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TÍTULO  III:  PROCEDIMIENTO  ESPECÍFICO  PARA  LA     Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  sin  límite
           ACEPTACIÓN DE DONACIONES Y CESIONES                   temporal, y que es aceptado por ésta. La donación será
                                                                 siempre  a  título  gratuito  y  en  ningún  caso  supondrá
           CAPÍTULO  I:  DONACIÓN  O  CESIÓN.  PROCEDIMIENTO     contraprestación  alguna  por  parte  de  la  Universidad
           GENERAL                                               Miguel  Hernández  de  Elche  en  favor  de  la  persona  o
                                                                 personas  donante/s.  En  caso  de  que  se  impusiera  a  la
           Artículo 30. Objeto.                                  Universidad  un  gravamen,  éste  deberá  ser  siempre
           El  presente  capítulo  regula  los  criterios  y  los   inferior al valor de lo donado.
           procedimientos  a  seguir  para  aceptar  o  rechazar  las
           donaciones  o  cesiones  de  uso  de  bienes  muebles  o   Artículo 33. Definición de cesión de uso.
           inmuebles, materiales o inmateriales, tanto con carácter   La cesión de uso es un acto de liberalidad por el que los
           gratuito  como  oneroso,  así  como  los  donativos,   propietarios de un bien autorizan su uso a la Universidad
           donaciones y aportaciones dinerarias, que sean ofrecidas   Miguel Hernández de Elche, bajo las condiciones que se
           a la Universidad Miguel Hernández de Elche.           pacten, y con el  compromiso  de devolver  el  bien  en  el
                                                                 plazo  estipulado.  La  cesión  de  uso  en  favor  de  la
           En ningún caso podrá entenderse aceptada una donación   Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  requiere  de  su
           o  cesión  de  uso  en  favor  de  la  Universidad  Miguel   aceptación y será siempre a título gratuito y en ningún
           Hernández  de  Elche  que  no  haya  sido  aprobada  por  el   caso  supondrá  contraprestación  alguna  por  parte  de  la
           órgano competente previsto en el presente reglamento   Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  en  favor  de  la
           conforme a los criterios y los procedimientos establecidos   persona o personas cedente/s.
           en este Título.
                                                                 Artículo 34. Capacidad del donante o cedente.
           Quedan excluidas del ámbito de la presente normativa:   Podrán  hacer  donación  o  cesión  todos  los  que  puedan
                                                                 contratar y disponer de sus bienes.
            ● Las  cesiones  de  uso  a  favor  de  la  Universidad  Miguel
              Hernández  que  tengan  carácter  oneroso,  que  tendrán   Artículo 35. Aceptación o rechazo de los bienes.
              tratamiento   de   arrendamientos   o   concesiones   Las adquisiciones por donación o cesión a favor de la UMH
              administrativas, regulándose por la legislación que les sea de   serán efectivas a través del correspondiente Acuerdo del
              aplicación.
                                                                 Consejo  de  Gobierno.  No  obstante,  en  los  casos  de

                                                                 donaciones o cesiones con valor documentado o estimado
            ● Las licencias o cesiones de uso de carácter temporal que, por
              su naturaleza, tengan la consideración de negocios incluidos   no superior a 50.000 euros, o donaciones o aportaciones
              dentro del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de   dinerarias por importe no superior a 50.000,00 Euros, será
              Contratos del Sector Público.                      competente  el  rector,  salvo  en  los  casos  de  fondos
                                                                 bibliográficos,  discográficos  o  documentales,  que
            ● Las subvenciones y transferencias que reciba la Universidad   corresponderá  al  vicerrectorado  o  vicerrectorados  con
              Miguel Hernández de Elche.                         competencias  en  la  gestión  de  estos  fondos
                                                                 documentales.  En  ningún  caso  tendrán  competencias
            ● Los convenios de colaboración empresarial, que se regularán
                                                                 para la aceptación o rechazo de solicitudes de donaciones
              por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
                                                                 o  cesiones  de  uso,  los  responsables  de  Unidades
              las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales
                                                                 Orgánicas   (Facultades,   Escuelas,   Departamentos,
              al mecenazgo.
                                                                 Institutos,  Servicios,  Oficinas,  ni  Unidades)  ni  los
            ● Las  atenciones  institucionales  o  los  premios  que  puedan   responsables de partidas presupuestarias; que no sean los
              recibir los órganos de gobierno y unidades administrativas,   expresamente  indicados  en  la  delegación  de  este
              salvo en el caso de bienes susceptibles de ser incluidos en las   apartado,  correspondiente  en  otro  caso,  al  Consejo  de
              Colecciones de Patrimonio Cultural, en cuyo caso se deberá   Gobierno, salvo lo establecido en el apartado siguiente.
              informar al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial
              y a la Oficina de Cultura, Igualdad y Diversidad, pudiendo
              elevar el caso a la Comisión de Patrimonio Cultural.   Cuando se trate de un bien inmueble, con independencia
                                                                 de  su  valor,  o  bienes  muebles  de  valor  documentado

           Artículo 31. Ámbito subjetivo de aplicación.          estimado  superior  a  100.00,00  Euros,  o  Donaciones  o
           La  presente  normativa  será  de  aplicación  a  toda  la   Cesiones  con  valor  superior  a  100.000,00  Euros,  se
           estructura  organizativa  de  la  Universidad  Miguel   precisará, además, la aprobación del Consejo Social.
           Hernández de Elche.
                                                                 En los casos de donaciones o cesiones de bienes muebles,
           Artículo 32. Definición de donación.                  con carácter general, el solicitante deberá adjuntar a su
           La  donación  es  un  acto  de  liberalidad  por  el  que  los   solicitud, documento probatorio de la titularidad del bien
           propietarios  de  un  bien  transfieren  su  propiedad  a  la   (factura, título de propiedad, etc.), así como informe de
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