Page 337 - 2024 TOMO II (noviembre)
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CAPÍTULO IV: BAJA DE BIENES Presupuesto de la UMH “Enajenación de bienes”,
causando entonces baja definitiva en el
Artículo 27. Concepto y proceso de baja de un Inventario, o si lo que procede es su traslado al
activo. Almacén General para una posible reutilización.
1. La baja de un activo supone el cese, definitivo CAPÍTULO V: MANTENIMIENTO
o temporal, de un bien en el Inventario, al
desaparecer su posible uso por la Universidad. Artículo 28. Revisión de estado del Inventario
Hay muchos motivos por los cuales se puede dar de Bienes.
de baja un bien: por resultar inservible, por 1. La Universidad podrá acordar la realización de
obsolescencia o se ha deteriorado (desuso), por una revisión de estado de los bienes, verificando
siniestro debido a fuerza mayor, por robo o los niveles de obsolescencia o adecuación de los
hurto, porque se ha perdido y por enajenación. activos. Para el mantenimiento actualizado del
Inventario, además de la labor constante
Proceso de baja: encargada al Servicio de Gestión Presupuestaria
1. La baja de bienes muebles de la Universidad se y Patrimonial, la Gerencia podrá remitir a cada
producirá previa incidencia comunicada por los unidad organizativa bajo cuya dependencia
servicios especializados de los vicerrectorados queden adscritos los bienes, su respectivo
competentes en cada materia, a la que se listado de bienes para la comprobación y
adjuntará el informe técnico correspondiente que actualización con la realidad física. Las distintas
deberá indicar la causa que motiva la baja. Dicha unidades organizativas deberán informar sobre
solicitud, junto con el informe, y si procede el su conformidad, o plantear las discrepancias que
informe de la Comisión de Patrimonio Cultural, se observen. Asimismo, los responsables de las
remitirá a Gerencia quien autorizará, en su caso,
la baja definitiva, comunicándolo al Servicio de diferentes unidades, podrán solicitar a Gerencia
Gestión Presupuestaria y Patrimonial. listados de los bienes asignados a sus unidades.
2. En el supuesto de que los bienes inmuebles 2. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
incluidos en el patrimonio de la Universidad Patrimonial, ejercitará una vez al año un
causen baja por cualquiera de las causas muestreo de adecuación del inventario a la
establecidas en la ley, la Gerencia de la realidad.
Universidad ordenará al Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial que proceda a la Artículo 29. Reetiquetado de bienes muebles.
baja del activo en el Inventario de la misma. 1. El reetiquetado de bienes muebles cuando
3. En los casos de robo o hurto, el responsable de
la Unidad Orgánica usuaria del activo, informará éstos hayan perdido su etiqueta
al Servicio de Gestión Presupuestaria y correspondiente, o la misma se haya
Patrimonial, interponiéndose la correspondiente deteriorado por cualquier causa, podrá iniciarse
denuncia por el servicio competente en materia de oficio por parte del Servicio de Gestión
jurídica, si procede a efectos de posibles Presupuestaria y Patrimonial, o a instancias de la
coberturas de seguros; y el SGPP informará al Unidad Orgánica de la que depende el bien.
vicerrectorado/s competente/s en la materia. 2. En el caso del inicio del procedimiento a
4. Cuando la causa de la baja sea un siniestro de instancia de la Unidad Orgánica, el solicitante
fuerza mayor, el responsable de la Unidad remitirá vía correo electrónico la Solicitud de
Orgánica correspondiente, remitirá la relación de
los bienes afectados a la mayor brevedad posible Reetiquetado al Servicio de Gestión
a efectos de su baja en Inventario al SGPP y para Presupuestaria y Patrimonial.
que la Universidad pueda valorar si es un siniestro 3. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
cubierto por la póliza de daños patrimoniales Patrimonial elaborará duplicados de las
contratada por la Universidad, o se determinen etiquetas y las remitirá a los solicitantes de las
las actuaciones que procedan; el SGPP informará Unidades Orgánicas para que se proceda al
al vicerrectorado/s competente/s en la materia. reetiquetado físico de los bienes, sin menoscabo
5. Recibida la comunicación de baja, y si se trata de que el propio personal del Servicio supervise,
de mobiliario o material de laboratorio obsoleto o desplazándose a las estancias donde se
deteriorado, previa retirada por el Servicio
competente en materia de infraestructuras, se encuentran ubicados los bienes, dicho proceso
remitirá solicitud de baja al Servicio de Gestión de reetiquetado.
Presupuestaria y Patrimonial. En función de su
estado, se decidirá si procede su destrucción por
resultar inservible o su enajenación, según el
procedimiento indicado en el artículo 35 de las
Bases de Ejecución y Funcionamiento del
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