Page 342 - 2024 TOMO II (noviembre)
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material no fungible susceptible de incorporación al líneas estratégicas de proyección definidas por las
patrimonio de la Universidad Miguel Hernández de Elche, cátedras institucionales de la Universidad Miguel
el receptor solicitará por escrito al Servicio de Gestión Hernández de Elche, con independencia de su tipología o
Presupuestaria y Patrimonial, su incorporación al mismo, formato.
c. Sin condición o carga: solo se aceptarán donaciones o
aportando los datos del emisor, la valoración del bien, la cesiones de uso que no estén sujetas al cumplimiento de
descripción del mismo y cuánta información contribuya a carga y/o condición alguna a favor del donante.
su mejor identificación, incluidas fotografías. Para d. Cesión de derechos: la donación que se acepta con el
aquellos bienes susceptibles de ser incluidos en el acuerdo del material donado pasa a ser propiedad legal de
Patrimonio Cultural, el Servicio de Gestión Presupuestaria la Universidad Miguel Hernández de Elche. Con la
y Patrimonial valorará la misma pudiendo elevar el formalización de la donación, la Universidad Miguel
expediente a la Comisión de Patrimonio Cultural. Hernández de Elche se convierte en propietaria del mismo,
teniendo potestad para decidir su ubicación, uso y destino
CAPÍTULO II: DONACIÓN O CESIÓN. PATRIMONIO final.
e. Respeto a la propiedad intelectual: solo se aceptarán
CULTURAL obras originales, salvo en el caso de copia de interés
obtenidas de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 48. Admisión de la donación o cesión de uso de
bienes de patrimonio cultural. 2. Además de los criterios ya citados se tendrá en cuenta
1.La Universidad Miguel Hernández de Elche podrá la relevancia del bien dentro del Patrimonio Cultural de las
aceptar la donación o cesión de bienes para ser integrados colecciones de Patrimonio Cultural, el espacio disponible
en su Patrimonio Cultural procedente de particulares e en la Universidad Miguel Hernández para su
instituciones, en función de su valor cultural e histórico, correspondiente ubicación y conservación, la
siempre que esté en un estado de conservación que no consideración del valor de la donación o cesión de uso, y
comprometa la seguridad de la colección existente y su el coste que suponga su conservación y cualquier otro que
temática sea de interés para el Patrimonio Cultural y las se estime oportuno.
actividades de docencia e investigación que se desarrollan
en la Universidad. Para ello, deberá contar Artículo 50. Fondos en depósito.
necesariamente con el informe favorable o desfavorable La Universidad Miguel Hernández de Elche no aceptará
de la Comisión de Patrimonio Cultural de la UMH, previa a fondos en depósito, salvo aquellos casos excepcionales en
la suscripción del acuerdo preceptivo por los órganos de que se consideren de gran interés para la colección, sus
gobierno correspondientes (Consejo de Gobierno y/o usuarios/as y los fines de la Universidad, en cuyo caso se
Consejo Social). tramitará en los términos previstos en la presente
2.La Universidad Miguel Hernández de Elche no admitirá normativa, debiendo permitirse en todo caso el uso por
ninguna donación o cesión de uso de bienes de parte de la Universidad, correspondiendo la competencia
Patrimonio Cultural que exija condiciones o de informar favorablemente a la Comisión de Patrimonio
contrapartidas que contravengan las disposiciones Cultural de la UMH.
establecidas en este Título o en los procedimientos
establecidos para la organización, gestión, conservación y Artículo 51. Propuesta de donación o cesión de uso.
difusión de su fondo cultural. 1. El procedimiento de donación o cesión de los bienes
destinados a Patrimonio Cultural al Patrimonio Cultural de
Artículo 49. Criterios para la aceptación de donación o la Universidad Miguel Hernández se iniciará a propuesta
cesión de uso de bienes de Patrimonio Cultural del donante o cedente, que deberá dirigir su propuesta al
1.A fin de garantizar la adecuación de las obras que se Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial,
pretenden donar o ceder, se tendrán en cuenta los conforme al modelo recogido en el Documento 2:
siguientes criterios para acceder a su aceptación: “Propuesta de donación o cesión de uso de bien/es
destinado/s al Patrimonio Cultural de la Universidad
a. Estado de conservación: se aceptarán piezas en buen
estado y que no comprometa la seguridad del patrimonio Miguel Hernández de Elche”, en el que constará, al menos,
existente. No se aceptarán piezas dañadas o material de lo siguiente:
dañado, excepto que por su antigüedad o valor interese al
Patrimonio Cultural de la UMH, procurando su a. Datos de todos los donantes o cedentes que permitan su
recuperación y restauración en la medida de lo posible, y identificación y localización (nombre o denominación
siempre que el coste de esto último no supere el valor del completa, número de identificación fiscal, domicilio,
bien donado o cedido. teléfono, correo electrónico, fotocopia del DNI, etc.).
b. Temática y tipología: se valorará si las obras mantienen b. Descripción de los bienes a donar o a ceder y
relación con las colecciones existentes de Patrimonio características de los mismos según la ficha técnica del
Cultural, los programas de estudios y disciplinas bien/es cuya donación o cesión se propone (según
impartidas, así como con las líneas de investigación y las Documentos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4).
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