Page 297 - 2020-TomoII (V7)
P. 297
correo: contratomenor@umh.es, siendo responsable el Servicio de Información Contable, Gestión
Económica y Financiera.
Para Cualquier duda o incidencia relacionada con la aplicación UXXI-EC Contratación Menor, se podrá
formular consulta a la siguiente dirección de correo: consultas.UXXIEc@umh.es, siendo responsable el
Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial
Para Cualquier duda relacionada con la gestión de Acuerdos Marco, se podrá formular consulta a la
siguiente dirección de correo electrónico: presupuestoypatrimonio@umh.es, siendo responsable la
Central de Compras del Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial.
3. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA EN LA GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN:
a. La disposición adicional vigésima octava en el punto 2 de la LCSP establece que la infracción
o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la Ley por parte del personal al servicio de
las Administraciones Públicas dará lugar a responsabilidad disciplinaria, que se exigirá conforme a
la normativa específica en la materia.
b. El artículo 64 de la LCSP establece que los órganos de contratación establecerán medidas de
lucha contra la corrupción y prevención de conflictos de intereses con el fin de evitar cualquier
distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de
trato a todos los licitadores.
No obstante lo establecido en esta norma, con objeto de avanzar en la planificación de la contratación, deberá
continuarse con la implementación de Acuerdos Marco y procedimientos abiertos para la adquisición de
servicios y suministros en la Universidad Miguel Hernández de Elche; debiendo considerar la Contratación
Menor como un procedimiento Excepcional para supuestos de compra que deberá ser utilizada sólo en los
supuestos permitidos por la Ley, y cuando no pueda planificarse las necesidades de compra puntuales.
2020 297 | P á g i n a