Page 353 - 2025 TOMO II
P. 353

por perito experto o de reconocido prestigio cuya fecha de   Artículo 53. Tramitación.
              valoración sea inferior a un año desde la fecha en la que se   1. El correspondiente expediente de donación o cesión de
              presenta por registro general la solicitud de donación, y su   uso,  tendrá  carácter  patrimonial  y  será  tramitado  y
              acreditación documental, en su caso.               custodiado por la Gerencia a través del Servicio de Gestión
              d. Certificado de autenticidad del bien o de los bienes (si
                                                                 Presupuestaria y Patrimonial.
              procede).
              e. En el caso de bienes afectados por la legislación vigente   2.  A  la  vista de  la  propuesta  de donación o  cesión,  del
              en materia de derechos de autoría o cesión de los derechos   informe  justificativo  y  de  la  documentación  que  los
              de  explotación  e  imagen,  reproducción,  distribución,   acompañe,  el  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
              comunicación  pública  (difusión,  incluyendo  Internet),  y   Patrimonial elevará el expediente completo a la Comisión
              venta  para  todas  sus  modalidades  y  otra  modalidad  de   de Patrimonio Cultural para su informe motivado, que se
              edición no contemplada expresamente en esta solicitud y   elevará a los órganos competentes para su aceptación o
              que  la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  pueda   rechazo (tal y como se describe en el Capítulo I del Título
              estimar  conveniente  para  sus  intereses.  Esta  cesión  se   III), el cual emitirá la decisión que corresponda, que será
              entiende  sin  limitación  de  soporte  o  medio  ni  limitación
              temporal o territorial a contar desde la fecha de firma del   notificada al interesado.
              Acuerdo de Donación. La donación o cesión, en caso de ser   3.  De  considerarse  necesario  por  ambas  partes,  podrá
              acordada, tendrá un carácter irrevocable y no supondrá para   firmarse  un  acuerdo  que  recoja  los  pormenores  de  la
              el donante o cedente ningún derecho ni privilegio sobre el   donación  o  cesión,  de  acuerdo  con  la  normativa  que
              bien objeto de donación o cesión.                  regule  el  procedimiento  para  la  formalización  de
              f.  Finalidad propuesta de los bienes dentro de la Universidad   convenios por la Universidad Miguel Hernández de Elche.
              Miguel  Hernández  de  Elche.  A  estos  efectos,  los  bienes   Una copia de este convenio se incorporará al expediente
              podrán aceptarse o no con un destino funcional concreto,   patrimonial.
              que no ubicación, en el caso de ser bienes muebles, o a falta
              de una finalidad específica, se destinarán al sostenimiento
              de  las  actividades  necesarias  para  el  cumplimiento  del   Artículo 54. Perfección de la donación o cesión.
              servicio público que realiza y de las funciones reconocidas a   La donación o cesión se perfeccionará desde el momento
              la Universidad al servicio de la sociedad.         en que el donante o cedente conozca la aceptación de la
              g. Listado de medidas y/o condiciones de actuación relativas   Universidad Miguel Hernández de Elche. Para ello, una vez
              a la conservación de la obra donada (según Documentos 2.1,   aceptada la donación o cesión por el órgano competente,
              2.2, 2.3, 2.4).                                    el  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y  Patrimonial
              h.  Declaración responsable de ser los legítimos propietarios,   notificará al/a la donante o cedente su aceptación, que
              al  100%,  de  los  bienes  que  proponen  donar  o  ceder,   tendrá  efectos  desde  la  fecha  de  la  recepción  de  la
              aportando, siempre que sea posible, documentación que lo
              justifique.                                        notificación. No obstante, los bienes donados o cedidos
              i.  Declaración  de  estar  en  disposición  de  contratar  y  de   no  estarán  bajo  la  responsabilidad  de  la  Universidad
              disponer  de  sus  bienes,  conforme  a  lo  establecido  en  el   Miguel  Hernández  de  Elche  hasta  el  momento  de  la
              artículo 624 del Código Civil.                     recepción  de  los  mismos,  acreditado  con  la  emisión  de
              j.  Declaración  responsable  de  que  los  bienes  a  donar  o  a   Informe de Inventario.
              ceder están libres de cargas o gravámenes de cualquier tipo
              o, en su caso, justificación documental detallada y suficiente   Artículo 55. Recepción de la donación o cesión.
              de  dichas  cargas  o  gravámenes  con  indicación  de  sus   Una vez recibidos los bienes se firmará la correspondiente
              características,  importes,  plazos  de  abono,  personas  o   acta  en  duplicado  ejemplar,  uno  para  el  donante  o
              entidades  beneficiarias  de  los  mismos  y  cualquier   cedente y otro para la Universidad Miguel Hernández de
              información  que  contribuya  a  determinar  el  alcance  y
              condiciones de la carga o gravamen.                Elche.
              k. Fecha y firma de todos los donantes o cedentes.
                                                                 Artículo  56.  Procedimiento  en  caso  de  atenciones
           Artículo 52. Asesores técnicos.                       institucionales o premios.
           1.  De  no  existir  un  promotor  de  la  Universidad,  o  aun   1.  En  el  caso  de  las  atenciones  institucionales  y  si  se
           existiendo, o bien si las características de los bienes cuya   tratara  de  bienes  susceptibles  de  ser  incluidos  en  el
           donación  o  cesión  que  se  propone,  si  se  considerara   Patrimonio  Cultural,  se  deberá  informar  al  Servicio  de
           necesario por parte de la Comisión de Patrimonio Cultural,   Gestión Presupuestaria y Patrimonial, pudiendo elevar el
           ésta  podrá  designar  un/a  asesor/a  técnico/a  interno  o   caso a la Comisión de Patrimonio Cultural.
           externo en función de su conocimiento sobre los bienes   2. Si la atención institucional o el premio fuese un bien
           objeto de la donación o cesión.                       material  no  fungible  susceptible  de  incorporación  al
           2. Los asesores técnicos tendrán como cometido redactar   Patrimonio de la Universidad Miguel Hernández de Elche,
           y elevar el informe justificativo, que servirá de motivación   el receptor solicitará al Servicio de Gestión Presupuestaria
           para el Informe de la Comisión de Patrimonio Cultural.   y Patrimonial, su incorporación al mismo, aportando los
                                                                 datos y documentos de cesión o donación indicados en el
                                                                 artículo  51.   Asimismo,  se  deberá  informar  al

                                                 2025                                353 | Página
   348   349   350   351   352   353   354   355   356   357   358