Page 340 - 2024 TOMO II (noviembre)
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(factura, título de propiedad, etc.), así como informe de viabilidad presupuestaria.
valor actual motivado.
Artículo 40. Incorporación al patrimonio de la
En ningún caso podrán aceptarse donaciones o cesiones si Universidad Miguel Hernández de Elche.
las cargas que gravan los bienes, el coste de su Se incorporarán al patrimonio de la Universidad Miguel
mantenimiento, valoración y aseguramiento, superan el Hernández de Elche las donaciones y cesiones de uso de
valor intrínseco de los mismos. bienes que reciba, con carácter de bienes de carácter
general no afectos a finalidades específicas, previo
Artículo 36. Adquisición de bienes por Convenios, registro en el Inventario de la Universidad, por el Servicio
Acuerdos y demás pactos. de Gestión Presupuestaria y Patrimonial. Con la emisión
Los Convenios de colaboración, acuerdos y demás pactos del Informe de Inventario, se informará para su adecuado
a suscribir por la Universidad Miguel Hernández de Elche aseguramiento.
se tramitarán de acuerdo con la normativa que regule el
procedimiento para la formalización de convenios por la En cuanto a los donativos, donaciones y aportaciones
Universidad Miguel Hernández de Elche. dinerarias, se reflejarán en el estado de ingresos del
presupuesto de la Universidad Miguel Hernández de
No obstante, lo anterior, si en estos pactos se Elche, en el ejercicio en que éstas se hayan hecho
contemplase la adquisición a favor de la Universidad efectivas. En todo caso, tendrán carácter de fondos
Miguel Hernández de Elche, por cesión de uso o donación, propios generales de la Universidad, sin perjuicio de su
de bienes y derechos, así como de donativos, donaciones aplicación a actividades finalistas vigentes, por acuerdo
y aportaciones dinerarias regulados en el presente del Órgano competente de la Universidad Miguel
reglamento, se requerirá que, con carácter previo a la Hernández con competencias en materia de mecenazgo.
formalización del pacto, dicha adquisición se tramite y Con carácter previo a la gestión y uso de los bienes
acepte de acuerdo con lo preceptuado en el presente propuestos en la donación o cesión de uso, requerirá su
Título. inclusión en el Inventario de la Universidad y su
aseguramiento, incurriendo en responsabilidad quién
Artículo 37. Aceptación de herencias. incumpliera esta norma en los términos establecidos en la
Las herencias se tratarán con el mismo carácter que una legislación en materia patrimonial.
donación o cesión y siempre a beneficio de inventario, y
deberán ser aceptadas por el Consejo de Gobierno, a Artículo 41. Incentivos fiscales.
propuesta de la Gerencia. A las donaciones y aportaciones dinerarias contempladas
en el presente Reglamento les será de aplicación lo
Artículo 38. Garantía de la propiedad de los bienes. previsto en el Título III de la Ley 49/2002, de 23 de
Quienes propongan la donación o cesión de uso de un diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
bien a la Universidad Miguel Hernández de Elche deberán lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo cuando
acreditar documentalmente que son los propietarios reúnan los requisitos establecidos en el mismo, así como
únicos y legítimos del cien por cien del bien. De no ser el artículo 6 de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la
posible esta acreditación deberán declarar Generalitat, del mecenazgo cultural, científico y deportivo
responsablemente que lo son. no profesional en la Comunitat Valenciana, en lo relativo
a este tipo de actividades coordinadas por la Universidad.
Artículo 39. Cargas o gravámenes.
Los bienes a donar o a ceder deberán estar libres de cargas Artículo 42. Propuesta de donación o cesión de uso.
o gravámenes de cualquier tipo. Excepcionalmente, y en El procedimiento de donación o cesión de uso se iniciará
caso de no ser así, para iniciar el trámite los donatarios o a propuesta del donante o cedente, que deberá dirigir su
cedentes deberán presentar justificación documental propuesta al Servicio de Gestión Presupuestaria y
detallada y suficiente de dichas cargas o gravámenes con Patrimonial, conforme al modelo recogido en el
indicación de sus características, importes, plazos de Documento 1: “Propuesta de donación o cesión de uso de
abono, personas o entidades beneficiarias de los mismos bienes muebles o inmuebles a la Universidad Miguel
y cualquier información que contribuya a determinar el Hernández de Elche”, en el que constará, al menos, lo
alcance y condiciones de la carga o gravamen. Y en ningún siguiente:
caso el importe de las cargas y gravámenes podrá ser
superior al valor del bien. Con carácter previo a la • Datos de todos los donantes o cedentes que permitan su
aceptación, deberá adjuntarse RC por el importe máximo identificación y localización (nombre o denominación
que garantice la cobertura de las cargas o gravámenes, completa, número de identificación fiscal, domicilio,
teléfono, correo electrónico, etc.).
efectivas o estimadas, y el correspondiente informe de
• Descripción de los bienes a donar o a ceder y
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