créditos disponibles del centro de gasto de la cátedra podrán atenderse:
1.- En cátedras de mecenazgo, por acuerdo del Consejo Asesor, podrá proponerse una dotación
máxima anual a la actividad de dirección, que incluye las figuras de dirección y secretariado, siempre
y cuando sea personal UMH, de hasta el 10% del importe que supere los 10.000 euros cobrados
durante la anualidad correspondiente, hasta el importe máximo anual de 2.000 euros por perceptor,
siempre y cuando la cátedra recaude una financiación de, al menos, 15.000 euros/año. En todo caso
estas asignaciones deberán cumplir con la normativa sobre incompatibilidades, conforme a la
normativa presupuestaria y de personal que resulte de aplicación al personal UMH y ajeno, y con las
limitaciones que resulten de la legislación aplicable.
2.-Gastos corrientes básicos de funcionamiento de la cátedra, incluyendo indemnización por razón del
servicio, alumnos en prácticas, y demás gastos estructurales básicos asimilados a los gastos de
funcionamiento, así como adquisición de equipamiento inventariable básico.
3.-Premios, ayudas, y subvenciones: El Consejo Asesor de la cátedra podrá promover convocatorias de
premios, ayudas y concursos conforme a las Bases de ejecución y funcionamiento del presupuesto y a
la normativa UMH en materia de subvenciones, al Vicerrectorado competente funcionalmente
respecto a la finalidad de la actividad de fomento promovida, previa autorización del Vicerrectorado
competente en materia de mecenazgo.
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