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Los contratos menores se publicarán en el perfil de contratante (Plataforma de Contratación del Sector
Público) de la universidad, al menos trimestralmente, incluyendo al menos: su objeto, duración, el importe
de adjudicación, incluido el IVA, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad
del adjudicatario.
Quedan exceptuados de la publicación, los contratos menores gestionados a través de la modalidad de
Anticipo de Caja Fija (ACF), en los términos recogidos en el apartado A.5.2) del presente anexo.
A.6.1.1 Remisión al Tribunal de Cuentas.
Se remitirá una relación de los contratos menores, de entre los que son objeto de publicidad en el
perfil de contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público), indicados en el apartado
anterior, incluyendo la identidad del adjudicatario, el objeto del contrato y su cuantía, ordenándose
por adjudicatario.
A.6.1.2. Publicación en el portal de transparencia.
Trimestralmente se publicarán los datos de los contratos menores en el portal de transparencia de
la Universidad.
A.6.1.3. Remisión de los contratos al Registro Público de Contratos.
Se comunicará al Registro de Contratos del Sector Público, para su inscripción, los datos básicos de
los contratos por ellos adjudicados, entre los que figurará la identidad del adjudicatario, el importe
de adjudicación de los mismos, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor
Añadido
Las obligaciones de publicación y comunicación se centralizarán en el Servicio de Contratación.
Para poder dar cumplimiento a las obligaciones definidas en los apartados anteriores, es necesario introducir
correctamente todos los contratos menores en la aplicación informática para la gestión de los contratos
menores en la aplicación UNIVERSITAS XXI-Económico.
2. CONTRATOS MAYORES
Los Procedimientos Adjudicación de los Contratos Mayores serán de aplicación para aquellos valores
estimados de contratación por importes individuales o acumulados iguales o superiores a los establecidos
para Contratos Menores del epígrafe A) anterior.
A los efectos de seguimiento y ejecución de las fases del Presupuesto el expediente de contratación a incoar
en los supuestos indicados en este artículo en la Contratación Mayor, se tramitarán según los
procedimientos relacionados por importes, a continuación:
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