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asumidas por las partes. que se establezcan en la normativa que
c) Duración total y plazos de ejecución, si apruebe la universidad para su uso.
procede.
d) Importe acordado, plazos y forma de Artículo 12.
pago.
e) Composición del equipo de trabajo, con Los contratos y convenios regulados en este
identificación de quién actuará como reglamento se ajustarán, en la medida de lo
investigador responsable. Descripción de posible, a los modelos normalizados aprobados
las tareas a realizar por cada uno de los por la universidad.
integrantes del equipo.
f) Memoria técnica del trabajo a realizar o Con carácter general y previo a su firma, los
programa de la actividad formativa, contratos o convenios serán revisados por el
según el caso. SGI‐OTRI, quien verificará la adecuación de su
g) Régimen de titularidad y explotación, si contenido a las disposiciones legales aplicables y
procede, de los derechos de propiedad velará por que se protejan los derechos e intereses
industrial e intelectual. de la universidad.
Artículo 11.
Para aquellos supuestos en los que el contratante
sea una Administración Pública y la actividad esté
La formación a demanda, regulada conforme
sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público, así
al artículo 83 de la LOU, a iniciativa de como para los expedientes de concesión de
instituciones públicas o privadas, que subvenciones nominativas a la universidad, el
requiera una certificación tras la finalización procedimiento se iniciará con la aportación por
de la misma, se acogerá a alguno de los tipos parte del Investigador Responsable de un
documento descriptivo de la actividad. En todo
de actividades de formación continua
caso a estas actividades les será de aplicación
reconocidas por la Universidad Miguel
todos los preceptos de este reglamento, así como
Hernández de Elche. las normativas internas y disposiciones legales
asociadas.
Esta formación se regirá por lo establecido
para la gestión administrativa y académica de APARTADO II. De las Prestaciones de Servicio
estos cursos en la Normativa de actividades
de formación continua de la Universidad Artículo 13.
Miguel Hernández de Elche, a excepción de lo
Se entienden regulados por este apartado
establecido en el Capítulo 7 (Régimen
aquellos trabajos en los cuáles concurra una
económico de las actividades de formación
reducida cuantía económica, un breve plazo de
continua) que no será de aplicación en esta ejecución y un marcado carácter técnico que haga
formación a demanda. innecesario fijar cláusulas contractuales
específicas de confidencialidad, propiedad de
La gestión económica para esta formación se resultados o responsabilidades de las partes. Entre
regirá por las normas de ejecución y otros, podrán considerarse como Prestaciones de
funcionamiento del presupuesto vigente con Servicio los análisis, informes técnicos, trabajos
carácter básico, el presente reglamento y el profesionales, dictámenes jurídicos y ensayos,
siempre que su duración no exceda de 12 meses y
contrato de prestación de servicios donde se
su importe sea inferior o igual a 12.000 € IVA
recogerán las responsabilidades de cada una
excluido. Esta cuantía podrá ser actualizada por
de las partes. acuerdo del Consejo de Gobierno.
En este tipo de encargos de enseñanzas de
Artículo 14.
especialización o actividades específicas de
formación, el contrato podrá contemplar el Las Prestaciones de Servicio reguladas en este
uso del Campus Virtual de la universidad, apartado deberán contar con la conformidad
siempre y cuando se cumplan los requisitos previa y expresa del departamento o instituto al
que esté adscrito el investigador responsable, de
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