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TÍTULO III: PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO PARA LA Universidad Miguel Hernández de Elche sin límite
ACEPTACIÓN DE DONACIONES Y CESIONES temporal, y que es aceptado por ésta. La donación será
siempre a título gratuito y en ningún caso supondrá
CAPÍTULO I: DONACIÓN O CESIÓN. PROCEDIMIENTO contraprestación alguna por parte de la Universidad
GENERAL Miguel Hernández de Elche en favor de la persona o
personas donante/s. En caso de que se impusiera a la
Artículo 30. Objeto. Universidad un gravamen, éste deberá ser siempre
El presente capítulo regula los criterios y los inferior al valor de lo donado.
procedimientos a seguir para aceptar o rechazar las
donaciones o cesiones de uso de bienes muebles o Artículo 33. Definición de cesión de uso.
inmuebles, materiales o inmateriales, tanto con carácter La cesión de uso es un acto de liberalidad por el que los
gratuito como oneroso, así como los donativos, propietarios de un bien autorizan su uso a la Universidad
donaciones y aportaciones dinerarias, que sean ofrecidas Miguel Hernández de Elche, bajo las condiciones que se
a la Universidad Miguel Hernández de Elche. pacten, y con el compromiso de devolver el bien en el
plazo estipulado. La cesión de uso en favor de la
En ningún caso podrá entenderse aceptada una donación Universidad Miguel Hernández de Elche requiere de su
o cesión de uso en favor de la Universidad Miguel aceptación y será siempre a título gratuito y en ningún
Hernández de Elche que no haya sido aprobada por el caso supondrá contraprestación alguna por parte de la
órgano competente previsto en el presente reglamento Universidad Miguel Hernández de Elche en favor de la
conforme a los criterios y los procedimientos establecidos persona o personas cedente/s.
en este Título.
Artículo 34. Capacidad del donante o cedente.
Quedan excluidas del ámbito de la presente normativa: Podrán hacer donación o cesión todos los que puedan
contratar y disponer de sus bienes.
● Las cesiones de uso a favor de la Universidad Miguel
Hernández que tengan carácter oneroso, que tendrán Artículo 35. Aceptación o rechazo de los bienes.
tratamiento de arrendamientos o concesiones Las adquisiciones por donación o cesión a favor de la UMH
administrativas, regulándose por la legislación que les sea de serán efectivas a través del correspondiente Acuerdo del
aplicación.
Consejo de Gobierno. No obstante, en los casos de
donaciones o cesiones con valor documentado o estimado
● Las licencias o cesiones de uso de carácter temporal que, por
su naturaleza, tengan la consideración de negocios incluidos no superior a 50.000 euros, o donaciones o aportaciones
dentro del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de dinerarias por importe no superior a 50.000,00 Euros, será
Contratos del Sector Público. competente el rector, salvo en los casos de fondos
bibliográficos, discográficos o documentales, que
● Las subvenciones y transferencias que reciba la Universidad corresponderá al vicerrectorado o vicerrectorados con
Miguel Hernández de Elche. competencias en la gestión de estos fondos
documentales. En ningún caso tendrán competencias
● Los convenios de colaboración empresarial, que se regularán
para la aceptación o rechazo de solicitudes de donaciones
por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
o cesiones de uso, los responsables de Unidades
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales
Orgánicas (Facultades, Escuelas, Departamentos,
al mecenazgo.
Institutos, Servicios, Oficinas, ni Unidades) ni los
● Las atenciones institucionales o los premios que puedan responsables de partidas presupuestarias; que no sean los
recibir los órganos de gobierno y unidades administrativas, expresamente indicados en la delegación de este
salvo en el caso de bienes susceptibles de ser incluidos en las apartado, correspondiente en otro caso, al Consejo de
Colecciones de Patrimonio Cultural, en cuyo caso se deberá Gobierno, salvo lo establecido en el apartado siguiente.
informar al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial
y a la Oficina de Cultura, Igualdad y Diversidad, pudiendo
elevar el caso a la Comisión de Patrimonio Cultural. Cuando se trate de un bien inmueble, con independencia
de su valor, o bienes muebles de valor documentado
Artículo 31. Ámbito subjetivo de aplicación. estimado superior a 100.00,00 Euros, o Donaciones o
La presente normativa será de aplicación a toda la Cesiones con valor superior a 100.000,00 Euros, se
estructura organizativa de la Universidad Miguel precisará, además, la aprobación del Consejo Social.
Hernández de Elche.
En los casos de donaciones o cesiones de bienes muebles,
Artículo 32. Definición de donación. con carácter general, el solicitante deberá adjuntar a su
La donación es un acto de liberalidad por el que los solicitud, documento probatorio de la titularidad del bien
propietarios de un bien transfieren su propiedad a la (factura, título de propiedad, etc.), así como informe de
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