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Vicerrectorado de 541- Investigación Científica y Técnica codificó el Centro de Gasto adscrito al Vicerrectorado
Investigación competente funcionalmente, memoria de
justificación de actividad, según modelo específico
131- Relaciones Internacionales
Vicerrectorado de requerido por el Órgano que aportó la financiación, o
Relaciones
Internacionales 134- Subvenciones a Instituciones sin fines en su defecto, aportando modelo recogido en el Anexo
de lucro, y Cooperación al Desarrollo
XLV, adjuntándose RC por el remanente existente, sin
322- Promoción Empresarial perjuicio del reintegro al organismo u órgano propio
Vicerrectorado de ordenante de los fondos, así como en su caso,
Transferencia e 323- Promoción Institucional participación en el programa establecido en la
Intercambio del
Conocimiento 542- Investigación Aplicada y Normativa para el tratamiento de remanentes
Transferencia presupuestarios procedentes de actividades finalistas,
recogida en el Anexo XL.
Autorizada la actividad, se procederá a la codificación
del centro de gasto por los Servicios u Oficinas B) Actividades Generales Autofinanciadas
especializados en materias dependientes o Aquellas actividades generales que se habiliten en
designados, por los Órganos relacionados en el cuadro modalidad de autofinanciación, deberán aportar
anterior.
memoria económica antes del 28 de febrero de la
Aquellas solicitudes que no sean consideradas de ejecución realizada durante el ejercicio económico
competencia para su autorización por el anterior al Vicerrectorado competente
Vicerrectorado que haya recibido la misma, deberá funcionalmente, para su presentación al Servicio de
remitirla motivada directamente a Gerencia, previa Gestión Presupuestaria y Patrimonial, en los mismos
motivación de sus consideraciones, y en su caso, términos de las Actividades finalistas, resultando de
criterios a considerar para la correcta codificación. En aplicación el apartado A) anterior, en lo referido a
los supuestos de dificultad para la asignación de la regulación de Precios Públicos o Tasas, Centros de
actividad a la correspondiente, corresponderá a la Facturación y Costes Indirectos.
Gerente su determinación, dándose traslado al órgano ARTÍCULO 15: Competencias para la gestión del
competente adecuado para su autorización, y gasto
posterior codificación.
Corresponde a los responsables de las U.O., y a los/as
3. Aprobación, Viabilidad y Habilitación de la Partida directores de los centros de gastos en situación de
Presupuestaria: servicio activo en esta universidad, en sus respectivos
Codificado el Centro de Gasto, junto a la ámbitos competenciales, la autorización, disposición y
documentación justificativa de la actividad a reconocimiento de la obligación de los gastos a realizar
desarrollar (Documentación indicada en el punto 1); se con cargo al Presupuesto de la Universidad.
remitirá pantalla de codificación al Servicio de Gestión
Presupuestaria y Patrimonial a efectos de habilitación En situaciones de cese en el servicio activo del
presupuestaria, y asignación de permisos al personal responsable de los créditos presupuestarios, se
de administración y servicios propuesto (como regla comunicará esta circunstancia desde el Servicio con
general, corresponderá al PAS adscrito a la U.O. a la competencia en gestión de personal docente e
que se habilite la partida presupuestaria, salvo investigador, al Servicio con competencias
motivación). presupuestarias y patrimoniales; para proceder a la
Con carácter previo a la habilitación de la Partida regularización de la titularidad en la competencia para
Presupuestaria, deberá comprobarse la la gestión de los bienes, obligaciones y créditos
documentación económica soporte de la actividad. presupuestarios, a solicitud de responsable cesante, y
en su defecto de oficio adscribiéndolos al titular de la
4. Liquidación Actividades Finalistas: Unidad Orgánica a la cual estuviera hasta ese
Finalizado el período de vigencia de la actividad momento adscrito.
finalista, en el caso de existir remanentes de créditos
no ejecutados, deberá presentarse al Servicio que
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