Page 115 - 2022 TOMO III(modif.1)
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2. Corresponde al rector, o persona en quien Artículo 8.
delegue, la firma de aquellos contratos o
convenios en los cuáles concurra alguna de En ningún caso se concederá la compatibilidad
las circunstancias siguientes: para la realización de las actividades reguladas en
este reglamento cuando concurra cualquiera de
a) Que su ejecución supere el marco las siguientes circunstancias:
estricto de un departamento o
instituto. a. Cuando las actividades no tengan el nivel
b) Que su importe exceda de 30.000 €, científico, técnico o artístico exigible al
IVA excluido o de la cantidad que cada profesorado universitario.
año pueda acordar el Consejo de b. Cuando la participación en las actividades
Gobierno. pueda ocasionar un perjuicio cierto a la
c) Que precisen, para la prestación del labor docente en la Universidad, o cuando
servicio contratado, la utilización de impliquen actuaciones impropias del
equipos o instalaciones de la profesorado universitario.
Universidad, que por su entidad o por c. Cuando la modalidad del trabajo, objeto
el tipo de uso respectivamente, del contrato, esté atribuida en exclusiva a
puedan afectar al normal desarrollo determinados profesionales en virtud de
de las actividades docentes y/o disposición legal y el investigador
investigadoras de la comunidad contratante carezca del título
universitaria. correspondiente.
d) Que se suscriba con una d. Cuando las obligaciones contraídas como
administración pública. consecuencia del contrato impliquen de
hecho la constitución de una relación
Sección 1ª. Conformidad estable.
Artículo 7. Artículo 9.
1. Con carácter previo a la aprobación de los Los investigadores de la universidad que deseen
contratos y convenios regulados en el participar en contratos o convenios firmados por
presente reglamento se solicitará informe otras universidades deberán solicitar
al director del departamento o instituto. previamente la autorización del vicerrectorado
con competencias en Transferencia del
2. En el caso de los contratos o convenios Conocimiento, informándole sobre las partes
suscritos por el personal previsto en el contratantes, el objeto de la actividad a
artículo 6.1.c), será requisito indispensable desarrollar, la duración, las horas de dedicación y
contar con la conformidad expresa del el régimen de titularidad en su caso.
departamento o instituto al que esté
adscrito el investigador responsable de Una vez concedida la autorización, podrán iniciar
acuerdo con lo previsto en el reglamento de su participación en el mismo, debiendo comunicar
régimen interior del mismo, para la a la Gerencia los complementos salariales
posterior aprobación por parte del Consejo percibidos para la correcta aplicación de los límites
de Gobierno. retributivos legalmente establecidos.
Sección 2ª. Formalización de contratos y
3. Con carácter general, las solicitudes de
informe y de conformidad se acompañarán convenios.
del borrador del contrato y serán
tramitadas a través de los modelos Artículo 10.
habilitados por el Servicio de Gestión de la
Investigación‐OTRI (SGI‐OTRI) a estos El documento que regule las condiciones de
efectos. ejecución de las actividades comprendidas en el
presente apartado incluirá entre otras, las
especificaciones siguientes:
a) Nombre de la entidad contratante.
b) Objeto del contrato, con especificación
de los derechos y las obligaciones
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