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Asimismo,  comunicarán  al  Servicio  de  Gestión   a efectos de su baja en Inventario al SGPP y para
                  Presupuestaria y Patrimonial las asignaciones o   que la Universidad pueda valorar si es un siniestro
                  repartos que se realicen de estos activos.       cubierto  por  la  póliza  de  daños  patrimoniales
                                                                   contratada por la Universidad, o se determinen
                  2. Toda salida de almacén debe ser actualizada
                  en  el  inventario  con  la  nueva  ubicación  y   las actuaciones que procedan; el SGPP informará
                                                                   al vicerrectorado/s competente/s en la materia.
                  relación de pertenencia a la unidad destinataria
                                                                   5. Recibida la comunicación de baja, y si se trata
                  del activo.                                      de mobiliario o material de laboratorio obsoleto o
                  3. En el supuesto de que un activo se traslade de   deteriorado,  previa  retirada  por  el  Servicio
                  una unidad a almacén, bien para su depósito o     competente  en  materia  de  infraestructuras,  se
                  para  su  reparación,  el  responsable  de  dicha   remitirá solicitud de baja al Servicio de Gestión
                  unidad deberá comunicar al Servicio de Gestión   Presupuestaria  y  Patrimonial.  En  función  de  su
                  Presupuestaria y Patrimonial este traslado.      estado, se decidirá si procede su destrucción por
                                                                   resultar  inservible  o  su  enajenación,  según  el

                  CAPÍTULO IV: BAJA DE BIENES                      procedimiento  indicado  en el  artículo  35  de  las
                                                                   Bases  de  Ejecución  y  Funcionamiento  del

                                                                   Presupuesto de la UMH “Enajenación de bienes”,
                  Artículo 27. Concepto y proceso de baja de un    causando  entonces  baja  definitiva  en  el
                  activo.                                          Inventario, o si lo que procede es su traslado al
                                                                   Almacén General para una posible reutilización.
                  La baja de un activo supone el cese, definitivo o
                  temporal,  de  un  bien  en  el  Inventario,  al   CAPÍTULO V: MANTENIMIENTO
                  desaparecer su posible uso por la Universidad.
                  Hay muchos motivos por los cuales se puede dar   Artículo 28. Revisión de estado del Inventario
                  de  baja  un  bien:  por  resultar  inservible,  por   de Bienes.
                  obsolescencia o se ha deteriorado (desuso), por   1. La Universidad podrá acordar la realización de
                  siniestro  debido  a  fuerza  mayor,  por  robo  o   una revisión de estado de los bienes, verificando
                  hurto, porque se ha perdido y por enajenación.   los niveles de obsolescencia o adecuación de los
                                                                activos. Para el mantenimiento actualizado del
                  Proceso de baja:                              Inventario,  además  de  la  labor  constante
                     1. La baja de bienes muebles de la Universidad se   encargada al Servicio de Gestión Presupuestaria
                     producirá  previa  incidencia  comunicada  por  los   y Patrimonial, la Gerencia podrá remitir a cada
                     servicios  especializados  de  los  vicerrectorados   unidad  organizativa  bajo  cuya  dependencia
                     competentes  en  cada  materia,  a  la  que  se   queden  adscritos  los  bienes,  su  respectivo
                     adjuntará el informe técnico correspondiente que   listado  de  bienes  para  la  comprobación  y
                     deberá indicar la causa que motiva la baja. Dicha
                     solicitud,  junto  con  el  informe,  y  si  procede  el   actualización con la realidad física. Las distintas
                     informe de la Comisión de Patrimonio Cultural, se   unidades organizativas deberán informar sobre
                     remitirá a Gerencia quien autorizará, en su caso,   su conformidad, o plantear las discrepancias que
                     la  baja  definitiva,  comunicándolo  al  Servicio  de   observen.  Asimismo,  los  responsables  de  las
                     Gestión Presupuestaria y Patrimonial.      diferentes unidades, podrán solicitar a Gerencia
                     2.  En  el  supuesto  de  que  los  bienes  inmuebles   listados de los bienes asignados a sus unidades.
                     incluidos  en  el  patrimonio  de  la  Universidad   2.  El  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
                     causen  baja  por  cualquiera  de  las  causas   Patrimonial,  ejercitará  una  vez  al  año  un
                     establecidas  en  la  ley,  la  Gerencia  de  la   muestreo  de  adecuación  del  inventario  a  la
                     Universidad  ordenará  al  Servicio  de  Gestión
                     Presupuestaria  y  Patrimonial  que  proceda  a  la   realidad.
                     baja del activo en el Inventario de la misma.
                     3. En los casos de robo o hurto, el responsable de   Artículo 29. Reetiquetado de bienes muebles.
                     la Unidad Orgánica usuaria del activo, informará   1.  El  reetiquetado  de  bienes  muebles  cuando
                     al  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y   éstos   hayan   perdido   su   etiqueta
                     Patrimonial, interponiéndose la correspondiente   correspondiente,  o  la  misma  se  haya
                     denuncia por el servicio competente en materia   deteriorado por cualquier causa, podrá iniciarse
                     jurídica,  si  procede  a  efectos  de  posibles   de  oficio  por  parte  del  Servicio  de  Gestión
                     coberturas  de  seguros;  y  el  SGPP  informará  al   Presupuestaria y Patrimonial, o a instancias de la
                     vicerrectorado/s competente/s en la materia.
                     4. Cuando la causa de la baja sea un siniestro de   Unidad Orgánica de la que depende el bien.
                     fuerza  mayor,  el  responsable  de  la  Unidad   2.  En  el  caso  del  inicio  del  procedimiento  a
                     Orgánica correspondiente, remitirá la relación de   instancia  de  la  Unidad  Orgánica,  el  solicitante
                     los bienes afectados a la mayor brevedad posible   remitirá  vía  correo  electrónico  la  Solicitud  de


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