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firmantes del documento de  creación de la        ⋅      El Consejo Asesor.
               cátedra,  podrán acordar  unánimemente su
               renovación mediante la suscripción de un nuevo    ⋅      El director y, en su caso, el codirector.
               convenio para el mantenimiento de la Cátedra,     2.     Asimismo, las cátedras dispondrán  de
               teniendo en cuenta los límites que establece la   un secretario.
               ley.

               ARTÍCULO 11.  Extinción de las cátedras de
               mecenazgo                                         ARTÍCULO 13. Otros miembros integrantes de
                                                                 las cátedras
               1.     Las cátedras de mecenazgo podrán
               extinguirse,  además de por la finalización del   1.     Aquellos profesionales vinculados al
               plazo de vigencia, por cualquiera de las causas   campo    temático  de   la   cátedra  cuya
               previstas en su documento de creación. En caso    participación en las actividades de la misma sea
               de que se  declaren incobrables los importes      aprobada por el Consejo Asesor, a propuesta
               comprometidos a las cátedras o se suspenda su     del   director.  En   particular,  aquellos
               financiación, la cátedra se dará por extinguida.   profesionales de reconocida valía se  podrán
                                                                 incorporar con la consideración de “adjunto a la
               2.     Asimismo,  las cátedras de mecenazgo       cátedra”, previa aprobación del Consejo Asesor
               podrán dejar de ser  reconocidas si no            a propuesta del director, siendo nombrados por
               declarasen actividad a lo largo de dos años       el Rector.
               consecutivos. Desde el  Vicerrectorado con
               competencias en mecenazgo se podrá proponer       2.     Adicionalmente, podrán nombrarse
               su extinción al Rector, cuya decisión deberá ser   otros órganos consultivos o de gestión, siempre
               comunicada a las entidades con las que se haya    que se justifique la necesidad de su existencia y
               acordado su creación.                             se especifiquen sus funciones, su composición y
                                                                 su relación con otros órganos.
               3.     Finalizada la vigencia de la cátedra, los
               remanentes de créditos disponibles quedarán       ARTÍCULO 14. Consejo Asesor
               afectos al periodo de liquidación establecido en
               la Normativa de Gestión Eficiente de los          1.     El Consejo Asesor es el máximo órgano
               Remanentes de Créditos (AR). Si a la finalización   de gobierno de la cátedra.
               del   correspondiente   convenio    hubiese       2.     En   el   caso   de   las   cátedras
               actividades aprobadas por el Consejo Asesor       institucionales, el Rector  nombrará a las
               aún en ejecución, se atenderá a lo expresado en   personas integrantes del Consejo Asesor, oído
               el artículo 10.2.                                 el Consejo de Gobierno.

                                                                 3.     La composición inicial  del Consejo
                                                                 Asesor de las cátedras  de mecenazgo será
               CAPÍTULO       IV.     ESTRUCTURA       DE
               FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁTEDRAS                    aprobada por el Consejo de Gobierno junto al
                                                                 documento de creación de las mismas.
               ARTÍCULO 12. Órganos de las cátedras
                                                                 4.  En su constitución se  procurará que exista
               1.     Las cátedras contarán con los siguientes   una representación equilibrada entre géneros,
               órganos de gobierno:                              presidiendo dicho Consejo la persona titular del




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